Buscan potenciar uso de bicis, modificando norma de tránsito
Con el objetivo de incentivar el uso de la bicicleta como medio de transporte, los concejales Carlos Galarza y Amado Gill presentaron ayer ante el pleno de la Junta Municipal de Asunción un anteproyecto de modificación de la Ordenanza 479/10 Reglamento General de Tránsito.
Las propuestas de ambos
ediles, quienes indicaron que se basaron en inquietudes de ciclistas
sobre las precarias condiciones de las calles y ciclovías de la ciudad,
fueron derivadas a las comisiones de Legislación y Tránsito.
Asimismo, para el próximo viernes, desde las 10.00, en la sala de sesiones de la corporación, será realizada una audiencia pública con representantes de asociaciones de ciclistas y de la ciudadanía en general, a fin de socializar los cambios planteados en la citada normativa.
Los proyectistas señalaron que se debería implementar una política de protección a ciclistas con ciclocarriles con divisorias para contribuir al aumento del número de personas que se movilizan con el mencionado medio de transporte.
CAMBIOS. Entre las modificaciones planteadas por Galarza y Gill se destaca el agregado de un artículo referente a la ciclovía recreativa, para que se establezca cuando las calles estén libres de vehículos motorizados y permitan, durante varias horas del día, sobre todo los fines de semana, el paseo gratuito y seguro en bicicleta.
También proponen otro articulado, donde se define la bicisenda como un carril acondicionado para circulación exclusiva de bicicletas, separado del tráfico vehicular mediante señalización y con divisorias paralelas a la calzada.
A diferencia de la redacción actual de la normativa de Tránsito, que señala que el uso de la calzada quedará reservado para los vehículos, incluir que sean “motorizados y no motorizados”.
En el artículo 207, que hoy indica que para poder circular por la vía pública, los ciclistas deberán contar con el casco protector y chaleco reflectivo, plantea agregar “siempre y cuando se transite por vías rápidas y avenidas. No es obligatorio su uso en bicisendas, ciclovías recreativas o eventos ciclísticos en masa”.
Para el apartado 208 propone aclarar que la prohibición de conducir biciclos a menores de 14 años sea solo en avenidas y vías preferenciales y no en bicisendas, ciclovías recreativas, paseos grupales o áreas destinadas exclusivamente a su uso.
Asimismo, para el próximo viernes, desde las 10.00, en la sala de sesiones de la corporación, será realizada una audiencia pública con representantes de asociaciones de ciclistas y de la ciudadanía en general, a fin de socializar los cambios planteados en la citada normativa.
Los proyectistas señalaron que se debería implementar una política de protección a ciclistas con ciclocarriles con divisorias para contribuir al aumento del número de personas que se movilizan con el mencionado medio de transporte.
CAMBIOS. Entre las modificaciones planteadas por Galarza y Gill se destaca el agregado de un artículo referente a la ciclovía recreativa, para que se establezca cuando las calles estén libres de vehículos motorizados y permitan, durante varias horas del día, sobre todo los fines de semana, el paseo gratuito y seguro en bicicleta.
También proponen otro articulado, donde se define la bicisenda como un carril acondicionado para circulación exclusiva de bicicletas, separado del tráfico vehicular mediante señalización y con divisorias paralelas a la calzada.
A diferencia de la redacción actual de la normativa de Tránsito, que señala que el uso de la calzada quedará reservado para los vehículos, incluir que sean “motorizados y no motorizados”.
En el artículo 207, que hoy indica que para poder circular por la vía pública, los ciclistas deberán contar con el casco protector y chaleco reflectivo, plantea agregar “siempre y cuando se transite por vías rápidas y avenidas. No es obligatorio su uso en bicisendas, ciclovías recreativas o eventos ciclísticos en masa”.
Para el apartado 208 propone aclarar que la prohibición de conducir biciclos a menores de 14 años sea solo en avenidas y vías preferenciales y no en bicisendas, ciclovías recreativas, paseos grupales o áreas destinadas exclusivamente a su uso.
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