Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas
M.; Como Asesor Agroambiental; como Ex ministro de Ambiente y Ex Ministro de
Agricultura y Ganadería de Paraguay, quisiéramos exponer hoy sobre el “CAMBIO
CLIMÁTICO (CC) ES UN FENÓMENO CUYOS IMPACTOS GENERA EFECTOS ADVERSOS MUNDIALES,
REGIONALES, NACIONALES Y LOCALES; POR TANTO, PARA MITIGAR SUS EFECTOS Y
ADAPTARSE A ELLOS, SE NECESITA DE UN ACUERDO ENTRE TODOS LOS AFECTADOS”; con el
objeto de abrir la discusión y el debate de los visitantes de este BLOG.
El debate sobre el
cambio climático y los sistemas productivos es un discusión Regional constante
I.- LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS
NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO:
1.- En 1992 adoptó la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO
CLIMÁTICO (CMNUCC) la cual se abrió a la firma durante la CUMBRE DE RÍO
JUNTO CON LA CONVENCIÓN DE BIODIVERSIDAD, entrando en vigor el 21 de marzo de
1994 al 25 de junio del 2014 la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE
EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) cuenta con 195 países parte que han presentado sus
instrumentos de ratificación.
2.- La CONVENCIÓN MARCO DE LAS
NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) tiene como objetivo “LA
ESTABILIZACIÓN DE LAS CONCENTRACIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO EN LA
ATMÓSFERA A UN NIVEL QUE IMPIDA INTERFERENCIAS ANTROPÓGENAS PELIGROSAS EN EL
SISTEMA CLIMÁTICO” y considera que “ESE NIVEL DEBERÍA LOGRARSE EN
UN PLAZO SUFICIENTE PARA PERMITIR QUE LOS ECOSISTEMAS SE ADAPTEN NATURALMENTE
AL CAMBIO CLIMÁTICO, ASEGURAR QUE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS NO SE VEA
AMENAZADA Y PERMITIR QUE EL DESARROLLO ECONÓMICO PROSIGA DE MANERA SOSTENIBLE”.
3.- La CONVENCIÓN MARCO DE LAS
NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) no definió ese nivel, ni en
términos de aumento de la temperatura, ni de concentración de GEI en la
atmósfera, pues hasta hoy, ese continúa siendo un asunto contencioso.
4.- En términos generales y a
manera de resumen, se podría decir que en virtud de la CONVENCIÓN MARCO DE LAS
NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC), las Partes:
4.1.- Compilar y compartir la
información sobre las Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), las
políticas nacionales y las prácticas óptimas para presentar los inventarios
nacionales de emisiones de GEI, según fuente, y de su ABSORCIÓN POR
SUMIDEROS.
4.2.- Estrategias nacionales para
abordar el problema de las emisiones de Gases efectos Invernaderos (GEI) y ADAPTARSE
a los impactos del cambio climático previstos, y DETERMINAN LA
PRESTACIÓN DE APOYO FINANCIERO Y TECNOLÓGICO A LOS PAÍSES EN DESARROLLO, como
el fortalecimiento de la investigación científica y tecnológica, fomento de
prácticas y tecnologías de mitigación, programas de educación y sensibilización
pública acerca del cambio climático.
4.3.- Cooperan para PREPARARSE Y ADAPTARSE
A LOS EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO. Los Estados Partes de la Convención
deben cumplir sus objetivos considerando tres principios fundamentales: i.
Responsabilidades comunes pero diferenciadas El Artículo N°3.1 de la CONVENCIÓN
MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) estipula que
“Las Partes deberían proteger el sistema climático”.
4.4.- Los Estados Partes de la
Convención deben cumplir sus objetivos considerando tres principios
fundamentales:
a).- Responsabilidades comunes pero
diferenciadas, donde el Artículo N°3.1 de la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES
UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) estipula que “LAS PARTES DEBERÍAN
PROTEGER EL SISTEMA CLIMÁTICO MANUAL DEL NEGOCIADOR DE CAMBIO CLIMÁTICO EN
BENEFICIO DE LAS GENERACIONES PRESENTES Y FUTURAS, SOBRE LA BASE DE LA EQUIDAD
Y DE CONFORMIDAD CON SUS RESPONSABILIDADES COMUNES PERO DIFERENCIADAS Y SUS
RESPECTIVAS CAPACIDADES (CBDR-RC), EN CONSECUENCIA, LAS PARTES QUE SON PAÍSES
DESARROLLADOS DEBERÍAN TOMAR LA INICIATIVA EN LO QUE RESPECTA A COMBATIR EL
CAMBIO CLIMÁTICO Y SUS EFECTOS ADVERSOS”.
b).- Por este principio, la CONVENCIÓN
MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) otorga mayores
responsabilidades a los países que en el año 1990 se consideraban
“industrializados”, tomando como base la lista de Estados pertenecientes a la
OCDE, ya que ellos han generado la mayor parte de las emisiones de GEI en el
pasado y tienen mayores capacidades para responder a los impactos del cambio
climático.
c).- El Artículo N°3.2 de la CONVENCIÓN
MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC) estipula la
consideración especial que debe darse a los mismos, así como las divergentes
interpretaciones de este principio y sus repercusiones en lo que los países
consideran “equitativo” y “justo” son un aspecto crucial en las negociaciones
actuales.
II.- ANTECEEDENTES DEL CAMBIO
CLIMÁTICO: LA CONVENCIÓN A TRAVÉS DEL TIEMPO:
1.- En 1988, la Asamblea General de
las Naciones Unidas aprobó la resolución 43/53, propuesta por el Gobierno de
Malta, en la que se pedía “... LA PROTECCIÓN DEL CLIMA PARA LAS GENERACIONES
ACTUALES Y FUTURAS DE LA HUMANIDAD”. Durante el mismo año, el Programa de
las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA, UNEP en inglés) y la
Organización Meteorológica Mundial (OMM) establecieron el Panel
Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC).
2.- El Panel Intergubernamental
sobre el Cambio Climático (IPCC) tuvo el encargo de evaluar el estado del
conocimiento científico relacionado con el cambio climático, analizando sus
potenciales impactos ambientales y socioeconómicos con el fin de asesorar en la
formulación de políticas públicas.
3.- En 1990, se publicó el primer
informe del el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC) en
donde se determinó con 90% de certeza que las actividades humanas que producen
los Gases de Efectos Invernaderos GEI generan el cambio climático.
4.- El Panel Intergubernamental
sobre el Cambio Climático (IPCC) ha continuado con su labor de informar a los
países, desde el 2014 que el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático
(IPCC) ha presentado el resultado de tres grupos de trabajo de su quinto
Informe de Evaluación contiene pruebas contundentes del cambio climático
causado por el hombre, así como de sus causas y potenciales impactos.
5.-
A raíz de los hallazgos del Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático
(IPCC), en 1990 la Asamblea General de las Naciones Unidas decidió preparar una
Convención Marco, encargando al COMITÉ INTERGUBERNAMENTAL DE NEGOCIACIÓN
(CIN) poner en marcha un proceso de negociaciones para el cambio climático.
III.-
EL PROCESO DE NEGOCIACIONES PARA UN ACUERDO GLOBAL:
1.- La negociación internacional
sobre cambio climático es un proceso cada vez más exigente y complejo debido a
la cantidad de Partes involucradas –195 países bajo la CONVENCIÓN
MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC);
2.- La complejidad de la realidad
nacional de sus necesidades e intereses de cada país de los 195 que conforman
hoy la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC),
vuelve más complejos en cada país la incidencia de las disposiciones a nivel nacional.
3.- Esta complejidad por la
diversidad sobre la realidad a nivel nacional de los países en vía confunden a
las tomas de decisiones en: a).- El nivel de conocimiento técnico necesario; b).-
El alcance de los temas involucrados; y c).- La percepción de las
responsabilidades y capacidades de los países parte de la CONVENCIÓN MARCO DE
LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC).
4.- Es claro que países partes pero
que están aún en vía de desarrollo como Paraguay, estas negociaciones se tratan
temas altamente complejos, desde los procesos físicos complejos sobre las EMISIONES
y CONCENTRACIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (GEI) y del clima, donde
hasta la incertidumbre en los procesos y el conocimiento incompleto de la
ciencia sobre ellos.
5.- En este contexto estos países
en especial en vías de desarrollo la gestión y políticas generadas para enfrentar
todas estas complejidades han derivado en arreglos institucionales con miras de
la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC),
pero que puede aún resultar en contenidos y temas extremadamente más confuso.
IV.- ASPECTOS Y CRITERIOS QUE
AFECTAN PARA MITIGAR SUS EFECTOS Y ADAPTARSE AL CAMBIO CLIMATICO PARA
CONSOLIDAR EL ACUERDO:
1.- Ante el planteamiento es
urgente para algunos como las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) ambientalistas
con asiento en países en vías de desarrollo como Paraguay, empujan y exigen plantean
como urgencia a los gobiernos de turno en superar las dificultades que puedan
constituirse en obstáculos para que de forma inmediata se pueda accionar; contra
los efectos adversos de los impactos del cambio climático.
2.- Estas organizaciones en alianzas con instituciones de los gobiernos como Paraguay, se encargan de presentar casos evidentes e inclusive proyectan como serían los escenarios a futuro como las alteraciones de los ecosistemas y la intensificación de los fenómenos climáticos extremos son las causales de los efectos de los impactos ambientales, lo que traerá y ya trae pérdidas económicas y afectan directamente y afectarán aún más sobre la calidad de vida de las poblaciones.
3.- Ante este escenario de la supuesta crisis climática instalada las ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONG) AMBIENTALISTAS con sede en nuestro país, con su alianza con algunas instituciones del gobierno plantean la necesidad de combatir los escenarios negativos de los efectos del cambio climático, citando para ello, que es indispensable reducir drásticamente las emisiones y aumentar la capacidad de captura de dióxido de carbono en los ecosistemas de la Tierra.
4.- Esta urgencia de la necesidad
de combatir los escenarios negativos de los efectos adversos del cambio
climático, las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) ambientalistas plantean
que para poder estabilizar la concentración de los GEI en la atmósfera y
prevenir impactos severos, igualmente, dado que los impactos ya son evidentes y
se prevé su incremento, los sectores privados de la producción y la industrias
plantea a la ADAPTACIÓN COMO PRIORITARIA PARA LOS PAÍSES EN VÍAS EN
DESARROLLO COMO PARAGUAY, nuestros países en vía de desarrollo son
altamente vulnerables, en términos ambientales, sociales y económicos, y cuentan
con menores recursos tecnológicos y financieros para enfrentar los efectos por
los impactos del del cambio climático.
V.- PROCESO DE NEGOCIACIONES PARA
MITIGAR SUS EFECTOS Y ADAPTARSE AL CAMBIO CLIMATICO PARA CONSOLIDAR EL ACUERDO:
1.- Las negociaciones
internacionales son RETOS para
los negociadores de los países en vía de desarrollo como nuestro país, por
presentar las motores dificultades para su efectiva participación; entre estas
dificultades más comunes denominadas RETOS son: El tamaño reducido de
sus delegaciones y la necesidad de negociar en un idioma que no es su lengua
materna, además muchos países buscan sobrepasar estas barreras negociando en
conjunto con otras Partes y formando agrupaciones basadas en circunstancias
nacionales o intereses comunes.
2.- Ante lo expuesto es importante
agregar que la capacidad negociadora de una delegación depende
considerablemente de las personas que la conforman, esto hace que esta
capacidad sea, al igual que las circunstancias políticas de los países de la
región, muy variable en el tiempo, denominados grupos negociadores de la CONVENCIÓN
MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO (CMNUCC).
3.- Entre los principales grupos
negociadores DE la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO
CLIMÁTICO (CMNUCC) están:
a).- Grupo de los 77 más china,
además existen otras instancias de coordinación como el Sistema de Integración Centroamericano
(SICA) que agrupa a países de Centroamérica e inclusive funciona como grupo de
negociación; y
b).- El único grupo que congrega a
los 19 países de la región iberoamericana es el Grupo de Latinoamérica y el Caribe
(GRULAC), que, si bien constituye un grupo regional oficial ante las Naciones
Unidas, no actúa como grupo de negociación en el contexto de la CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO
CLIMÁTICO (CMNUCC), ya que los países que lo conforman tienen diversidad de
idiomas e intereses, más bien son países miembros grupos de negociación muy
variados.
c.)- Dentro de las negociaciones
internacionales de cambio climático, Paraguay es un participante silencioso y
de poco peso. No realiza alianzas estratégicas efectivas y el liderazgo del
país en este ámbito está prácticamente ausente bajo la responsabilidad del
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES). A pesar de que en cada
evento internacional el MADES envía múltiples representantes, hasta ahora no se
ha logrado ningún beneficio tangible de estas participaciones.
d.)- Paraguay carece de una postura
clara que permita capitalizar los espacios de negociación global, lo que ha
resultado en una falta de acceso a financiamientos climáticos o a acuerdos que
impulsen acciones nacionales en beneficio del desarrollo sostenible y la
resiliencia frente al cambio climático.
e.)- A 10 años del NDC de Paraguay,
no se ha logrado obtener ni un solo financiamiento real y operativo para el
cumplimiento de las metas condicionadas a recursos internacionales. A pesar de
que los compromisos del país dependen en gran medida del financiamiento externo
para implementar las acciones necesarias, no se han concretado acuerdos ni se
ha asegurado acceso a fondos climáticos que permitan avanzar en los objetivos
que Paraguay se propuso.
f.)- Esta falta de financiamiento
externo refleja una debilidad en la capacidad del país para negociar, movilizar
recursos y aprovechar los mecanismos internacionales diseñados para apoyar a
las naciones en desarrollo en la lucha contra el cambio climático.
g.)- Es momento que el Ministerio
de Relaciones Exteriores lidere estas negociaciones y se convierta en el Punto
Focal país de la convención internacional sobre cambio climático y que el
Ministerio de Economía y Finanzas se convierta en el adjunto que consiga el
financiamiento efectivo para la implementación de las metas que el Paraguay se
traza.
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