Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor
Especialista, con experiencia por más de 30 años en temas Agroambientales y
como Ex ministro de Ambiente y Ex Agricultura y Ganadería de Paraguay, una vez
más nos toca escribir sobre el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea
(UE), recordando que este reglamento son condiciones para el sector privado,
por tanto, el liderazgo del gobierno y cualquier sistema de cooperación con la
Unión Europea (UE) no debe ser reconocido para que no estimule a reformas
normativas nacionales de ninguna manera tal cual cita los articulados vigente
en el Reglamento Europeo.
El Presidente de la Republica
Santiago Peña con el Sr. Virginijus Sinkevicius, Comisario de Medio Ambiente de
la Comisión Europea
I.- EXPOSICIÓN Y CIRCUNSTANCIAS:
1.- Cuando el Pte. Santiago
Peña dijo que lo ocurrido con el tema de transformación educativa fue un
error del gobierno anterior por haber aceptado una cooperación internacional cuyas
condiciones no eran las mejores para el país, prometió que bajo su mandato
eso no ocurriría nuevamente y que cualquier donación o cooperación
internacional sería analizado su conveniencia.
2.- Desde el 15 de agosto de 2023 existen algunas altas
autoridades del Poder Ejecutivo que hicieron lobby con Organizaciones No
Gubernamentales (ONG), además, con las Agencias de Cooperación Internacional y
otras para pedir cualquier tipo de cooperación hasta el máximo de aceptar
cualquier tipo de condicionamiento para el país, con tal de poder lograr
concretar las cooperaciones internacionales.
3.- El Decreto N°1451/2024, sorpresivamente promulgado viene a confirmar el deseo ambicioso de que ciertas altas autoridades del Poder Ejecutivo busquen afanosamente instaurar un sistema de trazabilidad agropecuaria para dar necesariamente cumplimiento del Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE), cuyo objetivo ya inicio el año pasado cuando las autoridades actuales del MIC y el MADES firmaron un acuerdo para esto y por si fuera poco llevaron al Embajador de la Unión Europea (UE) como testigo de esta firma de acuerdo de cooperación.
4.- Con la firma de este convenio MIC y MADES estos
ministerios han dado muestra que estaban más que decididos que aceptar un
proyecto de cooperación completamente adverso para los intereses económicos y
sociales del país, así como el desconocimiento de los esfuerzos del Paraguay en
materia de uso racional de los recursos naturales y el medio ambiente, y solo
fue parado por las críticas al mismo y porque efectivamente ni dichos
ministerios supieron defender lo que quieren implementar.
5.- Hemos publicado varios artículos del porque el
Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE), por los cuales debería haber
sido denunciado en todas las instancias pertinentes internacionales y ante la
visita del Comisario Europeo se hubiese hecho reclamos más formales de esto,
pero nuestras autoridades llamativamente NO se comportaron como verdaderos defensores
de la patria más bien lo recibieron con distinciones, le dieron un recorrido
turístico y terminaron agradeciéndole su visita.
6.- Justamente a uno de los ideólogos de este
desastroso reglamento europeo, que ni ellos mismos saben cómo cumplirlo, en vez
de levantar nuestro reclamo y nuestra disconformidad, nuestras autoridades oficiales
de recibirlos y tratarlos optaron por ser bien serviles, todo porque es
probable que reciban o pudieran entregar unos 10.000.000 de Euros al gobierno nacional
para crear el Sistema de Trazabilidad que exige el Decreto N°1541/2024.
7.- Y si bien aún no dieron el visto bueno al proyecto
de cooperación que ofrece la Unión Europea (UE) al gobierno, viendo el
considerando del Decreto N°1541/2024 y las posiciones de las altas autoridades
de los ministerios afectados y del propio Presidente de la Republica parece
casi cantado que esta cooperación será implantada dentro del MIC y desde la Unión
Europea (UE) darán las indicaciones de que leyes se deben cambiar en Paraguay
para cumplir con el Reglamento N°1115/2023 que está vigente y tiene mandato
propio.
8.- En los últimos 8 meses desde este BLOG hemos publicado aproximadamente 8 artículos sobre el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) y que de ninguna manera el sector privado debería de depender de una PLATAFORMA DE TRAZABILIDAD liderada por el Gobierno, que históricamente siempre tuvo una gestión gubernamental tendiente de estar saturada de burocracia y normalmente acompañado por los entorpecidos tiempos políticos.
9.- La instauración de una PLATAFORMA GUBERNAMENTAL
DE TRAZABILIDAD que mida los indicadores productivos, sociales, ambientales
y forestales de por sí ya es bastante complicado y muy complejo. A ello, si le
sumamos la debilidad interinstitucional del Gobierno demostrado claramente en
la incapacidad de trabajar coordinadamente entre ministerios e instituciones del
Estado, además, el riesgo se podría acrecentar tanto que podría llegar a
desestabilizar el propio sistema productivo y sus cadenas consolidadas y así
afectar al motor de la economía del país.
10.- Durante años, hemos sido testigos de cómo se
repite un discurso seductor que promete asistencia a Paraguay, con la supuesta
intención de impulsarlos a las nuevas circunstancias globales. Sin embargo, la
realidad es que ninguna propuesta, plan, estrategia o normativa emergida
de la cooperación internacional ha logrado un verdadero cambio positivo en el
país. Contrario a lo prometido, los frutos de estos proyectos de
cooperación a menudo han alterado más la fragilidad de nuestras instituciones,
y hasta la fecha luego de décadas de cooperación, ninguna de las leyes y
reformas propuestas en temas ambientales y forestales, han funcionado como se
establecieron en el proceso de promulgación.
II.- INTENCIONES DEL GOBIERNO:
1. Con la
creación de una plataforma de trabajo de trazabilidad socioambiental tal
como lo anuncia y pretende crear el Decreto N°1541/2024, prácticamente el Gobierno de
Paraguay se vuelve en un gestor operativo del Reglamento Europeo N°1115/2023
pero en el territorio paraguayo.
2.- Un punto
importante es que la propia Unión Europea (UE) ha ratificado que ningún sistema
de trazabilidad, aunque sea público y oficial de gobierno será o tendrá
reconocimiento de la Unión Europea (UE) y que son los operadores los que
impondrán las condiciones para las importaciones bajo las normas del Reglamento
N°1115/2023 de la Unión Europea (UE).
3.- Por tanto, bajo
lo citado en el párrafo N°2 no llegamos a entender como siguen promoviendo un SISTEMA
DE TRAZABILIDAD donde la Unión Europea (UE) en todo momento se reserva los
derechos de reconocer e inclusive establecen que pueden terminar rechazando
todas las documentaciones oficiales de las instituciones como el INFONA, MADES
o INDI.
4.- Como
asesores del sector privado recomendamos que estos requerimientos sean entre el
operador europeo privado y los sectores privados del comercio del país, por
tanto todos de carácter privado. REDIEX desde el primer día apunto a un
financiamiento externo de cooperación internacional y nunca ha consultado con
los afectados o los productores si están o no de acuerdo con algún proyecto o diseño
de sistema de trazabilidad gubernamental preferentemente.
5.- Que según el
Decreto N°1541/2024, la Ministra Secretaria General y jefa de Gabinete Civil de
la Presidencia de la República la Sra. Lea Giménez, en los últimos meses ha mantenido diversas reuniones
interinstitucionales para analizar las implicancias de las recientes normativas
de trazabilidad socioambiental adoptadas por importantes mercados extranjeros, y
que hay una necesidad de organizar y coordinar los esfuerzos del Poder
Ejecutivo, incluyendo sus ministerios y los demás organismos y entidades del
Estado, en torno a la evaluación de los nuevos estándares internacionales y la implementación
de medidas en todo el ámbito nacional.
6.- Es decir
la jefa de Gabinete Civil de la Presidencia de la República cita que para
nuestro país es importante cumplir el Reglamento Europeo N°1115/2023 y además
dice que la recomendación elevada es resultado de haber escuchado a los
distintos ministerios y que es necesario implementar un sistema de trazabilidad
socioambiental que garanticen la competitividad de los productos paraguayos.
7.- Además, la jefa
de Gabinete Civil de la Presidencia de la República menciona que existe
suficiente motivación cierta y autorización legal para emitir un acto
administrativo encargando al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la
coordinación de las tareas tendientes a la evaluación e implementación de
sistemas de trazabilidad socioambiental. Por tanto, desde ahora el trabajo
queda bajo responsabilidad del MIC desplazando automáticamente sin pena ni
gloria al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) del mismo.
III.- CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES:
1.-Visto que el Artículo N°4 del Decreto
N°1541/2024 autoriza al Ministro de Industria y Comercio (MIC), mediante
resolución a incorporar a otras instituciones públicas o privadas para que
formen parte de las respectivas instancias y grupos de trabajo que sean
requeridos para la mejor implementación de este decreto.
2.- Nuestra recomendación como
asesores agroambientales del sector de la producción es que por las farsas que
promovieron en los últimos meses desde los Miinisterios y ante la necesidad de
tener un sistema de trazabilidad más bien privado, no es recomendable que los
gremios organizados de la producción integren el grupo de trabajo que se deberá
crear para cumplir con el Decreto N°1541/2024 por el MIC.
3.- Si el gobierno asume esta responsabilidad
que lo haga en forma individual y que sea responsable de sus actos y que a los 8
meses que entra en vigencia en el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea
(UE) en Paraguay; los productores tengan la seguridad única de poder acudir a
dicho sistema de trazabilidad que el gobierno le otorgue cada uno de los
documentos necesarios y en forma gratuita tal como lo declararon los ministros
al promover esta nueva plataforma.
4.- Desde inicios las autoridades promotoras de este sistema han ocultado a los productores y llegaron a publicar el Decreto N°1541/2024 sobre el tema sin comunicar esto a todos los interesados, es casi un engaño por parte del Poder Ejecutivo hacia los productores que confiaban en continuar este dialogo.
5.- Si para el 1 de Enero de 2025 las cargas y envíos de soja, carne, cuero y madera, o cualquier subproducto de los mismos no puede ser enviado o recibe algún tipo de penalización o rechazo. La responsabilidad administrativa, técnica y política recaerá por sobre los que han promovido este sistema de trazabilidad gubernamental, así que esperemos que en vez de seguir mintiendo a los productores se pongan a trabajar y armar algún sistema que por lo mínimo garantice que los productos podrán ser exportados.
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