Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor
Experto y Especialista, con experiencia por más de 30 años en temas
Agroambientales y como Ex ministro Secretario de Ambiente y Ex ministro de Agricultura
y Ganadería de Paraguay, deseamos compartir nuevamente una opinión técnica acerca
de la Ley N°7190/2023 “DE CRÉDITOS DE CARBONO”, donde ha transcurrido prácticamente
más de un año de la sanción o promulgación del Poder Ejecutivo y la misma hasta
el momento no ha sido REGLAMENTADA tal como es obligatorio en este marco
legal vigente.
Proyectos Agroforestales Interesados a la
espera de la REGLAMENTACIÓN para Certificar en el Marco de la Ley N°7190/2023 “DE CRÉDITO DE CARBONO” en Paraguay
I.- INTRODUCCIÓN:
1.- Se cumplió un año desde la sanción de la Ley N°7190/2023 “De Créditos de Carbono” en Paraguay, una normativa que según el compromiso legal del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), atraería inversiones millonarias y posicionaría al país como un actor clave en la lucha contra el cambio climático.
2.- Sin embargo, estas promesas o mejor dicho compromisos asumidos han venido decepcionándose a los interesados, ocurriendo que lo que en un principio presentado como una oportunidad única para contribuir en impulsar el Desarrollo Sostenible se ha convertido en un claro ejemplo hasta esta segunda quincena Octubre de 2024 en una incapacidad en proceso de la REGLAMENTACIÓN de la presente Ley N°7190/2023.
3.- Esta situación planteada nos hace eco a la
creencia que más leyes, sin una correcta REGLAMENTACIÓN para su implementación
se retrasa su aplicación y administración adecuada, no fortalecerían al país por
quedarse expuesta como un error, dejando en evidencia que la mera promulgación
de esta Ley N°7.190/2023 no es suficiente sin la acción concreta que las
respalde y sin una institución del Estado que realmente sea prudente en sus
propias funciones operativas.
4.- El propio Ministerio del Ambiente y
Desarrollo Sostenible (MADES) había declarado que con la promulgación de la Ley
N°7.190/2023 “DE CRÉDITOS DE CARBONO”, se podría concretar la venida de miles
de millones de dólares americanos al país por la colocación de los bonos de
créditos de carbono, pero hasta la fecha, sin embargo, no hemos escuchado de
algún negocio concreto que se haya sido movilizado en nombre de esta ley en el
territorio nacional.
Fuente: https://www.lanacion.com.py/politica/2023/10/03/ley-de-creditos-de-carbono-puede-generar-ingresos-superiores-a-los-usd-1000-millones/
II.- PROBLEMÁTICA:
1.- La Ley N°7190/2023 establece
que el Poder Ejecutivo debería haber REGLAMENTADO la misma en un plazo
máximo de seis meses como se establece en este mismo marco legal, pero hasta la
fecha, ese mandato sigue sin cumplirse.
2.- Hay que señalar que esta
falta de reglamentación ha paralizado cualquier posibilidad de aplicar la Ley
N°7190/2023 y generar ingresos por la venta de créditos de carbono. Los actores
interesados, desde productores hasta empresas, siguen esperando por un marco REGLAMENTARIO
que les permita cumplir con la Ley N°7190/2023 y acceder a los beneficios
prometidos.
3.- Además, la Ley N°7190/2023
impone un plazo de un año para que aquellos que ya cuentan con CERTIFICADOS
DE CARBONO registren sus proyectos en el REGISTRO NACIONAL DE LOS
CRÉDITOS DE CARBONO que debería haber estado operativo en el Ministerio del
Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), además se menciona que de no hacerlo son
pasibles de multa o sanción.
4.- No obstante, ¿cómo se
puede exigir el cumplimiento de esta disposición cuando los responsables de REGLAMENTAR
la Ley N°7190/2023; no ha creado los mecanismos necesarios para que los
proyectos puedan registrarse? Este vacío legal coloca a muchos en una posición
insostenible, expuestos a sanciones, pero culpa de la inacción de las mismas
autoridades que deberían haber reglamentado la ley.
5.- Lo más preocupante de esta
situación es que a un año con la falta de la REGLAMENTACIÓN esta
iniciativa legal lejos de promover un sistema que impulse la sostenibilidad y
fomente proyectos ambientales sostenibles, la Ley N°7190/2023 “DE CRÉDITOS DE
CARBONO” ha generado más incertidumbre y obstáculos para quienes buscan
contribuir al Desarrollo Sostenible en estos proyectos de certificación
privada.
6.- Es decir, los que hoy
tienen CERTIFICACIONES INTERNACIONALES DE CARBONO y no pueden registrar
sus proyectos en la Ley N°7190/2023 que es clara que si no está registrado no
se puede comercializar los créditos: Por lo cual, si alguna empresa o persona
lo está haciendo está comercializando sus créditos en este momento puede ser a
futuro podría ser multado por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).
7.- Toda esta responsabilidad
recae en las instituciones responsables del PODER EJECUTIVO que se
comprometieron y prometieron el ingreso de millones de dólares americanos, pero
curiosamente no sean preocupado por cumplir con la Ley N°7190/2023 en REGLAMENTARLA
siendo que ellos mismos como un multimillonario.
8.- La pasividad del Ministerio
del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) en este punto de la REGLAMENTACIÓN
de la Ley N°7190/2023, como órgano ministerial del Poder Ejecutivo, ha hecho
que una ley con gran potencial se convierta en una fuente de dificultades. En
lugar de brindar claridad y oportunidades, se ha venido creada confusión,
riesgos innecesarios y una amenaza latente de inhabilitaciones de las propias CERTIFICADORAS
INTERNACIONALES.
9.- Paraguay, que podría haber
aprovechado esta Ley N°7190/2023 para GENERAR INGRESOS Y FORTALECER SU
IMAGEN INTERNACIONAL en materia de sostenibilidad, ha dejado pasar un año
sin que esto realmente tenga el efecto proactivo y propositivo que declararon
los promotores de la Ley N°7190/2023 “DE CRÉDITOS DE CARBONO”, además ya ha pasado
un año sin haberse REGLAMENTADO la Ley N°7190/2023 que debería haber
sido el principal indicador de una gestión institucional en este tema.
Fuente: https://x.com/trecepy/status/1712959536292634889
10.- Si no pudieron en el
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) de realizar la REGLAMENTACIÓN
de una Ley con esta Ley N°7190/2023, ni de forma parcial siquiera, ¿cómo esta
misma institución pueden garantizar que serán efectivos para promover el
desarrollo sostenible del país?
III.- CONCLUSIONES:
1.- A un año de la sanción de
la Ley N°7190/2023 “DE CRÉDITOS DE CARBONO”, el Ministerio del Ambiente y
Desarrollo Sostenible (MADES) ha demostrado en este caso en particular la falta
de mayor liderazgo para su adecuada REGLAMENTACIÓN E IMPLEMENTACIÓN de
la Ley N°7190/2023. La ausencia de la REGLAMENTACIÓN necesaria nos demuestra
la insuficiente atención a la sostenibilidad, haciendo improbable que los
actores involucrados puedan beneficiarse de esta legislación.
2.- El gobierno no ha podido
cumplir con las expectativas generadas, así como con las GRANDES DECLARACIONES
DE TRAER MILLONES DE DÓLARES con la sanción de esta Ley N°7190/2023. Por el
momento estamos en el limbo legal de los proyectos en curso y la INDEFINICIÓN
NORMATIVA que hace que los proyectos futuros tengan una incertidumbre
total.
3.- El Ministerio del Ambiente y Desarrollo
Sostenible (MADES) a pesar de establecer un proceso estratégico no ha podido lograr que esta REGLAMENTACIÓN llegue fortalecer el Desarrollo Sostenible, lo que evidencia
que sigue predominando la debilitada inercia institucional en este tema. Ya que
la situación no ha cambiado y sigue imperando el mismo ciclo de escasez operativa,
persistiendo los problemas que el Ministerio debería haber resulto en un año de
gestión.
4.- Si el Ministerio del Ambiente y Desarrollo
Sostenible (MADES) no
asume un rol proactivo en este proceso estratégico de la REGLAMENTACIÓN
de la Ley N°7190/2023 y con ello avanzar con la implementación efectiva para del
Desarrollo Sostenible en el país, las consecuencias serán claras; Paraguay
perderá oportunidades y la credibilidad del gobierno podría en el marco de la Ley
N°7190/2023 quedaría comprometida.
5.- Esta pasividad institucional en la REGLAMENTACIÓN
de la Ley
N°7190/2023 no solo afecta
al medio ambiente, sino que también obstaculiza el progreso económico y social
que esta Ley N°7190/2023 prometía estimular, pues con esto se demostraría que el
Desarrollo Sostenible no se logra simplemente con la creación de leyes y planes
sobre papeles, sino a través de una gestión proactiva y efectiva que implementen
esas normativas.
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