ORGANISMOS GENETICAMENTE MODIFICADOS (OGM) EN EL PARAGUAY
Para aquellos que no conocen de OGM debemos ilustrarles que los mismos se vienen utilizando adecuaente en los Estados
Unidos, Brasil, Argentina, India, Canadá y China sigen siendo los mayores
productores de cultivos genéticamente modificados en el mundo. La lista se
completa con otros 19 países que también cultivaron OGM: Paraguay, Sudáfrica,
Uruguay, Bolivia, Filipinas, Australia, México, España, Chile, Colombia,
Honduras, Burkina Faso, República Checa, Rumania, Portugal, Alemania, Polonia,
Eslovaquia y Egipto (Públicación Chile-BIO).
Otro de los temas que actualmente se cita día a día es el El
Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad, que realmente es un instrumento internacional que
regula los organismos vivos modificados, OVMs, producto de la biotecnología
moderna. Este acuerdo promueve la seguridad de la biotecnología, estableciendo
normas y procedimientos que permitan la transferencia segura, manipulación y
uso de OVMs, enfocado específicamente al movimiento transfronterizo. Su nombre
completo es Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del
Convenio de Diversidad Biológica. Cartagena es el nombre de una ciudad
colombiana en donde en febrero de 1999 el Protocolo de Bioseguridad fue
originariamente programado para ser concluido y adoptado. Sin embargo, debido a
ciertos asuntos por resolver, el Protocolo fue finalizado y adoptado un año
después, el 29 de enero del 2000 en Montreal, Canadá.
Es de suma importancia en el contexto del Protocolo de Cartagena aclar que la misma se sustenta en las principales características del Protocolo
de Bioseguridad como un acuerdo jurídicamente vinculante en el sistema legal internacional, se vincula la evaluación de riesgo, basada en procedimientos científicos
sólidos, establece los principios y metodologías sobre como llevar a cabo una
evaluación de riesgo y finalmente contempla el Principio de Precaución. Pero debemos de aclar que el Principio de Precaución realmente establece que cuando exista peligro de daño grave o irreversible, la
falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para
postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio
ambiente. Este principio se coicide con el uno de los Principios de la Política Ambiental Nacional (PAN) de Paraguay aprobado y vigente desde mayo del 2005.
Considerando los aspectos planteado es importante señalar que en la misma públicación que hace Chile-BIO establece que no existe evidencia que los alimentos producidos a partir de cultivos
genéticamente modificados sean menos o más seguros que los tradicionales. Los
alimentos provenientes de plantas genéticamente modificadas son sometidos a
rigurosos análisis y estudios que determinan su seguridad y que son la base
para permitir su comercialización. Esta situación contrasta con lo que sucede
con los alimentos producidos tradicionalmente, incluidos los producidos por
radiación y mutación, los cuales no necesitan experimentarse de esta manera.
La organización para la Agricultura y la alimentación de las Naciones Unidas
y la Organización Mundial de la Salud han establecido procedimientos para
determinar la seguridad de los productos biotecnológicos y estos son tenidos en
cuenta por los diferentes sistemas regulatorios alrededor del mundo.
Otras instituciones internacionales involucradas en este tema (Organización
de Cooperación para el Desarrollo, OECD; International Life Science Institute,
ILSI, Colegío Americano de Nutrición, Sociedad Americana de Toxicología)
coinciden en afirmar que estos alimentos son tan seguros como sus contrapartes
convencionales y garantizan que métodos como los de la equivalencia sustancial,
son adecuados para garantizar la seguridad e inocuidad de los mismos.
Países
como Estados Unidos, Japón, Canadá, Australia, Argentina, Korea, Rusia etc.
tienen un sistema regulatorio que les permite determinar la seguridad de los
productos de la biotecnología. En Colombia, se cuenta con procedimientos de
bioseguridad para la introducción, producción, liberación, comercialización,
investigación, desarrollo biológico y control de calidad de organismos
modificados genéticamente de interés en salud y producción pecuaria, sus
derivados y productos que los contengan, así como también los procedimientos
para la introducción, transporte, uso, manejo, producción, liberación y
comercialización de OGM de uso agrícola.
Finalmente podemos recomendar a que cumplido con los procesos regulatorios que actualmente desarrolla la Comisión de Bioseguridad (COMBIO) en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) se puede sin problema alguno liberar los eventos OGM para su uso comercial en todos sus aspectos.
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