4 abr 2023

ANÁLISIS TÉCNICO DE LOS PROYECTOS DE LEY: "DE CRÉDITOS DE CARBONO" – PROPUESTAS DE LA CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO NACIONAL Y DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADES) – Parte III – Abril del 2023

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor Agroambiental de la UGP; en continuación del análisis técnico del proceso de formulación con el Experto en Cambio Climático y Docente de Gestión Ambiental sobre los 2 (dos) PROYECTOS DE LEY: "DE CRÉDITOS DE CARBONO", cuya Parte – III – ponemos ante los interesados para el debate y la discusión sobre la transparencia y participación con los visitantes de este BLOG.


Sistema de Producción Sostenibles Potenciales Beneficiarios de los Certificados de Servicios Ambientales por Captura y/o Secuestro de Carbonos- Sistema Siembra Directa

I.- Introducción:

En los primeros ARTÍCULOS publicados como Partes – I y II – del proceso de la revisión de este LEY: "DE CRÉDITOS DE CARBONO", como una normativa legal se logró demostrar que a pesar que esta propuesta ha ingresado al Congreso Nacional a pedido de algunos Senadores, la propuesta original del proyecto de LEY: "DE CRÉDITOS DE CARBONO" proviene finalmente de la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

En el análisis técnico del proceso realizado a ambos proyectos de LEY: "DE CRÉDITOS DE CARBONO", hemos considerado el hecho que la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), es quien desde hace un tiempo ha circulado la idea de implementar una LEY: “DE CRÉDITO DE CARBONO” y que al parecer no tuvo en su momento el acompañamiento suficiente del Poder Ejecutivo.

La situación planeada en el párrafo anterior obligo a la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) transgredir todos los procesos y protocolos administrativos vigente que exige que estos tipos de iniciativas pasen por el EQUIPO ECONÓMICO NACIONAL, donde llamativamente este proyecto de LEY: “DE CRÉDITOS DE CARBONO” de la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) decide introducir por el Congreso Nacional a efectos de dar a  entender que se trata de una iniciativa parlamentaria, cuando claramente la documentación y los antecedentes nos demuestran que es una idea e iniciativa de la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

II.- Superposición entre la Ley de Servicios Ambientales y el Proyecto de Ley de créditos de Carbono:

La LEY N°3001/06 “DE VALORACIÓN Y RETRIBUCIÓN DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES” del Paraguay establece en su Artículo N°2: “que los Servicios Ambientales son aquellos beneficios que se derivan de la conservación y uso sostenible de los recursos naturales, y que incluyen, entre otros, la mitigación del cambio climático”. Por lo tanto, se puede decir que esta normativa legal sobre los servicios ambientales vigente desde el año 2006, ya incluye a los SERVICIOS AMBIENTALES relacionados con la MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO, incluyendo la fijación, reducción, secuestro, almacenamiento y absorción de carbono y a otros Gases de Efecto Invernadero (GEI) en los bosques y otros ecosistemas naturales.

Otro tema clave, además, en la LEY N°3001/2006 en su Artículo N°3 se menciona específicamente la fijación, reducción, secuestro, almacenamiento y absorción de carbono y otros Gases de Efecto Invernadero (GEI) como Servicios Ambientales que desarrollados sus procesos administrativos y técnicos en el marco de este marco legal ser reconocidos y valorados, es decir reafirma lo que comentamos en el párrafo anterior de ser medidas de MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO.

Esta misma LEY N°3001/2006 si nos fijamos en el Artículo N°1 menciona taxativamente que el objetivo de la Ley es contribuir al cumplimiento de las obligaciones internacionales que la República del Paraguay ha asumido por medio de la LEY N°251/93 “QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO ADOPTADO DURANTE LA CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO - LA CUMBRE PARA LA TIERRA -, CELEBRADA EN LA CIUDAD DE RIO DE JANEIRO, BRASIL”, y la LEY N°1447/99 “QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DE KYOTO DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO”.

Con todo lo desarrollado hasta momento se pudo demostrar claramente que la LEY N°3001/06 “DE VALORACIÓN Y RETRIBUCIÓN DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES” más allá de su promulgación y vigencia desde el año 2006, bajo la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO, nos indica y muestra la superposición clara y directa con este proyecto de LEY: “DE CRÉDITO DE CARBONO” que fue presentado en la Cámara de Senadores pero de origen en la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

En otras palabras, podemos decir, cuando uno Certifica el Bosque de su Propiedad dentro de ello ya está incluido lo respectivo a la fijación, reducción, secuestro, almacenamiento y absorción del CARBONO, ya están VALORADOS a través de mecanismos administrativos y técnicos para su valoración y el pago por los Servicios ambientales por la LEY N°3001/06 “DE VALORACIÓN Y RETRIBUCIÓN DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES”. Y de presentar una LEY: “DE CRÉDITO DE CARBONO” está actualmente generando incertidumbre y confusiones entre los distintos actores involucrados e inclusive impedir la ejecución efectiva LEY N°3001/2006 de Paraguay.

Es decir, el CARBONO no puede ser separado del bosque como una característica única e independiente de las demás, forma parte de un todo y en ese aspecto lo que debe hacerse es VALORIZAR más correctamente los Servicios Ambientales que proveen los bosques u otro medio que genere una reducción. Quizás en algunos sectores puede ser distintos para cuando hablamos de bosques no puede haber esa separación de un valor por los Servicios Ambientales y otro valor por los Créditos de Carbono.

III.- Propuesta de Ley de la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) sin socialización:  

Si bien varios hemos leído noticias en las redes y en las Páginas oficiales del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) acerca de este proyecto de LEY: “DE CRÉDITOS DE CARBOBO”, se podría decir que esta iniciativa no tuvo una adecuada consulta y socialización. Por tanto, se podría comentar o decir lo siguiente;

-          Existe falta de legitimidad y representatividad de la iniciativa.

-          La falta de adecuación a las necesidades y realidades locales.

-          Falta de garantías para la participación atractivo de interesados.

-          No fue socializada dentro de la COMISIÓN NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO que es presidida por el propia Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

IV.- Consideraciones Finales, Necesidades de Transparencia y Gobernanza:

Entendemos en este análisis técnico que la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) hasta tiene dificultades en la correcta medición y verificación de las Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y por tanto no es comprensible como desean nominarse como autoridad de aplicación exclusiva de este proyecto de LEY: “DE CRÉDITO DE CARBONO” siendo claro que el tema de CARBONO es interinstitucional. Es más, siempre mencionan que tienen déficit de recursos financieros y de especialistas y por sobre todo que sus propios datos de cambio climático no son precisos y tampoco confiables.

Con todo lo anterior expuesto resumimos esta serie de artículos sobre la LEY: “DE CRÉDITO DE CARBONO” mencionado lo siguiente; debido a la falta de participación y consulta adecuada de los distintos actores y que esta propuesta de LEY: “DE CRÉDITOS DE CARBONO” no se construyó a partir de las necesidades y realidades locales de las comunidades, que la iniciativa no es adecuada y podría generar efectos negativos no deseados, que el MERCADO DE CARBONO es presentado como oportunidad pero no tienen en cuenta las amenazas que podría generar, por consiguiente es prudente que este proyecto de ley se rechazado y reconstruido totalmente.

Esta versión del proyecto LEY: “DE CRÉDITO DE CARBONO” que se encuentra en el Parlamento Nacional, pero formulado por la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), debería ser archivada directamente ya que está totalmente enfocado a la recaudación y multas para el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

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Medio Ambiente

El medio ambiente debe ser considerado como parte integral y armónica del conjunto de tareas que garanticen el desarrollo sostenible de un país como Paraguay (Molinas 2006).

El problema de la sostenibilidad es en el fondo un problema de desarrollo, de erradicación de la pobreza, de educación colectiva, de mentalidad y hábitos sociales, de cultura política, de mecanismos institucionales que incorporen la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones, de nuevas formas de producir y de consumir, de equidad y cooperación en las relaciones internacionales, se trata, en suma, de colocar al ser humano en el centro de nuestras preocupaciones, porque si las personas no están protegidas, la naturaleza tendrá, entonces, pocas oportunidades.

Para avanzar verdaderamente hacia el desarrollo sostenible debemos asumir nuestra responsabilidad local con enfoque global en la lucha que la humanidad esta encarando por preservar en el largo plazo los ciclos vitales de la vida de los que depende la existencia misma del ser humano sobre la tierra, debemos hacer un esfuerzo local con perspectiva global (Molinas 2008).

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