Ing. Agr. (M.Sc.) (H.Cs) Alfredo S.
Molinas M.; Como Asesor Agroambiental, como Ex ministro de Ambiente y Ex
Ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, Actualmente Asesor de la
Presidencia de la Universidad San Carlos (USC), quisiera compartir un una
reflexión sobre la institucionalidad heredada al Instituto Forestal Nacional
(INFONA) y compartir el mismo con los visitantes de este BLOG.
Lic. Juan
Carlos Altieri Presidente de la FEPAMA y el Ing. Alfredo Molinas Ministro del
MAG acordando cuando entonces sobre la creación del INFONA y desaparición del SFN en
el 2007
I.-) INTRODUCCIÓN:
1.- A más de quince años de la
creación del Instituto Forestal Nacional (INFONA), el país aún sigue esperando
los resultados para con la demanda que justificaron su creación y existencia como INFONA. A pesar del esfuerzo esta lejos aún de
convertirse en el ente rector, técnico y estratégico de la política forestal
nacional, el INFONA ha terminado reproduciendo la misma inercia institucional
del degradado y extinto Servicio Forestal Nacional (SFN).
2.- En el momento de su
creación del INFONA, los que apoyamos y empujamos su creación pensaron en un ente modernizado, con capacidad operativa y
técnica para liderar el desarrollo forestal del país. Sin embargo, esa
renovación sigue sin poder arrancar del todo y podemos hasta decir que quedó solo en el papel y operativamente el INFONA nunca se
desarraigo del todo de la gestión forestal del SFN.
3.- El problema no es
únicamente de gestión, es estructural, complejo y complicado. A pesar de los intentos de cada gobierno que pasaron desde la creación del INFONA no logrado alcanzar y cumplir con
las funciones misionales establecidas por la Ley N°3464/08, por ello podemos hasta señalar que el INFONA se ha convertido en
un simple cambio de nombre, sin un cambio institucional real que demanda más que nunca el sector forestal paraguayo.
II.-) UNA TRANSFORMACIÓN DEL
SFN AL INFONA QUE HASTA HOY NO LLEGÓ A PLENITUD:
1.- La Ley N°3464/08, que dio origen al Instituto
Forestal Nacional (INFONA) no fue una norma más. Representó el mejor intento serio de
modernizar la gestión forestal en el país, superar la ineficiencia del antiguo Servicio
Forestal Nacional (SFN) y dotar al país de un órgano autónomo, con funciones
técnicas, de fiscalización, planificación y fomento del desarrollo forestal.
Sin embargo, la lectura del Capítulo II de dicha ley evidencia las inacciones
entre el mandato legal y la realidad institucional actual, que sigue operando
con la lógica del SFN, aunque bajo un nombre diferente.
2.- ¿Qué exige la ley y qué no se ha hecho o se ha
cumplido de manera mínima?:
2.1.- Política forestal: si bien existen
algunos documentos que refieren a la política forestal nacional, en muchos
casos son dispersos o con un enfoque casi exclusivo en la conservación y tenor
ambientalista. Esta orientación ha desvirtuado el rol del INFONA, que muchas
veces actúa más como un órgano ambiental que como una institución encargada de
promover el desarrollo forestal sostenible y productivo del país.
2.2.- Planes, programas y proyectos forestales:
si no fuera por el impulso del sector privado, que ha apostado a la producción,
podría afirmarse que no existen verdaderos planes nacionales de reforestación
ni una planificación estratégica sólida por parte del INFONA. Tampoco se
dispone de indicadores públicos que permitan evaluar avances, retrocesos o
impactos de las acciones institucionales en este punto.
2.3.- Monitoreo y fiscalización efectiva: la
institución sigue operando con la misma debilidad estructural que el SFN. El
control de la extracción y comercialización de productos forestales es débil o
directamente inexistente. Se mantienen esquemas conocidos y denunciados como el
uso de guías sin trazabilidad real, y prácticas coercitivas hacia productores
forestales en terreno.
2.4.- Regímenes especiales de manejo: aunque la
ley otorga esta atribución al presidente del INFONA, no se han documentado
resultados visibles ni experiencias exitosas en este campo. La figura legal
existe, pero no se ha utilizado como herramienta de gestión.
2.5.- Inversiones forestales: podemos afirmar y
sin temor a equivocarnos, que las inversiones en plantaciones forestales se han
desarrollado a pesar del INFONA, y no casi siempre gracias a INFONA.
2.6.- Administración del fondo forestal: este
instrumento previsto por la ley, se encuentra prácticamente olvidado. No
existen informes públicos sobre su uso, su gestión, ni sobre si realmente ha
sido operacionalizado.
2.7.- Diseño y promoción de planes de manejo y
restauración: el INFONA tiene la responsabilidad legal de promover planes
de forestación, reforestación, manejo de bosques, sistemas agrosilvopastoriles,
restauración forestal y otros. Sin embargo, estas acciones son esporádicas,
marginales y no forman parte de una política institucional activa y sostenida.
2.8.- Clasificación y calificación de bosques y
tierras forestales: probablemente uno de los mayores vacíos actuales dentro
del sistema forestal del país. A pesar de ser una necesidad urgente para
ordenar el uso del suelo, no se ha avanzado en una nueva clasificación nacional
de los bosques conforme a la Ley N°422/73.
3.- Si revisamos el artículo 12° de la Ley N°422/1973
ya se establecía que el SFN debía:
3.1.- Realizar el inventario nacional de los bosques y
recursos naturales renovables del país,
3.2.- Preparar el mapa forestal, el catastro y la
calificación de los bosques y tierras forestales,
3.3.- Coordinar estudios tecnológicos con el Instituto
Nacional de Tecnología y Normalización,
3.4.- Determinar zonas de reserva forestal, y,
3.5.- Reglamentar la conservación, recuperación y uso
de las tierras forestales.
4.- Con la creación del INFONA, estas atribuciones
fueron trasladadas a este nuevo ente que con mayor jerarquía institucional y el
mandato explícito que si o si deberían haberlas ejecutado con mayor eficacia. Sin embargo, LA
REALIDAD DEMUESTRA QUE NI EL SFN EN SU MOMENTO, Y AHORA A PESAR DEL ESFUERZO INSTITUCIONAL NI EL INFONA EN SU HISTORIA
RECIENTE, HAN CUMPLIDO EN PLENITUD ESTAS FUNCIONES FUNDAMENTALES.
5.- A la luz de todo lo expuesto, puede resumirse que el INFONA no ha logrado hasta hoy día haber podido romper con la inercia institucional heredada del SFN. Por el contrario, a veces se han reproducido los mismos problemas de gestión que se pretendía corregir, convirtiéndose en la representación actualizada, operativa y administrativa de la vieja institución forestal.
III.-) CONCLUSIONES:
1.- El Instituto Forestal
Nacional (INFONA) debía ser el motor técnico, transparente y moderno de la política
forestal nacional. En vez de eso, se ha convertido en muchos de los casos de su gestión forestal en la continuación del SFN
pero con distinto nombre.
2.- Este es un ejemplo más de
como el cambio de nombre en la práctica gubernamental no es sinónimo de una reforma
real y visualiza una falta de voluntad institucional para consolidar y
respaldar al productor forestal paraguayo.
3.- En los últimos 20 años han surgido
nuevos ministerios y secretarias que dependen directamente de la Presidencia de
la República, muchos de los cuales tienen atribuciones complementarias o
superpuestas con las acciones que las autoridades del INFONA promueven, y esta
superposición de competencias invita a pensar si es seguir con estructuras
separadas siendo que ejercen en la práctica funciones similares. Es quizás
necesario analizar una posible fusión institucional que permita mayor
coherencia, eficiencia operativa y coordinación entre entidades del Estado que
trabajan sobre el mismo territorio y los mismos recursos.
4.- Para concluir, recordamos que cuando
se concibió la idea del INFONA pensamos en una entidad orientada a promover el
desarrollo forestal productivo, razón por la cual fue institucionalizado bajo
el ámbito del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). No obstante, las
acciones ejercidas en los últimos años por sus autoridades han desviado ese
espíritu fundacional, asumiendo un enfoque casi exclusivamente conservacionista
y ambientalista, y apuntado muy poco a sus funciones misionales.
5.- Esta situación amerita un debate
serio sobre si se debe revisar su dependencia de ámbito institucional actual,
integrar sus funciones en un esquema más coherente con la conservación, o bien hacer
un cambio de rumbo y exigir que dicha institución cumpla cabalmente con lo que
su marco legal le confiere a fin de ser una institución promotora del
desarrollo forestal nacional, con visión productiva, técnica y sostenible y que
trabaje integradamente con el MAG tal como la ley le obliga.
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