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18 feb 2025

REGLAMENTACIÓN DE LA LEY DE CRÉDITOS DE CARBONO DE PARAGUAY: UN PASO HACIA UN FUTURO SOSTENIBLE Y DE INNOVACIÓN AMBIENTAL – FEBRERO 2025

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Como Asesor Agroambiental (Dr. Honoris Causa) y como Ex ministro de Ambiente y Ex Ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay y Actualmente Asesor de la Presidencia de la Universidad San Carlos (USC), compartiendo con el Ing. Forestal Rolando de Barros Barreto Acha Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), debatieron sobre el reciente Decreto Reglamentario N°3369/2025 de la Ley N°7190/2023 “De los Créditos de Carbono” reglamentado y  promulgado por el Poder Ejecutivo, para poder compartir con los visitantes de este BLOG.

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo Molinas en conversaciones técnicas científicas con el Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) el Ing. Forestal Rolando de Barros Barreto Acha

I.- INTRODUCCIÓN

1.- La reglamentación de la Ley N°7190/23 “De los Créditos de Carbono” mediante el Decreto N°3369/2025 marca un hito importante en la política ambiental y económica de Paraguay. Este marco legal permite al país consolidarse como un actor clave en los mercados de carbono, incentivando la inversión en proyectos sostenibles que están vinculados a la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero.

https://decretos.presidencia.gov.py/api/norma/download/67b4980836ed821d050478ef

2.- A diferencia de otras normativas ambientales que imponen restricciones a la producción, esta ley se orienta hacia el desarrollo de oportunidades económicas sostenibles, posicionando a Paraguay como un destino nuevo para este mercado global de carbono que existe a nivel voluntario y dentro de un sistema regulado.

II.- BENEFICIOS ECONÓMICOS Y ATRACCIÓN DE INVERSIONES

1.- Uno de los principales aspectos positivos de la Ley 7190/23 y su nuevo decreto reglamentario es que genera un marco de confianza y seguridad jurídica para el desarrollo de proyectos de carbono. Esto podría fomentar la llegada de capitales extranjeros y facilitar el acceso a productores y empresarios paraguayos a los mercados internacionales de carbono.

2.- Además, la creación de la Dirección de Mercados de Carbono (DMC) dentro del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) permite una supervisión eficiente y ágil del sistema, evitando incertidumbres regulatorias que podrían frenar inversiones.

3.- La reglamentación también contempla exoneraciones para comunidades indígenas, garantizando que estos sectores puedan beneficiarse del mercado de carbono sin trabas económicas.

III.- UN MARCO TRANSPARENTE Y CREÍBLE PARA LOS MERCADOS DE CARBONO

1.- El Decreto N°3369/2025 establece mecanismos claros para la generación, registro y transferencia de créditos de carbono. Entre ellos se destacan;

  • Registro de Créditos de Carbono, para garantizar la trazabilidad y transparencia de los proyectos.

  • Constancias de No Objeción y Cartas de Autorización, que tienen por fin evitar la doble contabilidad y facilitar la participación en el comercio internacional de créditos de carbono.

  • Sistema de Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV), que asegura la credibilidad de los proyectos de mitigación y reducción de emisiones.

2.- Estos elementos son cruciales para que Paraguay pueda integrarse exitosamente en el mercado global de carbono bajo los lineamientos del Acuerdo de París y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC).

IV.- OPORTUNIDADES PARA EL SECTOR AGROPECUARIO Y FORESTAL

1.- El decreto reglamentario sumado a la Ley brinda un marco regulatorio integral para el desarrollo de proyectos de mitigación y reducción de emisiones en sectores estratégicos del país y para los que tengan interés en este mercado, donde podría encontrarse productores vinculados a la agricultura, la ganadería y la silvicultura. Es decir, este mercado de carbono, podría ser una alternativa adicional para que los productores paraguayos puedan generar ingresos adicionales sin afectar su productividad.

2.- Asimismo, se podrá resaltar mejor la captura y almacenamiento de carbono que existe en los suelos agrícolas y forestales, con lo cual se mejora la productividad a largo plazo y que también tiene el efecto de alancear carbono dentro del Sistema de Siembra Directa.

V.- PARAGUAY PAÍS BAJO EN EMISIONES CON OPORTUNIDADES SOSTENIBLES

1.- Históricamente, Paraguay ha sido un país con baja contribución a las emisiones globales debido a su uso predominante de energía hidroeléctrica y sus políticas de conservación. Adicionalmente, con esta ley, el país asume un papel más proactivo en la mitigación del cambio climático y la reducción de emisiones, no solo cumpliendo con sus Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC), sino también generando un modelo de desarrollo sostenible que combina productividad con responsabilidad ambiental y social.

2.- Además, la regulación permite que Paraguay pueda vender Resultados de Mitigación Internacionalmente Transferibles (ITMOs) a otros países, convirtiendo las reducciones de emisiones en un activo financiero para el desarrollo nacional.

VI.- CONCLUSIÓN

1.- La Ley 7190/23 y su Decreto Reglamentario 3369/2025 representan una oportunidad única para Paraguay en su transición hacia una economía más sostenible y competitiva. Su enfoque basado en incentivos, transparencia y alineación con estándares internacionales le da al país una ventaja estratégica en los mercados de carbono.

2.- A medida que la implementación de esta normativa avance, será clave seguir fortaleciendo su operatividad y asegurando que todos los actores, desde pequeños productores hasta grandes empresas, puedan beneficiarse de esta nueva dinámica económica y ambiental.

CON ESTA LEGISLACIÓN, PARAGUAY NO SOLO REAFIRMA SU COMPROMISO CON EL DESARROLLO SOSTENIBLE, SINO QUE TAMBIÉN ABRE NUEVAS PUERTAS PARA UN CRECIMIENTO ECONÓMICO BASADO EN LA INNOVACIÓN AMBIENTAL.

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