Ing. Agr. (M.Sc.) (H.Cs) Alfredo S. Molinas M.; Como Asesor Agroambiental, como Ex ministro de Ambiente y Ex Ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, Actualmente Asesor de la Presidencia de la Universidad San Carlos (USC), con la experiencia de haber ocupado cargos públicos importantes quiero compartir una reflexión sobre esta discusión que existe alrededor de un área protegida del país.
I.- INTRODUCCIÓN
La
reciente discusión sobre el Parque Nacional Médanos del Chaco ha sido
presentada por varias organizaciones como una supuesta confrontación entre
desarrollo y conservación. Desde este blog no queremos reducir el debate a
petróleo versus ambiente ya que esto simplifica una discusión más profunda.
La
realidad de las áreas silvestres protegidas es más que conocida el estado en
que se encuentran, las ONG que hablan de que Médanos del Chaco es un ecosistema
único en el mundo pero sin embargo no tienen proyectos en esa área ni tampoco
inversiones para fortalecer dicho lugar.
Es
más, quizás ni siquiera se tenga guardaparques que cuide estos recursos
naturales en esa zona. Entonces nos cabe la duda, como si es tan importante no se
cuenta con infraestructura y guardaparques que protejan esa área o con ONG que
ejecuten proyectos en esa área.
La
controversia real nace cuando años atrás se incorporó una prohibición
específica mediante ley para impedir actividades de prospección de
hidrocarburos y minerales dentro del área protegida. Y aunque esa decisión fue
presentada como un fortalecimiento de la protección ambiental, también instaló
un precedente complejo, la posibilidad de que restricciones o habilitaciones
ambientales excepcionales sean definidas por leyes o decretos impulsadas por
coyunturas y presiones, sustituyendo procesos técnicos e institucionales ya
previstos en el sistema ambiental paraguayo.
Este
es el verdadero debate que deja el caso Médanos del Chaco. Para que esta el
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) que tiene cientos de
normas que le permiten aprobar o rechazar proyectos a partir de datos
científicos y técnicos, si finalmente se va a prohibir o permitir actividades
por temas políticos o por presión de grupos interesados.
II.- UN PARQUE
NACIONAL NO DEBERÍA GESTIONARSE POR IMPULSOS LEGISLATIVOS
Las
áreas protegidas poseen mecanismos de gestión ya establecidos en el marco legal
paraguayo. Su funcionamiento no debería depender de coyunturas políticas ni de
mayorías circunstanciales.
Las restricciones de uso, zonificaciones internas,
categorías de manejo y actividades permitidas o prohibidas deben surgir de
procesos técnicos científicos y participativos que incluyan:
·
estudios biofísicos,
·
análisis
socioeconómicos,
·
evaluación de
impactos,
·
consultas con actores
locales,
·
construcción
participativa de planes de manejo.
Es
decir, el sistema ya posee las herramientas para que el MADES decida qué puede
y qué no puede hacerse, ¿por qué se sustituye el proceso técnico por una
decisión política excepcional?
Porque
si hoy una ley puede prohibir algo por temor ambiental, mañana otra ley podría
habilitarlo por razones económicas, políticas o sociales.
Y
ambas circunstancias generan el mismo problema: incertidumbre.
III.-
UNA DISCUSIÓN DEL CHACO QUE PARECE DEBATIRSE DESDE ASUNCIÓN
Otro
aspecto llamativo es el discurso instalado por algunas organizaciones alrededor
de quién tiene legitimidad para opinar. Hemos escuchado algunas críticas al
proyectista porque es un diputado electo por Asunción y propone modificaciones
vinculadas al Chaco.
Y
esa fue la crítica al mismo, entonces tenemos el derecho de decir ¿por qué
actores urbanos, organizaciones asentadas en Asunción o ciudades alejadas
territorialmente deberían decidir qué modelo de desarrollo corresponde al
Chaco?
La realidad chaqueña posee dinámicas propias:
·
grandes distancias;
·
menor presencia
estatal;
·
poblaciones
indígenas;
·
producción ganadera;
·
infraestructura
limitada;
·
condiciones
ambientales particulares.
Las
comunidades y actores locales deberían formar parte central del debate y no
simplemente convertirse en espectadores, es imprescindible llevar el debate
público al Chaco y preguntarle a los afectados que opinan de todo esto. Ellos
son quienes deben tener voz en el tema.
IV.-
LA CONSERVACIÓN TAMBIÉN EXIGE RESPONSABILIDAD
Hace varios años escuchamos movimientos y
organizaciones que hablan de la importancia de defender los Médanos del Chaco.
Sin embargo, ¿Cuánto han invertido efectivamente esas organizaciones en
conservar satisfactoriamente a esa área? ¿Cuánto financiamiento se destinó al control
y vigilancia, infraestructura, monitoreo, investigación y el fortalecimiento de
las comunidades indígenas que viven en esas zonas.
Para algunas organizaciones, la protección ambiental
parece reducirse a comunicados, campañas y consignas. Pero conservar implica
algo más difícil: invertir recursos, mantener presencia territorial y asumir
responsabilidades concretas
V.- ÁREAS
PROTEGIDAS Y CRÉDITOS DE CARBONO: SI LOS BIENES DE LAS ASP SON COLECTIVOS Y DE
TODA LA SOCIEDAD, ¿SE PUEDEN TRANSFERIR CRÉDITOS DE CARBONO A UN EXTRANJERO?
La
discusión alrededor del Parque Nacional Médanos del Chaco abre una pregunta
para la propia autoridad ambiental del país. Si se sostiene que las ASP son un
patrimonio colectivo cuyo valor pertenece a toda la sociedad y cuyos bienes son
inalienables e intransferibles a perpetuidad.
Entonces
si un área protegida genera créditos de carbono y es certificado bajo
estándares internacionales ¿pueden esos beneficios económicos transferirse o
comercializarse a terceros?
Entendemos
que existen áreas certificables, pero en coherencia con algunos argumentos de
que las ASP son de interés público, pues entonces los beneficios ambientales
incluyendo los créditos de carbono, también son de interés público y no
deberían ser cedidos a terceros y menos aún
a extranjeros u otros países.
¿Si
el patrimonio natural del Paraguay produce servicios ecosistémicos, países
extranjeros pueden ser beneficiarios de estos servicios ambientales originados del
patrimonio colectivo paraguayo?
VI.-
CONCLUSIÓN
El
caso del Parque Nacional Médanos del Chaco no debería reducirse a una discusión
simplista sobre búsqueda de petróleo o no. El verdadero debate es
institucional: si una actividad debe ser prohibida o habilitada por una ley
especial, entonces algo no está funcionando correctamente en el sistema
ambiental.
La
existencia del MADES como autoridad responsable de evaluar técnicamente, exigir
estudios, imponer condiciones y rechazar proyectos incompatibles es su
justificativa de existir. Asi mismo, las áreas protegidas no pueden gestionarse
por impulsos legislativos, presiones políticas o campañas mediáticas. Deben
gestionarse con planes de manejo, presencia territorial, guardaparques,
presupuesto, control efectivo y participación real de las comunidades locales,
los pueblos indígenas, los productores y los actores que viven en el Chaco.
Finalmente,
si las Áreas Silvestres Protegidas son patrimonio colectivo, inalienable,
intransferible y de utilidad pública, ese principio debe aplicarse con
coherencia. No puede usarse el carácter colectivo de estos bienes solo para
restringir ciertas actividades y luego evitar la discusión cuando aparecen
beneficios económicos, como los créditos de carbono, que podrían ser
transferidos a terceros o incluso a extranjeros.
Esta
discusión sobre el P. N. Médanos del Chaco nos deja una lección clara: Paraguay
necesita menos leyes de ocasión, menos discursos ambientales y más
institucionalidad real y discusión técnica-científica.
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