Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Como
Asesor Agroambiental de Unión de Gremios de la Producción (UGP) ; con
experiencia por más de 30 años en temas Agroambientales y como Ex ministro de
Ambiente y Ex Agricultura y Ganadería de Paraguay, juntamente con el Biólogo
Jorge Martinez, Especialista en temas ambientales y de cambio climático, hemos realizado
revisado la Reglamentación N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) razonando y
cuestionando el mismo y para lo cual compartimos en este BLOG los
cuestionamiento para poder enriquecer el debate y discusión al respecto:
Productores Organizados Reunidos en el Distrito de
Nueva Toledo en pleno Debate sobre las Amenazas y el Peligro de la
Reglamentación N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) certera para el sector
productivo del Paraguay y en Particular para los pequeños productores
RESULTADOS DEL CUESTIONAMIENTO A LA
REGLAMENTACIÓN N°1115/2023 DE LA UNIÓN EUROPEA (UE):
1.- La Reglamentación N°1115/2023
de la Unión Europea (UE) es una amenaza al sector productivo del país y en especial a los
pequeños productores que serán los más perjudicados si el
gobierno decide continuar con proyectos de la UE que hablan de condiciones de
ingreso para ciertos productos, pero que claramente lo que se buscan es querer
imponer una normativa de la Unión Europea (UE) en el territorio paraguayo.
2.- La Reglamentación N° 1115/2023 de la
Unión Europea (UE) es una amenaza no solo por lo que hoy pide exige esta
reglamentación y que puede hasta ser cumplible por nuestro país, sino porque la
propia reglamentación tiene carácter progresivo y de condiciones
graduales desconocidas. Esta reserva o salvedad está en el propio
Reglamento en el Capítulo 8 (Octavo) y en su Artículo N°34 denominado “Revisión”
donde citan entre otros puntos que consideramos las letras chicas del
reglamento:
Link de descarga: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32023R1115
3.- Estas condiciones o temas que citadas en
el recuadro del Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE), demuestran
claramente que el mismo va a ser más estricto de forma progresiva, es decir,
hoy están pidiendo indicadores de cambio de uso de suelo y degradación. Pero el
día de mañana es más que seguro estarían solicitando: a). Imponer límites al
uso de fertilizantes; b). Impuestos a los combustibles para el sector
agropecuario; c). Límites de emisiones de metano a la ganadería y la
agricultura; o, d). Inclusive podrían solicitar analizar las propiedades de
siembra directa donde la UE sería las que estarían indicando que productores
cumplen o no con los estándares de producción que ellos determinen.
4.- Hace menos de dos meses, en una reunión
convocada por la representación de la Unión Europea (UE) de Paraguay y habíamos
participado activamente como técnico en representación de grupos organizados de
la producción, hemos consultado si los datos del Ministerio
del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y del Instituto Forestal Nacional
(INFONA) serán válidos para el cumplimiento este reglamento; y el
Representante de la Unión Europea (UE) en dicha reunión nos respondió que se
deberán analizar la robustes de los datos publicaciones por estas 2 (dos)
instituciones para determinar si pueden ser validos o no, y que además
cualquier organización que publique o tenga datos robustos también
podrían ser usados como fuente oficial para la aplicación por la Unión Europea
(UE) de este Reglamento N°1115/2023.
5.- Es decir, la propia representación de la Unión
Europea (UE) en Paraguay pone en duda los informes y reportes publicados por el
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y del Instituto Forestal
Nacional (INFONA). O sea, desconocen a las instituciones gubernamentales como
fuentes de datos oficiales e igualan los datos de gobierno a encuestas o
publicaciones que hacen cualquier Organización No Gubernamental (ONG) que
tienen un sesgo ideológico contra los productores del campo y contra del crecimiento
de la economía de un país en vía de desarrollo como el Paraguay.
6.- El gobierno debería revisar bien el
proyecto de cooperación que desea como Estado por medio del Gobierno suscribir
con la Unión Europea (UE) a efectos de tener un
proyecto que priorice los intereses del Paraguay por encima de los intereses de
los cooperantes o financiadores. Ya que finalmente la discusión de si los
productos son libres de deforestación es la excusa ambiental para proteger sus
mercados, sus productos y asi generar trabas para arancelarias y un
proteccionismo de cara a algún acuerdo futuro entre el Mercado Común del Sur y
la Unión Europea (MERCOSUR-UE).
7.- Un proyecto de cooperación puede
colaborar con las instituciones en el fortalecimiento institucional, pero este
proyecto de cooperación desea manipular a las instituciones como el Ministerio
del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), el Instituto Forestal Nacional o
el Instituto Paraguayo del Indígena (INDI) para que actúen en defensa de los
intereses de los países miembros de la la Unión Europea (UE), por encima de los objetivos del crecimiento y
del desarrollo del Paraguay.
8.- También es recomendable que las
autoridades nacionales entiendan y comprendan sus limitaciones en la gestión
diaria institucional y es ilógico pensar en trámites que ministerios puedan generar
soluciones en uno o 2 (dos) días. La burocracia estatal es tan lenta que
obtener una respuesta, aunque sea por correo electrónico puede demorar semanas
o meses.
9.- Las autoridades nacionales deben necesariamente
entender e intuir que no toda la cadena de la carne, madera y soja (productos
hoy incluidos en el reglamento) es homogénea. Pues se tiene distintos sistemas
productivos e industriales, los cuales no siguen una línea única de pensamiento
de como producir y no todas las unidades productivas son iguales y el suelo, el
agua, el aire, las semillas, los defensivos agrícolas, los feedlot,
silvopastoriles, reforestaciones, etc. todos tienen su forma o sistema particular
de producir y el productor es libre e independiente de decidir lo que va a
utilizar o hacer en su campo siempre que cumpla las normativas legales vigentes
del Paraguay.
10.- En relación a la debida diligencia que se
debe realizar para cumplir el reglamento, esto podría ser 1 (un) trámite día o 50
(cincuenta) tramites, aún no sabemos esto. Cualquier denuncia, aunque sea
infundada podría dar lugar a multas o trabas a los productos, inclusive
robustecer la corrupción. ¿Qué ocurriría si existe una denuncia de una carga de
soja que ya está en un silo junto con la producción de otras unidades
productivas o campos? ¿El silo seria sancionado o ese producto estará marcado
como inviable para la Unión Europea (UE)? ¿A cuantos productores podría afectar
una denuncia infundada? ¿Que responsabilidad recaerá sobre los que realicen
denuncias infundadas y quienes actuaran de jueces?
11.- Por otro lado, este reglamento o
sistemas de trazabilidad que proponen podría ocurrir un efecto contagio a los
demás países que compran productos del Paraguay. Ya que si generamos
certificaciones gubernamentales o privadas, pues los demás países o compradores
pueden terminar pidiendo la misma certificación de trazabilidad, lo que haría
que se deba incurrir en cuantiosos gastos adicionales para todos los
productores y no solo para los que exportan a la Unión Europea (UE).
12.- Por último, se incluyen definiciones y
conceptos donde la propia Unión Europea (UE) cita que estos pueden ser
actualizados en cualquier momento y de acuerdo ciertas entidades
internacionales que ellos decidan. Por tanto, podría desconocerse las
definiciones y conceptos que se utilizan en la normativa legales vigentes a
nivel nacional paraguaya lo cual daría lugar a que efectivamente la Unión
Europea (UE) este normando en territorio paraguayo.
11.- Por tanto, efectivamente este Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) atenta con el buen funcionamiento institucional del país, obstaculiza el proceso de crecimiento y el desarrollo sostenible del país e inclusive está en contra del objetivo central de la convención marco de cambio climático, donde se menciona claramente que ninguna medida adoptada para luchar contra el cambio climático debería amenazar la producción de alimentos y que se debe permitir a los países que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
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