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28 ago 2023

PROGRAMA PARA EL CAMBIO – PROGRAMA 21 Y/O AGENDA 21 : EL CAPÍTULO 27 : FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs) : ASOCIADAS EN LA BÚSQUEDA DE UN DESARROLLO SOSTENIBLE – Agosto del 2023

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor Agroambiental de la UGP; hemos hecho una revisión técnica ordenada sobre el “PROGRAMA PARA EL CAMBIO – PROGRAMA 21 Y/O AGENDA 21 : EL CAPÍTULO 27 : FORTALECIMIENTO DEL PAPEL DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs) : ASOCIADAS EN LA BÚSQUEDA DE UN DESARROLLO SOSTENIBLE”, con el objeto que los visitantes de este BLOG puedan tomar conocimiento del verdadero papel de las ONGs Ambientalistas.

Los principales problemas es reemplazar los patrones de desarrollo insostenible por un desarrollo sostenible donde las ONGs desempeñan un papel fundamental, responsable y constructivo

I.- BASES PARA LA ACCIÓN:

27.1. Las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) desempeñan un papel fundamental en la empresa de dar forma y aplicación a la democracia participativa. Su prestigio obedece al papel responsable y constructivo que desempeñan en la sociedad.

Debería reconocerse a las organizaciones oficiales y no oficiales y a los movimientos populares como asociados para la ejecución del Programa 21.

La índole del papel independiente que desempeñan las ONGs en una sociedad exige una participación genuina. Por consiguiente, la independencia es uno de los principales rasgos de las ONGs y condición previa para la participación genuina.

27.2. Uno de los principales problemas que enfrenta la comunidad internacional la tarea de reemplazar los patrones de desarrollo insostenible por un desarrollo ecológicamente racional y sostenible es la necesidad de estimular el sentimiento de que se persigue un objetivo común en nombre de todos los sectores de la sociedad.

Ello dependerá de la buena voluntad de todos los sectores en participar en una auténtica empresa de labor social y diálogo, reconociendo, a la vez, la independencia de funciones, responsabilidades y aptitudes especiales de cada uno.

27.3. Las ONGs, incluidas las organizaciones sin fines de lucro que representan a los grupos de que se ocupa la presente sección del Programa 21, cuentan con una variedad de experiencia, pericia y capacidad firmemente establecida en esferas que serán de particular importancia para la aplicación y el examen de un desarrollo sostenible, ecológicamente racional y socialmente responsable, como se prevé en todo el Programa 21.

Por consiguiente, la comunidad de ONGs ofrece una red mundial que debería utilizarse, investir de facultades y fortalecerse para apoyar las actividades en pro de esos objetivos comunes.

27.4. Para lograr que se materialice en su totalidad la posible aportación de las ONGs, debería fomentarse la máxima comunicación y cooperación posibles entre éstas y las organizaciones internacionales y los gobiernos nacionales y locales en el marco de instituciones encargadas de ejecutar el Programa 21.

También será preciso que las ONGs fomenten la comunicación y cooperación entre sí para aumentar su eficacia como factores de ejecución del desarrollo sostenible.

II.- OBJETIVOS:

27.5. La sociedad, los gobiernos y las organizaciones internacionales deberían desarrollar mecanismos para que las ONGs pudieran desempeñar su papel de asociadas en forma responsable y eficaz en el proceso del desarrollo sostenible y ecológicamente racional.

27.6. Para fortalecer la función de asociadas de las ONGs, el sistema de las Naciones Unidas y los gobiernos deberían iniciar, en consulta con las ONGs, un proceso encaminado a examinar los procedimientos y mecanismos oficiales para la participación de estas organizaciones en todos los planos, desde la formulación de políticas y la adopción de decisiones hasta la ejecución.

27.7. Para 1995 debería establecerse un diálogo mutuamente productivo a nivel nacional entre todos los gobiernos y las ONGs y sus redes autoorganizadas con miras a reconocer y fortalecer sus respectivas funciones en la consecución del desarrollo ecológicamente racional y sostenible.

27.8. Los gobiernos y los órganos internacionales deberían fomentar y permitir la participación de las ONGs en la concepción, el establecimiento y la evaluación de los mecanismos y procedimientos oficiales destinados a examinar la ejecución del Programa 21 a todos los niveles.

III.- ACTIVIDADES:

27.9. El sistema de las Naciones Unidas, así como los organismos internacionales de financiación y desarrollo, y todas las organizaciones y los foros intergubernamentales deberían adoptar, en consulta con las ONGs, medidas encaminadas a:

a) Examinar los modos de mejorar los procedimientos y mecanismos actuales mediante los que las ONGs contribuyen a la formulación de políticas, la adopción de decisiones, la ejecución y la evaluación, e informar al respecto, a nivel de los distintos organismos, en debates interinstitucionales y en las conferencias de las Naciones Unidas;

b) Sobre la base del inciso a) supra, mejorar los mecanismos y procedimientos existentes en los distintos organismos o, si no los hubiere, establecerlos para hacer uso de la experiencia y las opiniones de las organizaciones no gubernamentales en materia de formulación, ejecución y evaluación de políticas y programas;

c) Examinar los niveles de financiación y apoyo administrativo a las ONGs, así como el alcance y la efectividad de su participación en la ejecución de planes y programas, con miras a aumentar su función de asociadas sociales;

d) Crear medios flexibles y eficaces para lograr la participación de las ONGs en los procedimientos establecidos para examinar y evaluar la ejecución del Programa 21 a todos los niveles;

e) Fomentar y autorizar la participación de las ONGs y sus redes autoorganizadas en el examen y la evaluación de las políticas y los programas formulados para ejecutar el Programa 21, y dar apoyo a las ONGs de los países en desarrollo y sus redes autoorganizadas;

f) Tener en cuenta las conclusiones de los sistemas de examen y procesos de evaluación de las ONGs en los informes pertinentes del Secretario General a la Asamblea General y a todos los órganos y otras ONGs y foros de las Naciones Unidas relativos a la ejecución del Programa 21, de conformidad con el proceso de examen del Programa 21; y,

g) Dar acceso a las ONGs a datos e información exactos y oportunos con el objeto de fomentar la eficacia de sus programas y actividades y de sus funciones de apoyo del desarrollo sostenible.

27.10. Los gobiernos deberían tomar medidas para:

a) Establecer el diálogo con las ONGs y sus redes autoorganizadas que representen a todos los sectores sociales, o mejorar el diálogo ya entablado, lo que podría servir para: i) examinar los derechos y las responsabilidades de estas organizaciones; ii) encauzar de manera eficaz las aportaciones integradas de las ONGs al proceso gubernamental de formulación de políticas; y iii) coordinar la función de las ONGs en la ejecución de políticas nacionales a nivel de los programas;

b) Estimular y posibilitar la asociación y el diálogo entre las ONGs y las autoridades locales en actividades dirigidas a lograr un desarrollo sostenible;

c) Lograr la participación de las ONGs en todos los mecanismos o procedimientos nacionales establecidos para ejecutar el Programa 21, haciendo el mejor uso de sus capacidades individuales en las esferas de la educación, la mitigación de la pobreza y la protección y rehabilitación del medio ambiente;

d) Tener en cuenta las conclusiones de los mecanismos de supervisión y examen de las ONGs en la concepción y evaluación de las políticas relativas a la ejecución del Programa 21 a todos los niveles;

e) Examinar los sistemas gubernamentales de enseñanza para hallar la forma de permitir y aumentar la participación de las ONGs en las esferas de la educación académica y no académica y la divulgación;

f) Poner a disposición de las ONGs los datos y la información necesarios para que puedan contribuir de manera eficaz a la investigación y a la formulación, ejecución y evaluación de programas.

IV.- MEDIOS DE EJECUCIÓN:

A).- Financiación y Evaluación de los Costos:

27.11. Según el resultado que tengan los procesos de examen y la evolución de las opiniones sobre la mejor manera de forjar una asociación y un diálogo entre las organizaciones oficiales y los grupos de ONGs, habrá que hacer gastos en los planos nacional e internacional relativamente bajos, si bien imposibles de prever, a fin de mejorar los procedimientos y mecanismos de consulta.

Asimismo, las ONGs necesitarán financiación complementaria para establecer sistemas de vigilancia del Programa 21 o bien para mejorar los existentes o contribuir a ellos. Estos costos serán importantes, pero no pueden calcularse sobre la base de la información con que se cuenta.

B).- Aumento de la Capacidad:

27.12. Será preciso que las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones y foros intergubernamentales, los programas bilaterales y el sector privado, según proceda, brinden mayor apoyo administrativo y financiero a las ONGs y sus redes autoorganizadas, en particular las basadas en los países en desarrollo, que contribuyen a la vigilancia y evaluación de los programas del Programa 21, y que proporcionen capacitación a las ONGs (y las ayuden a establecer sus propios programas de capacitación) a nivel internacional y regional para aumentar su participación en la formulación y ejecución de los programas.

27.13. Será menester que los gobiernos promulguen o fortalezcan, con sujeción a las condiciones particulares de los países, la legislación necesaria para permitir a las ONGs establecer grupos consultivos, y para garantizar el derecho de las organizaciones no gubernamentales a proteger el interés público iniciando acciones judiciales.

Fuentes: www.un.org/esa/sustdev/documents/agenda21/spanish/agenda21sptoc.htm

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