14 ene 2025

A MAS DE 30 AÑOS DE LA VIGENCIA DE LA LEY N°294/93 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) EN EL PARAGUAY, COMO UNA HERRAMIENTA DE GESTIÓN AMBIENTAL QUE CONTRIBUYE AL USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES – PARTE I – ENERO 2025

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Como Asesor Agroambiental; (Dr. Honoris Causa); como Ex ministro de Ambiente y Ex Ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, quisiéramos exponer sobre los “A MAS DE 30 AÑOS DE LA VIGENCIA DE LA LEY N°294/93 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) EN EL PARAGUAY, COMO UNA HERRAMIENTA DE GESTIÓN AMBIENTAL QUE CONTRIBUYE AL USO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES – PARTE I”; con el objeto de poner a consideración para el debate de los visitantes de este BLOG.

Cumplimiento del marco legal de la Ley Nº294/1993 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” en el Paraguay

Año 1993 a 2013:

Es incuestionable conceptualizar que la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay es utilizada como una o unas de las HERRAMIENTA O INSTRUMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL, hace unos 30 años se instaló en forma legal y legítimamente sobre la base de la Constitución Nacional promulgado en el año 1992, es decir, la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es un proceso sistemático administrativo de integración en la gestión ambiental que se inicia con la promulgación y entrada en vigencia desde Diciembre de 1993 de la Ley Nº294/1993 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” en el Paraguay.

De manera muy sintética es bueno describir el proceso sistemático administrativo de integración y sus avances de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay:

Diciembre de 1993: que se propone y promulga legalmente la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay por medio de la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental”, durante este periodo de administración de este marco legal se sustentó en la aplicación de los mismos para las grandes obras especialmente las financiadas por organismos internacionales como el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), donde prácticamente sus préstamos aprobados por los Bancos Internacionales y ratificados por ley en el parlamento para el país, especialmente destinados su ejecución por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), la Empresas de Servicios Sanitarios del Paraguay (CORPOSANA hoy ESSAP) y otros.

Foto Nº1: Proyecto de Inversión Agro-industrial “ARASY ORGÁNICA” con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) 2008 a 2013

En la administración y aplicación de este marco legal en este periodo más bien se redujo a una exigencia propia de los entes de cooperación financiera como el Banco mundial (BM) y Banco Interamericano de Desarrollo (BID); que para ser aprobados los diseños de proyectos presentados por el país ante estos entes internacionales deberían realizar necesariamente los ESTUDIOS DE IMPACTOS AMBIENTALES (EsIA); pero como parte de los términos que exigían estos organismos multilaterales de los préstamos internacionales y no necesariamente como parte de las exigencias a los términos de la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) de nuestro país.

Podemos aseverar que en el periodo de 1993 a 1996 de la promulgación de la Ley Nº294/93 “De Evaluación Impacto Ambiental (EIA)” en el Paraguay, se aplicaba básicamente este marco legal a los proyectos que de alguna manera provenían de préstamos internacionales; donde se desarrollaban procesos y Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) o de otra naturaleza ambiental en su diseño como eran las obras viales (carreteras) y sanitarias (alcantarillados y plantas de tratamientos). Es importante señalar que en ese periodo era muy reducido los proyectos con sus Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) y además, prácticamente no existía especialistas en Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) y mucho menos catastrados como exigía y establecía la Ley N°294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”, además, ni se dictaban cursos de especialización en los ámbitos académicos universitarios y mucho menos existía bibliografías disponibles para consultar y establecer los procesos y modelos de Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) en el Paraguay.

Foto Nº2: Futuro Agropecuario y Aprovechamiento Forestal en el Chaco con su Correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA) 

A partir del año 1996: la administración y aplicación de la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” recibe un golpe de timón con la promulgación y puesta en vigencia del Decreto Nº14.281/96 que reglamentó el proceso administrativo y su aplicación técnica por los afectados de esta la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”, iniciándose el proceso obligatorio de adecuarse a esta ley sean planes, programas y proyecto en ejecución y a ser ejecutados tanto por el sector público y privado, estableciéndose claramente las normas técnicas y los procesamientos administrativos de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que se relacionaban directamente a la Dirección de Ordenamiento Ambiental (DOA) dependiente Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG); como autoridad competente de administrar este marco legal y su Decreto Reglamentario N°14.281/96 vigente desde 1996 a 2013.

La puesta en vigencia del Decreto Nº14.281/96 que reglamenta la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”, después de casi 4 (cuatro) años de estar vigente la ley se establecía claramente los términos, normas técnicas y procedimientos administrativos de la Evaluación de Impacto Ambiental en el Paraguay, pero es importante entender que para concluir y promulgar este Decreto se desarrollaron 3 (tres) ACCIONES ESTRATÉGICAS y CLAVES que consolidaron la reglamentación de la mejor manera como:

1°.- En el ámbito académico universitario público y privado; se promovió la planificación y el desarrollo de cursos de especialización en procesos y estudios técnicos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), siempre adecuando y adoptando las experiencias internacionales pero orientadas a los procesos y realidades socioeconómicas del Paraguay.

2°.- El apoyo técnico clave en este proceso fue la realizada por la Cooperación Técnica Alemana por medio de la GTZ, soporte fundamental por aportar con expertos internacionales y la capacitación de expertos nacionales en la formulación y discusión del más alto nivel de las normas y los estudios de la Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay, elementos claves en el proceso de formulación del Decreto reglamentario de la ley en el país.

Esta agencia de cooperación técnica alemana Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) aparte de capacitar y formar a los primeros evaluadores de Evaluación y Estudios de Impacto Ambiental EsIA), contribuyó fuertemente en la formación de los contenidos programáticos de los primeros talleres, seminarios y cursos de especialización en Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y además un instrumento clave como la promulgación del MANUAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PARA EL PARAGUAY (MEVIA).

3°.- La socialización del anteproyecto de Reglamentación (Decreto N°14.281/96) de la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”, en los ámbitos de los sectores de la producción, la industria y en el académico universitario permitiendo no solo ajustar los términos, normas y los procesos administrativos y técnicos del actual Decreto Nº14.281/96, sino además poner en conocimiento de los municipios, gobiernos departamentales y sociedad civil de este instrumento de gestión ambiental vigente y obligatorio para el Paraguay.

En su momento promulgado el Decreto Nº14.281/96 de la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” la Dirección de Ordenamiento Ambiental (DOA) como autoridad administrativa de este marco legal y en coordinación con la Cooperación Técnica Alemana Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) organizo la primera audiencia pública convocando a toda la sociedad civil privada, organismos públicos del Estado (MOPC, MAG, MIC, MP, Congreso Nacional y Otros) presentando el Decreto Nº14.201/96 que reglamenta la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”, el MANUAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PARA EL PARAGUAY (MEVIA) y un Documento Técnico que caracterizaba la situación de los recursos naturales del Paraguay y el aporte que podría generar este instrumento de gestión ambiental a esta realidad ambiental nacional.

Periodo 1996 al 2000: Se crea en el año 2000 la SECRETARIA DEL AMBIENTE (SEAM) y se convierte en la autoridad administrativa de la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” y su Decreto Nº14.281/96 en el Paraguay. En este periodo se promovió, difundió y aplico la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) contribuyendo fuertemente en generar la voluntad política de la necesidad de elevar los temas ambientales y del uso racional de los recursos naturales productivos a un nivel de gestión política superior, donde se promulga la Ley Nº1.561/00 que crea el “Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM), el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) y la Secretaria del Ambiente (SEAM)”.

En este periodo de tiempo se vinieron ajustando y adecuando a la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” las unidades productivas agrícolas, pecuarias y de aprovechamiento forestal, así también industrias de todo tipo, como también los silos, los puertos, los aserraderos, las aperturas y las mejoras de carreteras, las explotaciones de mineras, las  estaciones de servicios etc., en paralelo a esta gestión se vinieron también desarrollándose cursos de especialización y maestrías en Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en las universidades, capacitaciones puntuales a gobiernos municipales y departamentales en la administración y aplicación de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

Una fuerte debilidad en este proceso de consolidación de este periodo de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay fue que la autoridad administrativa la Dirección de Ordenamiento Ambiental (DOA) que administraba un marco legal prácticamente superior al marco legal que regulaba el accionar del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), por tanto, está situación limitaba su gestión siendo uno de los principales detonantes para consolidar la necesidad de crear un órgano superior como fue en su momento la Secretaria del Ambiente (SEAM).

Periodo 2000 al 2003 y parte del 2004: La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay sufre una retracción en el proceso de consolidación, debido a la creación de la Secretaria del Ambiente (SEAM) que entra en una serie de cambios sucesivos de sus Ministros Secretarios y asociado además al cambio de gobierno, donde el tema ambiental en el país se debilita como política y finalmente repercute en la consolidación de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) aflorando principalmente los PROBLEMAS TÍPICOS DE LA GESTIÓN PÚBLICA como principales elementos en el proceso en la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) debilitando su administración y aplicación en este proceso.

Foto Nº3: Proyecto de Inversión Agrícola con Sistema de Siembra Directa y con su Correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA) 2012

Periodo 2004 al 2008: La Secretaria del Ambiente (SEAM) se estabiliza logrando un avance hacia un adecuado liderazgo con el apoyo financiero del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), donde se formula ajusta y promulga la Política Ambiental Nacional (PAN/2005), convirtiendo a la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el principal instrumento o herramienta de gestión ambiental en el Paraguay, donde el sector público y privado se relacionan y pueden adecuar  sus acciones y actividades en el aprovechamiento de los recursos naturales a hacerlos mucho más racional y sostenibles por medio de procesos claros.

Este escenario de estabilización la Secretaria del Ambiente (SEAM) permitió establecer criterios y conceptos claros por sustentarse la administración de la Ley Nº294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” y su Decreto Nº14.281/96 que reglamenta la misma; y con base técnica del Manual de Evaluación de Impacto Ambiental (MEVIA) del Paraguay que había sido promulgado en el año 1996 con el Decreto Nº 14.281/96 para el efecto, documento técnico formulado con ayuda de la Cooperación Técnica Alemana Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) para justamente conjugar los conceptos, definiciones y principios de la gestión ambiental en el marco de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay.

Durante este periodo de acción se desarrollaron además procesos internos más claros y precisos de cómo una vez presentado documentos técnicos y administrativos ante la Secretaria del Ambiente (SEAM) lo procesan, estableciendo adecuadamente los plazos y conceptos técnicos, administrativos y legales para el manejo de los mismos, se promovió el proceso de DESCENTRALIZACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL A LAS GOBERNACIONES Y LOS MUNICIPIO POR MEDIO DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL y además se estableció alianzas estratégicas con las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) ambientalista, universidades públicas y privadas en la capacitación de actualización de los técnicos y la misma autoridades de los Ministerios, Congreso Nacional, municipios y gobernaciones en la aplicación y administración  de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

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Medio Ambiente

El medio ambiente debe ser considerado como parte integral y armónica del conjunto de tareas que garanticen el desarrollo sostenible de un país como Paraguay (Molinas 2006).

El problema de la sostenibilidad es en el fondo un problema de desarrollo, de erradicación de la pobreza, de educación colectiva, de mentalidad y hábitos sociales, de cultura política, de mecanismos institucionales que incorporen la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones, de nuevas formas de producir y de consumir, de equidad y cooperación en las relaciones internacionales, se trata, en suma, de colocar al ser humano en el centro de nuestras preocupaciones, porque si las personas no están protegidas, la naturaleza tendrá, entonces, pocas oportunidades.

Para avanzar verdaderamente hacia el desarrollo sostenible debemos asumir nuestra responsabilidad local con enfoque global en la lucha que la humanidad esta encarando por preservar en el largo plazo los ciclos vitales de la vida de los que depende la existencia misma del ser humano sobre la tierra, debemos hacer un esfuerzo local con perspectiva global (Molinas 2008).

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