Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor Especialista, con experiencia por más de 30 años en temas Agroambientales y como Ex ministro de Ambiente y Ex Agricultura y Ganadería de Paraguay, deseamos exponer una serie de preocupaciones acerca de la Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO”, que según el gobierno sería la herramienta adecuada y complementaria de Gestión Ambiental que moldearía la sostenibilidad especialmente de los bosques del país; pero que llamativamente a la fecha de hace casi 6 meses de haberse sancionado la ley fue olvidado y puede establecer graves problemas para los propietarios con interés y con certificados de carbono.
I.- INTRODUCCIÓN:
1.- Entre septiembre y octubre del 2023, el Poder Ejecutivo
a través del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) demostró
una notable y super eficiencia y eficacia comunicacional al promover y presentar
ante el Congreso la ley de créditos de carbono, y así conseguir la sanción de
esta Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO”, cuyo objetivo es regular los
beneficios de los créditos de carbono que son generados en el Paraguay.
2.- Pero sin embargo, a varios meses de su pomposa
y bulliciosa promulgación de esta Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO”
que busca regular los créditos de carbono en el país, surge la preocupación y
la pregunta ineludible en los interesados: ¿Qué paso con la Ley Nº7190/2023 “DE
LOS CRÉDITOS DE CARBONO” que se promulgo y está vigente en tiempo récord pero
pasando casi 6 (seis) meses, la misma ley no ha sido reglamentada y ni se
conoce alguna 1° aproximación o borrador siquiera?; en síntesis, esta reglamentación
de la Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO” está en “STAND BY” hasta el
momento los interesados están preocupados con sus esperanzas casi totalmente disminuidas.
3.- La Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO”
establece claramente el plazo de 180 días para la cumplir y promulgar la REGLAMENTACIÓN
por el Poder Ejecutivo, con el liderazgo y responsabilidad del Ministerio del
Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), a días de cumplirse los 180 días del período
legal aún no se conoce algún tipo de proyecto borrador del reglamento y mucho
menos se ha socializado, además tampoco se ha llamado oficialmente al sector
privado interesado por parte del Ministerio del Ambiente y Desarrollo
Sostenible (MADES) a participar de talleres de consultas y colaborar en la
elaboración del mismo.
4.- ¿Qué ocurrió al entusiasmo y éxito de entre la
velocidad para sacar la Ley Nº7190/2023 “DE LOS
CRÉDITOS DE CARBONO” y el olvido total de la misma, al punto que el proceso
de REGLAMENTACIÓN no tuvo la misma efervescencia que la promoción de la
ley?. En su momento fue llamativo el apuro del Ministerio del Ambiente y
Desarrollo Sostenible (MADES) por sacar dicha Ley y ahora es más llamativo la
desatención a la misma en la elaboración de la herramienta complementaria, clave
como el DECRETO reglamentario.
II.- LA ENCRUCIJADA DE LOS PROPIETARIOS DE
PROYECTOS DE CRÉDITOS DE CARBONO EN PARAGUAY:
1.- Esta Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO”
creó un marco para la generación, registro y comercialización de créditos de
carbono en Paraguay, con implicancias para los proyectos internacionales ya
aprobados, los que están en curso y los que se diseñaran a futuro. Por lo cual,
nada de la Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO” se puede operativizar y
funcionar sin un DECRETO que reglamente el mismo.
2.- El apuro en sancionar la Ley Nº7190/2023 “DE
LOS CRÉDITOS DE CARBONO” contrasta con la aparente indiferencia hacia la
urgente necesidad de su DECRETO de REGLAMENTACIÓN. La ausencia y falta
necesaria de una propuesta de DECRETO plantea interrogantes complejos y
pone en riesgo todos los proyectos que el sector privado ya tiene por aprobado
ante diferentes organizaciones de certificación.
3.- Dado que el DECRETO de reglamentación es el
proceso mediante el cual se detallan los procedimientos, se definen los
criterios, y se establecen las pautas necesarias para que la Ley Nº7190/2023
“DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO” se traduzca en acciones concretas y efectivas. Sin
este marco reglamentario, los objetivos de la ley corren el riesgo de
diluirse en el laberinto burocrático bastante peligroso para los inversores que
tienen intereses en este mercado.
4.- La Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO” en
su Artículo N°17: establece una obligación clara para los titulares
de proyectos: registrar todos los créditos de carbono generados dentro de los
30 días hábiles posteriores a su emisión. De forma similar, los adquirientes de
créditos de carbono de proyectos extranjeros deben cumplir un plazo igual para
su registro.
5.- Considerando en párrafo anterior, no obstante, ante
la falta de un Registro de Carbono operativo esto deja a los titulares en un
limbo, sin una reglamentación y socialización clara y promulgada para
cumplir con estas obligaciones que se establece en la Ley Nº7190/2023 “DE LOS
CRÉDITOS DE CARBONO”.
6.- Más aún, el capítulo de infracciones y sanciones
en la Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO” indica que la omisión en la
inscripción de estos créditos será considerada una infracción, susceptible a
sanciones. Esto presenta un escenario en el que los propietarios privados podrían
ser penalizados por no cumplir con un requisito, el cual paradójicamente no se
les ha proporcionado los medios necesarios para actuar ante dicho registro
exigido por la ley.
7.- En otro caso la Ley Nº7190/2023 “DE LOS
CRÉDITOS DE CARBONO” en su Artículo N°24: menciona que los proyectos aprobados
tendrán un año de plazo para que se registren, pero nuevamente, sin un registro
operativo y funcional oficial y legal, esta disposición se convierte en una
cláusula sin aplicación práctica legal.
8.- Esta falta del DECRETO REGAMENTARIO de la Ley
Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO”, es una situación que no solo afecta
la viabilidad de proyectos existentes y futuros, sino que también podría
disuadir a inversores y entidades certificadoras, introduciendo un nivel de
incertidumbre que desestabiliza el mercado de créditos de carbono en el país
y cualquier proyecto que se quiera ejecutar.
9.- La indefinición e incertidumbre de la
promulgación del DECRETO REGLAMENTARIO de la Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS
DE CARBONO” por parte del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible
(MADES) en este tema crea un conflicto tan grave que pone en riesgo la
integridad y la confianza del país en este tema del mercado de carbono en
Paraguay.
III.- CONCLUSIONES:
1.- Hace unos meses el Ministro del Ministerio del Ambiente y
Desarrollo Sostenible (MADES) sostenía que “LOS CRÉDITOS DE CARBONO REPRESENTAN
UNA OPORTUNIDAD DE GANANCIAS ECONÓMICAS SIGNIFICATIVAS PARA EL PAÍS”, sin
embargo, a pesar de tener una Ley aprobada en tiempo récord la institución
ambiental no se preocupó para operativizar la misma, o sea, al no
REGLAMENTAR por DECRETO la Ley Nº7190/2023 “DE LOS
CRÉDITOS DE CARBONO” no le afecto en perder lo que el mismo ministerio del
ambiente habría mencionado serían ganancias significativas.
Potenciales beneficiarios de propietarios
con Cobertura Forestal por la Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO” en el
Paraguay – Abril 2024
2.- Consideramos que la no REGLAMENTACIÓN de esta Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE CARBONO” perjudica
principalmente a los proyectos que ya están certificados y a los que están en
curso. Además, ya que no sabemos cómo internacionalmente catalogaran a los
proyectos ejecutado en Paraguay, por falta de un DECRETO REGLAMENTARIO que
aclare el funcionamiento de un Registro de Carbono.
3.- Finalmente podemos pensar y entender que el Ministerio
del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) asumió un desafío que ahora lo dejó
en el olvido al igual del propio PODER EJECUTIVO y si las circunstancias no
cambian, lo que prometieron que generaría millones de dólares en ganancias
serán más bien millones de dólares en pérdidas.
4.- Esperemos sinceramente como productores organizados e
interesados con bosques nativos e implantados que el Ministerio del Ambiente y
Desarrollo Sostenible (MADES) no termine publicando un Decreto Reglamentario a
las apuradas y asuma su roll de transparencia y además que tenga la
capacidad de dialogar con todos los sectores para trabajar en una propuesta de DECRETO
REGLAMENTARIO que pueda construir una reglamentación que genere un DECRETO
operativo, práctico y aplicable para la Ley Nº7190/2023 “DE LOS CRÉDITOS DE
CARBONO” en forma participativa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.