Ing. Agr. (M.Sc.) (H.Cs) Alfredo S. Molinas M.; Como Asesor Agroambiental, como Ex ministro de Ambiente y Ex Ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, Actualmente Asesor de la Presidencia de la Universidad San Carlos (USC), estamos presentamos datos significativamente importantes sobre la "Convenios Internacionales y las Leyes Nacionales que regulan el Uso de los Recursos Naturales en el Sector Agrario; este “Compendio Técnico Agroambiental del Paraguay” Convenios Internacionales y las Leyes Nacionales que regulan el Uso de los Recursos Naturales en el Sector Agrario; este “Compendio Técnico Agroambiental del Paraguay”; para el debate y discusión de los visitantes de este BLOG.
Convenios internacionales y leyes nacionales: del “Compendio Técnico
Agroambiental del Paraguay” identifica y describe el detalle de los convenios internacionales y leyes nacionales que regulan
el uso racional de los recursos naturales aplicados en el sector agrario
paraguayo, pues son instrumentos de carácter normativo internacional, en donde
existe una concordancia de voluntades entre 2 (dos) o más sujetos de DERECHO
INTERNACIONAL, destinados a producir efectos jurídicos y con el fin de crear
derechos y obligaciones entre las Partes. Los tratados internacionales regulan
algunas materias que tienen un impacto directo en el Derecho nacional como es
el comercio, los derechos humanos, las relaciones contractuales, el medio
ambiente, etc.
El Paraguay ha adoptado un estilo de
desarrollo basado en el aprovechamiento intensivo, avanzando hacia una
producción cada vez más sostenible en el aprovechamiento racional de sus
recursos naturales por medio leyes, decretos y resoluciones, obligando la
planificación (preservación, conservación y uso racional de los beneficios
ecosistémicos) para el uso y manejo racional de sus tierras contribuyendo con
el desarrollo sostenible agro-rural del Paraguay.
Convenios Internacionales y
las Leyes Nacionales que regulan el Uso de los Recursos Naturales en el Sector
Agrario; este “Compendio Técnico Agroambiental del Paraguay” contiene
información y datos actualizados sobre:
· Entender
sobre los Convenios y Acuerdos sobre Cambio Climático para Comprender las
Amenazas y Oportunidades para con el Sector Productivo Del Paraguay;
· Que
paso con los Compromisos y Logros en el Marco de la Ley Nº1447/1999 “Que
Aprueba el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco sobre el Cambio
Climático”;
· Proceso
Institucional y sus Leyes Ambientales, Forestales y Otras que afectan al Sector
Productivo en Especial la Ley 294/1993 “De Evaluación De Impacto Ambiental (EIA)”;
· Ley
N°3001/06 “De Valoración y Retribución de los Servicios Ambientales” – Avances
Administrativos y Técnicos por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo
Sostenible;
· Cumplimientos
Administrativos y Técnicos de la Ley N°3001/06 por el Ministerio del Ambiente y
Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); y,
· Ley
N°7190/2023 “De Créditos de Carbono” en Paraguay; Aspectos Potenciales y sus
Debilidades para Ajustar en la Reglamentación.
Este sector está inmerso en un proceso
de innovación de la producción agrícola, pecuaria y forestal de hace más de 3
(tres) décadas, abarcando hasta las cadenas de valor.
Implica desarrollar las acciones y actividades agroganaderas y forestales de manera concreta para avanzar más en sus sistemas de producción sostenible por medio de la incorporación de conocimientos con sus herramientas tecnológicas en las labores cotidianas, convirtiéndose en algunas de las soluciones que el sector está implementando para lograr adaptarse a las futuras condiciones del edafoclimáticas locales, regionales y globales.
Las bases para el Desarrollo Sostenible en Paraguay
Procesos de las Transformaciones Sociales y Económicas y su Impacto en el Uso
del Territorio Agro-Rural de la Región Oriental del Paraguay
En el ámbito de
su crecimiento económico, el sector agropecuario forestal ampliado los últimos
5 (cinco) años vienen generando casi el 25% del Producto Interno Bruto
(PIB)[1],
En tanto que en materia de comercio exterior entre el 2008 al 2018, el sector
agropecuario y forestal ampliado representó el 43,3% de las exportaciones en
promedio, lo cual es determinante para los resultados positivos o negativos de
la Balanza Comercial en el país.
En
relación al desarrollo social del Paraguay lo que realizan la actividad
primaria como la agricultura, ganadería, caza y pesca corresponden al 46,5% a
la población que vive y trabaja en el ámbito rural, si a ese dato se le agrega
la industria situada en estos territorios, se llega a que un 55% de los
ocupados rurales están en el área de influencia directa del sector
agropecuario, forestal y agroindustrial.
Un
HALLAZGO al analizar y evaluar objetivamente los procesos políticos,
institucionales y jurídicos del Paraguay en relación a lo señalado en el
párrafo anterior es que en 4 (cuatro) décadas de Reforma Agraria; desde 1963 a
2004 se distribuyeron aproximadamente 3.500.000 Has de tierras fiscales para la
Reforma Agraria y el Desarrollo Rural, pero esto según el Servicio Nacional de Catastro (SNC)
unas 1.964.852 Has (61,6%) de las 3.500.000 Has distribuidas siguen siendo
propiedades del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT)/ Instituto de
Bienestar Rural (IBR)/ Instituto de Reforma Agraria (IRA),
así como la deuda de los beneficiarios de aproximadamente unas 90.000.000 US$
por las tierras distribuidas.
Otro
HALLAZGO en este análisis y evaluación objetiva que es preocupante y necesario
resolver con políticas públicas es lo publicado por el CAN publicado en el 2008
(CAN/MAG/UE/2008) es que las causas directas e indirectas de desarraigo de los
pequeños productores con menos de 50 Has son que: el 62% de los ocupantes de
tierras beneficiarias por la Reforma Agraria no tenían títulos sus tierras y/o
propiedades; el 87% de los productores no recibían asistencia técnica; El 84%
no accedía a crédito formal del CAH y otros bancos oficiales del Estado; y el
85% de estas familias de productores NO término la educación escolar básica.
En
el CAN 2022 se relevaron información de 454.950 unidades de observación en
total, de las cuales unas 291.497 son fincas agropecuarias de estas unidades
productivas totales unas 283.052 fincas están en la Región Oriental que
representa el 97% de total, mientras en la Región Occidental se tiene asentadas
unas 8.445 fincas que representa el 3%. En tanto la superficie de fincas
agropecuarias en la Región Oriental concentra el 44% de la superficie unas
13.397.506 Has y la Región Occidental el 56% unas 17.004.154 Has. La tenencia
de la tierra, de las 291.497 fincas agropecuarias; el 55% (160.273 fincas)
cuenta con título definitivo, el 29% (84.965 fincas) con documento provisorio,
y el 22% (64.352 fincas) en el concepto de alquilada y/o tomadas en aparcería o
mediería; usadas como ocupante o bajo otra forma de tenencia.
Considerando los datos oficiales CAN 2008 y
CAN 2022 y en el primer párrafo sobre el aporte significativo y clave al
crecimiento económico y el desarrollo social del sector agropecuario y forestal
ampliado del Paraguay, así como además los 2 (dos) hallazgos de contrapartida
sobre la situación en el sector agro-rural; sigue siendo el
DESAFÍOS DEL DESARROLLO RURAL Y/O LA REFORMA AGRARIA INTEGRAL o como quieran
llamarlos los expertos y entendidos de turno que ocuparon en las instituciones
públicas u organismos privados creados para el efecto, pero hasta hoy no
pudieron resolver que es la POBREZA RURAL[2],
pero en realidad tiene como principal foco CAUSAL a resolver en todo el
territorio nacional y especialmente en la Región Oriental que son ante todo las
marcadas deficiencias y diferencias en el acceso a la: asistencia técnica;
educación y salud; servicios básicos y no básicos; infraestructura;
innovaciones tecnológicas; conocimiento tecnificados; y otros.
Un
problema debatido y discutido siempre POLÍTICAMENTE es las asimetrías vigentes
en la tenencia y distribución de las tierras que existe entre las familias que
ocupan el territorio rural especialmente de la Región Oriental del país, siendo
de larga data y ha venido generado y siguen generando numerosos conflictos en
el proceso del desarrollo agrario paraguayo agro-rural, estas distinciones
socio-económicas en el sector agro-rural que se arrastra hasta la actualidad
acompañados de fuertes crispaciones sociales entre los que viven y trabajan en
el sector agro-rural del Paraguay.
Esta
problemática en particular se origina en 1963 cuando fueron promulgadas dos
leyes, la Ley Nº852/63 que crea el IBR, y la Ley Nº854/63 que establece el
Estatuto Agrario; con esta institución y este marco legal el Gobierno, empezó a
legalizar ocupaciones de hecho en varios departamentos, impulsó un proceso de
colonización hacia los ejes este y norte del país denominado la “MARCHA HACIA
EL ESTE” (décadas del `60 y `70), y se crearon nuevas colonias con miles de
lotes agrícolas habilitados, pasando de 130.443 propiedades rurales existentes
en el país en los años 1960 a 258.281 en 1980. En estas décadas se dio un
intenso proceso de DESMONTES legales que hoy son señalados como DEFORESTACIÓN y
calificativo como ilegal, especialmente por la ausencia de políticas,
instituciones entendidas e instrumentos jurídicos forestales y nada ambientales
adecuados para el control, uso y manejo racional de los bosques nativos
existentes en su momento.
Las
consecuencias de esta GESTIÓN POLÍTICA HISTÓRICA desde la creación del IBR y su
Estatuto Agrario en las “transformaciones sociales y económicas y su impacto en
el uso del territorio agro-rural del Paraguay”, hacen directa relación con el
fenómeno denominado actualmente como las DEFORESTACIONES en la Región Oriental
del Paraguay; datos oficiales marcan que en 1945 esta Región Oriental contenía
una superficie boscosa de 8.800.000 de Has, equivalentes al 55,1% de su
territorio; pero en la segunda mitad de los años `60 la superficie boscosa se
había reducido a 7.000.000 de Has (44,1% del territorio); a mediados de los
años `70 se estimaba una superficie boscosa de 5.500.000 de Has (34,4% del
territorio); en los `80 se estimaban en 3.900.000 de Has (24,6% del
territorio); y en 1991, quedaban 2.400.000 Has de bosques, apenas el 15% de la
superficie total.
Es
importante en este proceso conocer y reconocer que esta era la manera oficial y
legal de ocupar territorios sobre o con bosques nativos para fines de uso
agropecuario y/o de aprovechamiento forestal en la Región Oriental del país.
Desde 1963 a 1973 e inclusive de 1973 al 1992, con el cambio de la Constitución
Nacional de 1967 por una nueva Constitución Nacional de 1992, se continua hasta
el 2002 con Ley Nº854/63 que establece el Estatuto Agrario que se deroga y es
establece un nuevo Estatuto Agrario por la Ley Nº1863/02; así como también en
el 2004 la Ley Nº852/63 que crea el IBR es remplazado por Ley N°2419/04 –
INDERT.
Importante
señalar sobre el párrafo anterior que después de promulgarse y estar vigente la
Constitución Nacional – 1992, se siguió ocupando territorios, mediante la
colonización campesina sobre y/o con bosques nativos en la Región Oriental bajo
el amparo legal de etas instituciones IBR su Estatuto Agrario de 1963 y el
Servicio Forestal Nacional (SFN) hoy INFONA. Hasta el 2002 e inclusive
del 2004 las colonizaciones privadas, públicas incluyendo los asentamientos
humanos sujeto a la reforma agraria, además incluyendo con más fuerza en el
Chaco Paraguayo que se vinieron realizando sobre territorios con BOSQUE
NATIVOS, desarrollando legal y legitimante cambios de uso de las tierras para
usos pecuarios, agrícolas y/o de aprovechamiento forestal.
Ante
este proceso de transformación y ocupación del territorio en el sector
agro-rural de las Región Oriental se incrementó la superficie de uso para fines
agrícolas cultivando rubros de renta como el algodón y el tabaco, el trigo, la
soja y la producción ganadera, el ingreso masivo de colonos y capitales
extranjeros fue muy importante; donde las TASAS estimadas de DESMONTES hoy
denominados como DEFORESTACIÓN fueron de: Entre 1945 y 1985 fueron deforestadas
5 millones de Has, 123.000 Has/año; Entre 1968 y 1976 fueron deforestadas
212.000 Has/año; Entre 1984 y 1991 fueron deforestadas 300.000 Has/año; Entre
1989 y 2001 fueron deforestadas 112.960 Has/año; y Para el 2002 la TASA era de
110.000 Has/año. Desde la mirada productiva, para satisfacer el mercado interno
y externo, la expansión de la utilización de la tierra era de 110.00 has/año.
Un
elemento institucional y jurídico a señalar en estos procesos de las
transformaciones sociales y económicas y su impacto en el uso del territorio
agro-rural de la Región Oriental; es que desde 1973 hasta el 2004 que está
vigente Ley N°422/73 Forestal; cuyo Artículo N°42: “todas las propiedades
rurales de más de veinte hectáreas en zonas forestales deberán mantener el 25%
de su área de bosque natural. En caso de no tener este porcentaje mínimo, el
propietario deberá reforestar una superficie equivalente al 5% de la superficie
del predio”; ÚNICA institución responsable de autorizar las actividades de
transformación y conversión de superficies con cobertura de bosques nativos por
DESMONTES hoy muchas veces señaladas como DEFORESTACIONES en el marco del
Artículo N°42 de la Ley N°422/73 Forestal. Para contextualizar, en la década de
1960, casi todos los países de la región procedieron a integrar amplias
regiones, con desmonte, para realizar agricultura y ganadería. Paraguay retrasó
este proceso porque tenía una población extremadamente baja y no disponía de
condiciones para financiar y sostener un proceso de colonización. tampoco debe
olvidarse la existencia de un clima de político muy inestable durante casi toda
la primera mitad del siglo XX.
En
este escenario planteado de los procesos de transformaciones para analizar la
problemática territorial y las crispaciones económicas y sociales del sector
Agro-Rural en esta Región Oriental en particular es importante revisar la
Constitución Nacional – 1992; que en su Artículo Nº28, consagra a la REFORMA
AGRARIA como uno de los factores fundamentales para lograr el bienestar rural y
la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y
social de la Nación. Este Artículo N°8 además señala que a este efecto se
adoptarán sistemas justos de distribución, propiedad y tenencia de tierra, se
organizarán el crédito y la asistencia social, se fomentará la creación de
cooperativas y de otras asociaciones similares, y se promoverá el incremento de
la producción, su industrialización y la racionalización del mercado, de modo
que permita a la población campesina lograr su mejoramiento económico, como
garantía de su libertad y dignidad, y como fundamento del bienestar nacional.
Un
análisis crítico y práctico de este Artículo N°28 nos demuestra que los
pequeños productores tienen derecho al acceso a la tierra para poder generar
bienes y servicios que generen beneficios económicos y sociales para sus
familias y de esa manera poder llevar una vida más digna como paraguayos, pero
en ningún momento autoriza a realizar invasiones y ocupaciones que violen la
propiedad privada como muchos pretenden dar a entender. Es urgente que la
distribución y ocupación de tierras sea acompañada de un apoyo decidido por
parte de los organismos del Estado paraguayo con el afán de proveer
infraestructura, asistencia técnica y crediticia según las condiciones
socio-ambientales de los asentamientos y colonias.
Hasta el momento finales del 2020 es
lamentable, los resultados poder citar o mostrar modelos efectivos y eficaces,
porque siempre fueron insuficientes y con la apertura democrática los
conflictos por la tierra se han profundizado, generando una situación
problemática que continua hasta nuestros días y que parece no tener atisbos de
solución. Desde 1989 hasta finales del 2020; se han producido y vienen
produciendo numerosas invasiones de propiedades privadas por parte de grupos
denominados de “campesinos sin tierras”, quienes, con la intención de hacerse
de un pedazo de tierra propia, han ocupado propiedades privadas a las que
denominan latifundios, tierras improductivas, y supuestas tierras mal-habidas,
generando cada vez más críticas crispaciones sociales se radicalizaron
especialmente en los Departamentos de Alto Paraná, San Pedro, Caaguazú e
Itapúa.
Aunque
en el 2002 ese promulgó el nuevo Estatuto Agrario y en el 2004 se creó una
nueva institucionalidad ejecutiva denominada INDERT, cuya función es
identificar los problemas relacionados a la tierra y coordinar la tan
necesitada reforma agraria integral, a casi una década, los mismos problemas
continúan en el sector Agro-Rural por la falta de liderazgo y voluntad política
para resolver los problemas de arraigo y competitividad en el sector
rural. La inequidad estructural debido a
las consecuentes ocupaciones del territorio y al fomento de la deforestación y
la explotación forestal irracional para la habilitación de tierras para la
agricultura y la ganadería, han dado como resultado una agricultura dual,
minifundiaria y empresarial.
La
Constitución Nacional asegura que paraguayos y extranjeros nacionalizados
accedan a la tierra para poder trabajarla y con los beneficios obtenidos poder
llevar una vida más digna, y que el INDERT por medio del Estatuto Agrario
deberá asegurar una mejor distribución de las tierras y sobre las mismas
sistematizar las acciones y actividades que permitan el arraigo definitivo de
los productores en el sector rural.
El
desafío a encarar para lograr el arraigo de las familias de los pequeños
productores se sustenta en vencer el bajo nivel de innovación y apoyo
tecnológico para el aumento de la productividad, lo que requiere de una
adecuada y eficiente asistencia técnica con innovaciones tecnológicas acordes a
la demanda de los mercados nacionales e internacionales, incorporando a las
pequeñas y medianas unidades productivas por medio de la competitividad a las
grandes unidades productivas, disminuyendo la presión sobre la tierra que por
su condición natural tendrían consecuencias ecológicas negativas.
La
utilización de las tierras y sus recursos naturales (bosques, aguas, suelos),
está sujeta actualmente a estrictas normas técnicas que favorecen el manejo y
uso racional de los mismos, las que deben ser respetadas por los propietarios
de las tierras, y por los que la ocupan, debiendo desterrar la práctica de que
los “invasores de tierras” no tienen ninguna responsabilidad sobre sus actos y
mucho menos sobre la sustentabilidad de los recursos naturales que contienen
esas tierras.
Es
urgente necesidad que el ESTADO[3] con sus órganos legislativos,
ejecutivos y de justicias, se organicen y coordinen estrategias y acciones que
convengan de aquí en adelante, entiendan y establezcan espacios adecuados de
debate e instauren señales concretas y claras de políticas eficaces y
sostenible para el sector Agro-Rural, donde el acceso y el uso racional de los
recursos naturales productivos de la tierra, la educación y la capacitación
técnica agropecuaria y de aprovechamiento forestal, se constituyan piedra
angular del desarrollo Agro-Rural sostenible, contribuyendo de esa y alguna
forma en la solución permanente de los conflictos sociales del sector.
Consideramos
que las señales claras de debate deberán asegurar la participación de los
verdaderos actores que viven y trabajan en el sector, liderado por los
responsables de arbitrar imparcialmente el respeto a la Constitución y las
Leyes, buscando afanosamente un clima de estabilidad política, que permita
crear una mayor vinculación entre sectores empresariales y campesinos,
construyendo alianzas estratégicas que contribuyan a la mitigación de la
pobreza y la reducción de los conflictos, cada vez más radicalizadas por la
inequidad económica, social y ambiental creciente en el área Agro-Rural del
Paraguay.
[1] El PIB mide el
valor de todos los bienes y servicios producidos en un período -normalmente un
año- en una economía. El PIB es un indicador que se utiliza para conocer la
riqueza que genera un país.
[2] La pobreza rural,
en particular la campesina, está determinada por la estacionalidad de la
agricultura y por el hecho que, en el capitalismo, los precios incorporan (como
costos) sólo los salarios de las jornadas efectivamente pagadas. Por ello, el
campesino debe buscar ingresos adicionales fuera de la parcela.
[3] Un Estado es una
organización política constituida por un conjunto de instituciones burocráticas
estables, a través de las cuales ejerce el monopolio del uso de la fuerza
aplicada a una población dentro de unos límites territoriales establecidos.
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