Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S.
Molinas M.; Asesor Experto y Especialista, con experiencia por más de 30 años
en temas Agroambientales y como Ex ministro Secretario de Ambiente y Ex
ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, deseamos compartir nuevamente
un análisis técnico sobre la “INTRODUCCIÓN AL PROCESO DE VALORACIÓN ECONÓMICA
DE LOS RECURSOS NATURALES/ PERSPECTIVA A TRAVÉS DE LOS DIFERENTES ENFOQUES DE
MERCADO – PARTE – I”; con el objeto de abrir el debate con los visitantes de
este blog.
I.- CONCEPTOS UNIVERSALES:
1.- La valoración económica del
medio natural no es la respuesta última a los procesos de degradación y sobre
el aprovechamiento de los recursos de la naturaleza, es una herramienta útil y
complementaria en la formulación de políticas tendientes al desarrollo
sustentable.
2.- Es clave la inclusión de los
bienes y servicios ambientales dentro del mercado, en la búsqueda de una
sustentabilidad del stock de recursos naturales renovables y no renovables.
3.- El uso y valoración económica
de los recursos naturales, es en términos económicos el usuario de los recursos
naturales tenderá a no tratarlo como un bien gratuito; esto debido, a que su
objetivo será el mantenimiento del flujo de beneficios provenientes de los
bienes y servicios proveídos por ellos.
II.- EL DESARROLLO VERSUS
VALORACIÓN ECONÓMICA DE LOS RECURSOS NATURALES:
1.- La degradación del medio
ambiente y de los recursos naturales, conocidos también por bajo el nombre de
bienes y servicios ambientales, puede ser ocasionada por un excesivo desarrollo
económico o por un desarrollo económico insuficiente.
2.- El crecimiento de la población,
la extensión de los asentamientos humanos y la industrialización provocan
creciente contaminación en los factores físico-naturales más importantes para
la supervivencia de las especies vivas.
3.- Básicamente y en forma
elemental estos problemas son el resultado de un desarrollo inadecuado y parte
de su solución se encuentra en un crecimiento económico bien planificado.
4.- Es bueno comprender en países en
vía de desarrollo como Paraguay el crecimiento económico por sí mismo,
frecuentemente ocasiona degradación del medio ambiente y de los recursos
naturales.
5.- La realidad nacional del país
nos lleva a la necesidad que el asunto no es escoger entre desarrollo y medio
ambiente, sino proponer incorporar medidas de costo-eficiencia para
restablecer, sustentar y proteger los sistemas naturales.
III.- DESARROLLO VERSUS
VALORACIÓN ECONÓMICA DE LOS RECURSOS NATURALES Y LA CRISIS AMBIENTAL:
1.- Es necesario interpretar y
reconocer que las consecuencias son las crisis ambientales causadas por una
racionalidad meramente económica y la progresiva pérdida de confianza en la
viabilidad del modelo de crecimiento económico y modernización del mismo, como
única estrategia.
2.- Las consecuencias son las
crisis ambientales causadas por una racionalidad meramente económica y la
progresiva pérdida de confianza en la viabilidad del modelo de crecimiento
económico y modernización, como única estrategia.
3.- La necesidad de la valoración
económica de los recursos naturales y el mercado; siendo urgente y necesario
que los recursos naturales que carecen de precio, al no existir un mercado
donde puedan ser intercambiados. No obstante, ello no quiere decir que carezcan
de valor.
4.- Es necesario desarrollar la valoración
económica de los recursos naturales y la de construir con una necesidad urgente
de indicadores solidos para los mismos; debemos estimar dicho valor o contar
con un indicador de su importancia en el bienestar de la sociedad, que permita
compararlo con otros componentes del mismo, para lo cual será factible utilizar
el dinero como denominador común.
IV.-
VALORACIÓN ECONÓMICA DE LOS RECURSOS NATURALES Y SUS METODOS DE VALORACIÓN:
1.-
La valoración económica del medio ambiente arroja información, como un conjunto
de técnicas y métodos que permiten medir las expectativas de beneficios y
costos derivados de algunas de acciones tales como: uso de un activo ambiental,
realización de una mejora ambiental, generación de un daño ambiental, entre
otros.
2.- La razón principal por la cual
se valoran los bienes que carecen de mercado es la misma por la que se valoran
los bienes privados, es decir, probablemente se hará un uso más eficiente de
los mismos si dichos bienes muestran un precio.
3.- Las metodologías de valoración
ambiental han tenido un amplio desarrollo en la medición de aquellos aspectos
que antes se clasificaban en intangibles y que en la actualidad pueden ahora
medirse en términos monetarios.
4.- La diferencia entre bienes,
servicios e impactos ambientales puede implicar el uso de diferentes
metodologías para la valoración de cada uno.
V.-
BIENES Y SERVICIOS E IMPACTO AMBIENTAL:
1.-
La diferencia entre los términos anteriores viene dada por que los primeros son
recursos tangibles (bienes y servicios) utilizados por el ser humano como
insumos en la producción o en el consumo final y que se gastan y transforman en
el proceso.
2.-
Los segundos (impactos ambientales) tienen como características que no se
gastan y no se transforman en el proceso, pero generan indirectamente utilidad
al consumidor, y los últimos también conocidos como externalidades, son el
resultado o el efecto de la actividad económica de una persona sobre el
bienestar de otra.
3.-
Impacto ambiental es toda alteración de las propiedades físicas,
químicas y biológicas del medio ambiente, causada por cualquier forma de
materia o energía resultante de las actividades humanas que, directa o
indirectamente afectan: a) la salud, la seguridad y el bienestar de la
población; b) las actividades socioeconómicas; c) los ecosistemas; d) las
condiciones estéticas y sanitarias del medio ambiente; e) la calidad de los
recursos naturales.
4.- La auditoría ambiental es una
herramienta investigativa de la política ambiental nacional. Permite
identificar los impactos producidos en el medio ambiente y en los recursos
naturales comprometidos por los efectos de una obra o actividad en ejecución o
consolidada. Comprende los sistemas utilizados y las actividades de
verificación del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el proponente
como consecuencia de la aplicación de las disposiciones contenidas en el
proceso de EvIA.
5.- Plan de Auditoría Ambiental es
parte de la Auditoría Ambiental que contiene la identificación de los impactos
negativos generados por la ejecución de una obra o actividad, que prevé las
medidas correctivas y el cronograma de implementación de dichas medidas, como
también la individualización del responsable de su cumplimiento.
6.- Bases de la valoración de
costos y beneficios ambientales en la planificación uso de la tierra y su
evaluación de impacto ambiental, valoración y retribución de los servicios
ambientales.
7.- Plan de uso de la Tierra es el Proyecto de planeación que
regula el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables
de una superficie determinada, con el fin de obtener el máximo beneficio de
ellos, asegurando al mismo tiempo su conservación, el mejoramiento, y la base
productiva de los recursos naturales.
8.- Ley Nº294/93 de Evaluación de
Impacto Ambiental (EIA): marco legal vigente desde hace 30 años administrada
actualmente por la Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES)
aplicadas a las unidades productivas agropecuarias y/o de aprovechamiento
forestal que para al aprovechamiento de sus recursos naturales productivos
diseñan y ejecutan “Planes de Manejo Forestal y/o Planes de Uso de la Tierras”
previamente aprobados por el INFONA y sus “Estudios de Impacto Ambiental”
respectivos son aprobados por el MADES.
9.- El Instituto Forestal Nacionales responsable de la revisión y
aprobación de los “Planes de Manejos Forestales” en el marco de la Ley N°422/73
“Forestal”, por medio de la herramientas administrativas y normas legales
vigentes como el Decreto N°11.681/75 “POR EL CUAL SE
REGLAMENTA LA LEY N°422/73”, promulgaron la RESOLUCIÓN Nº7/2002 “POR LA
CUAL SE REGLAMENTA LA ELABORACION Y PRESENTACION DE LOS PLANES DE MANEJO
FORESTAL”.
10.- Estudio de Impacto Ambiental
(EIA) es uno de los instrumentos del proceso de evaluación de impacto
ambiental, consistente en un documento técnico-científico de análisis de los
métodos, procesos, obras y actividades capaces de causar significativa degradación
ambiental, que será puesta a consideración de la Autoridad Administrativa por
el proponente bajo declaración jurada, con el propósito de decidir sobre la
Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
11.- Declaración de Impacto
Ambiental (DIA) es el pronunciamiento de la Autoridad Administrativa, en el
que de conformidad con la Ley Nº294/93, se determina la conveniencia o no de
realizar la actividad proyectada, respecto a los efectos ambientales previsibles,
y, en caso afirmativo, las condiciones que deben establecerse en orden a la
adecuada protección del ambiente y los recursos naturales, por el cual la
Autoridad Administrativa por Resolución fundada otorga la Declaración de la
Licencia Ambiental para iniciar o proseguir con las tramitaciones legales para
la obtención de los permisos correspondientes para la ejecución de un
determinado proyecto, obra o actividad.
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