24 abr 2024

ENTRE LA SOSTENIBILIDAD DE PARAGUAY Y EL PROTECCIONISMO EUROPEO: ¿QUÉ POSICIÓN DEFENDERÁ EL GOBIERNO ACTUAL? – ABRIL DEL 2024

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor Especialista, con experiencia por más de 30 años en temas Agroambientales y como Ex ministro de Ambiente y Ex Agricultura y Ganadería de Paraguay, deseamos exponer sobre el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea, en este caso acerca de la posición cambiante del gobierno actual, que dicen defender al estado paraguayo y a los productores. Pero varios ministros andan sondeando un proyecto de cooperación para manejar 10.000.000 de Euros, que no sabemos si será para promover el proteccionismo europeo o para fortalecer las instituciones de forma que los productores puedan liberarse de la burocracia que por décadas no acompaña el crecimiento del agro paraguayo.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2024/02/13/reglamento-111523-de-la-union-europea-es-de-imposible-aplicacion-dice-el-mag/   

El Ministro de Agricultura y Ganadería (MAG) sostenia que el Reglamento N°1115/2023 era de aplicación imposible. Ahora el liderazgo del tema le dieron al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) quien desde el inicio solicito fondos de cooperación 

 

I. - INTRODUCCIÓN:

1.- Desde hace 8 meses que venimos escuchando a Ministros manifestar diferentes posturas respecto al Reglamento N°1115 de la Unión Europea (UE). Y ya es hora de que tomen una posición seria en los ministerios y que decidan si están para acompañar las necesidades urgentes de desarrollo de Paraguay o para avalar el proteccionismo europeo.

2.- Desde un principio manifestamos nuestra disconformidad contra el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE), pero se respeta el derecho de este grupo de países donde tienen la potestad sobre su territorio y puede sacar todos los reglamentos que crean convenientes para ellos ya que son libres de hacerlo.

3.- Por otro lado, dado que es un tema estrictamente entre privados, desde que se publicó este Reglamento N°115/2023 de la Unión Europea (UE) los productores han estado analizando como cumplir el mismo. Hasta que en Noviembre de 2023 cuando el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), firman un acuerdo para establecer una plataforma de trazabilidad socioambiental y para acceder a una cooperación de la Unión Europea (UE) de unos 10.000.000 de Euros para crear esta plataforma, con el objeto de dar cumplimiento el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE).

4.- Este acuerdo firmado entre el MIC y el MADES se hizo a espaldas del propio sector privado y del sector productivo forestal. El mismo no fue compartió previamente analizado y compartido con los usuarios y únicamente se supo por las gacetillas de prensa de los respectivos ministerios. Y luego se da esta circunstancia donde presentan el RETA sistema de trazabilidad en diciembre del 2023.

6.- Si hoy, a más de 8 meses de mesas de trabajo estamos en estas circunstancias y donde el Pte. de la Republica tuvo que publicar un DECRETO para arreglar el desorden de algunos ministerios, pues, los únicos responsables de esto son el propio Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y el propio del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES). Que son los que obraron en forma hermética, dejando de lado a otros Ministerios e instituciones de gobierno. Lo cual nos hace suponer que el verdadero objetivo era liderar el proyecto de cooperación que ambicionaban antes que diseñar una plataforma agropecuaria.

7.- Seguimos sosteniendo que el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) tiene artículos por los cuales la propia Unión Europea (UE) puede en cualquier momento, modificar o cambiar las exigencias, ante lo cual hay que tener una estrategia bien pragmática y dinámica para acompañar esto como país. Por ello, se sostiene que cualquier plataforma debe ser de implementación privada y no pública. Ya que las características del sector público justamente no son la eficiencia, celeridad y flexibilidad de adaptarse a las modificaciones.

8.- Ane esto nuevamente explicamos los artículos que mencionan la dinámica de modificaciones que pueden surgir y una plataforma publica difícilmente pueda acompañar esto de forma activa.

9.- La flexibilidad y revisión periódica requerida por el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) demuestra que cualquier plataforma de trabajo debe ser privada y entre privados, alimentado con información oficial gubernamental, pero con la característica de ser dinámica y modificable. Este Reglamento que puede ser modificado año a año, es claramente impredecible para el sector público y quizás sea más manejable para el sector privado.

10.- Aunque de igual forma, la volatibilidad normativa que puede tener el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) podría llegar al extremo que en algún momento hasta sea inviable cumplir las condiciones para poder exportar a la Unión Europea (UE) o que seamos directamente un país excluido del sistema de comercio agropecuario con la Unión Europea (UE).

II. - DISCUSIÓN:

1.- El Artículo 34 del Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) establece revisiones programadas que podrían expandir significativamente el alcance del reglamento, lo que subraya una de las principales preocupaciones que deberían tener en cuenta desde el sector de carne, soja y madera.

2.- Estas cláusulas de revisión y posible expansión afectan la predictibilidad y la estabilidad del propio reglamento. Y a corto plazo podría tener un impacto tremendo sobre el desarrollo del país si preparamos una plataforma pensando que desde la Unión Europea (UE) se la estaría remodelando continuamente.

3.- Paraguay debe priorizar el proceso de consolidación del desarrollo sostenible a mediano y largo plazo. Y si bien la cooperación y relaciones siempre son importantes tener y mantener, no podemos ceder en cuestiones que pueden repercutir en nuestro propio desarrollo. Por tanto, el sector productivo siempre debe exigir las garantías para que el gobierno defiende al país por sobre cualquier amenaza externa, los cuales últimamente vienen en proyectos que mas que apoyo son caballos de troya para el Paraguay.

4.- Ante ello, el sector productivo debe ser bien claro en sus exigencias y no se debe respaldar acciones que comprometan el desarrollo del país largo plazo para Paraguay.

5.- El Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) es más que claro donde cita que la responsabilidad del cumplimiento del reglamento recae en los operadores europeos de la cadena de suministro. Por supuesto finalmente por el efecto cascada del mismo sobre los exportadores paraguayos, siendo los productores paraguayos los mas afectados.

6.- Cumplir con el Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) requerirá un sistema privado de adhesión voluntaria para exportar, estableciendo términos y condiciones por contrato entre importadores europeos y exportadores paraguayos. Y el estado además de proveer datos oficiales debería tener el rol de reforzar la seguridad jurídica y transparencia para que el sector privado siga contribuyendo al desarrollo sostenible.

III. - CONCLUSIONES:

1.- La capacidad de la Unión Europea (UE) para modificar el alcance del reglamento a través de revisiones periódicas puede dificultar la estabilidad regulatoria y la previsibilidad que los países exportadores necesitan para planificar su producción y cumplimiento ambiental a largo plazo. Para un país como Paraguay, que busca fomentar la inversión en sectores clave y desarrollar de manera sostenible sus recursos naturales, esta incertidumbre puede actuar como un freno significativo al desarrollo.

2.- La flexibilidad requerida ante cualquier modificación del reglamento es algo que únicamente puede darse en el sector privado y él gobierno debe proteger los intereses del país exigiendo claridad y la imposición de barreras comerciales.

3.- Con Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE)  hay que estar atentos a las "letras pequeñas" del reglamento, lo cual nos deja casi vulnerables y podría obligar a Paraguay a realizar ajustes frecuentes y potencialmente costosos en sus propias regulaciones para mantener el acceso al mercado europeo.

4.- No podemos trazar toda una política pública con una plataforma socioambiental únicamente para mantener una política exterior con la Unión Europea (UE), ya que esto es bastante riesgoso y la toma de decisiones estratégicas podría quedar en manos que exigencias externas con lo cual se podría comprometer la soberanía nacional.

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Medio Ambiente

El medio ambiente debe ser considerado como parte integral y armónica del conjunto de tareas que garanticen el desarrollo sostenible de un país como Paraguay (Molinas 2006).

El problema de la sostenibilidad es en el fondo un problema de desarrollo, de erradicación de la pobreza, de educación colectiva, de mentalidad y hábitos sociales, de cultura política, de mecanismos institucionales que incorporen la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones, de nuevas formas de producir y de consumir, de equidad y cooperación en las relaciones internacionales, se trata, en suma, de colocar al ser humano en el centro de nuestras preocupaciones, porque si las personas no están protegidas, la naturaleza tendrá, entonces, pocas oportunidades.

Para avanzar verdaderamente hacia el desarrollo sostenible debemos asumir nuestra responsabilidad local con enfoque global en la lucha que la humanidad esta encarando por preservar en el largo plazo los ciclos vitales de la vida de los que depende la existencia misma del ser humano sobre la tierra, debemos hacer un esfuerzo local con perspectiva global (Molinas 2008).

Anuncio Ing. Alfredo Molinas