ANALISIS
TÉCNICO DEL SECTOR AGROPECUARIO Y FORESTAL SOBRE CONFERENCIA DE LAS NACIONES
UNIDAS RIO + 20 AVANCES PROPOSITIVO DE PARAGUAY EN DOS DECADAS
La
Cumbre sobre Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible conocida como Río + 20 a
celebrarse en junio en Río de Janeiro 2012, siendo este el mayor evento de las
Naciones Unidas (ONU) en este 2012, donde es indudable que Paraguay como otros
países en vías de desarrollo tendrán la oportunidad de acompañar en:
a).- Profundizar las discusiones iniciadas en
la Cumbre de Revisión de las objetivos del Milenio (ODM) de 2010;
b).-
Realizar una revisión crítica del campo del desarrollo sostenible en las
últimas dos décadas, después de 20 años de la Cumbre de la Tierra Río – 1992; y
c).-
Fortalecer las bases para una agenda de desarrollo compartido e inclusivo que
reconozca las diferentes responsabilidades y capacidades entre los países
y organismos multilaterales.
Todos
los países desarrollados y en vías de desarrollo como Paraguay llegan a la
Conferencia Río + 20 con estos desafíos planteados, pues debemos de entender
claramente que en esta conferencia es necesario que la atención política se
concentre en dirigir a los nuevos modelos de economía y crecimiento,
incorporando el concepto de lo verde, con un manejo más transparente, inclusivo
y socialmente responsable en el uso y manejo de los recursos naturales,
apuntando a los sectores más vulnerables de la población, para los cuales es
necesario consolidar los marcos institucionales con estos delineamiento
políticos.
El
desarrollo de nuestra sociedad sustenta el crecimiento económico y desarrollo
social en el capital natural, por tanto hasta hoy existe en nuestro país un proceso gradual como eje
principal el uso y manejo racional de los recursos naturales y el medio
ambiente. Hasta hoy
nuestro país se ha caracterizado por ser un país agro-ganadero y
forestal, sustentando este desarrollo económico y social.
Considerando que este contexto desde hace tiempo es el
uso racional de los recursos naturales generando por el aprovechamiento en el uso de la tierra es la base del desarrollo sostenible de
nuestro país, esta
condición es uno de los
principales desafíos que se viene enfrentando buscando conciliar el
desarrollo productivo del país con la conservación de los recursos naturales
productivos y la protección del medio ambiente.
Básicamente esta situación
planteada en relación al desarrollo y la sostenibilidad del capital natural en
el Paraguay que son sus
recursos naturales productivo es un desafío que se viene enfrentando desde hace
dos décadas buscando que los estilos de producción agrícola, pecuario y
forestal incorpore criterios y conocimientos en el uso, manejo y
conservación de los recursos naturales que sean compatibles con el medio
ambiental.
El uso de
estrategias de desarrollo sustentable y de alternativas amigables con el medio
ambiente que se viene
aplicando en el sector agropecuario y forestal muestra el creciente
interés de nuestro
Paraguay como parte de
nuestra sociedad como compromiso de sumarse a la tendencia mundial de
incentivar e implementar prácticas más sostenibles para el desarrollo económico
y social.
Considerando
los aspectos señalados por dos décadas en nuestro esta Conferencia de las
Naciones Unidas Rio + 20 permitirá a nuestro país demostrar que desde la Cumbre
de la Tierra Rio 1992 en Rio de Janeiro Brasil ha venido realizando un esfuerzo
en materia legal e institucional de manera gradual buscando incorporar en todo momento los acuerdos asumidos en dicha
conferencia mundial sobre medio ambiente y desarrollo sostenible asumidos como
un compromiso hace 20 años.
Una
evaluación técnica realizada en relación de algunos indicadores que demuestran
el esfuerzos que viene realizando nuestro país en el cumplimiento de los
compromisos asumidos hace 20 años y deberían presentarse en esta Conferencia de
la Naciones Unidas Río + 20 se puede dividir en tres escenario:
1.-
Promulgación de Leyes Nacionales: nuestro
país desde la firma de los acuerdos que en la Cumbre de la Tierra de Rio 1992
sobre Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, como política de estado a favor
del Medio Ambiente viene promulgado una serie de leyes ambientales y para el uso
racional de los recurso naturales en el Paraguay.
Entre
las principales leyes promulgadas vigentes en este periodo de 20 años que están
siendo aplicadas y administradas a favor del uso racional de los recursos
naturales y el medio ambiente son:
1.1.-
LEY Nº 251: QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE CAMBIO CLIMATICO ADOPTADO DURANTE LA
CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO -LA CUMBRE
PARA LA TIERRA-, CELEBRADA EN LA CIUDAD DE RIO DE JANEIRO, BRASIL.
1.2.- LEY Nº 253: QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE
DIVERSIDAD BIOLOGICA, ADOPTADO DURANTE LA CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS
SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO -LA CUMBRE PARA LA TIERRA-, CELEBRADO EN
LA CIUDAD DE RIO DE JANEIRO, BRASIL.
1.3.- LEY Nº 96/92: DE VIDA SILVESTRE.
1.4.- LEY Nº 352/94 DE AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS.
1.5.- LEY Nº 294/96 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y DECRETO Nº
14.281/96.
1.6.- LEY Nº: 799/95 DE PESCA.
1.7.- LEY Nº 61/92: QUE APRUEBA Y RATIFICA EL "CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCIÓN DE
LA CAPA DE OZONO", ADOPTADO EN VIENA EL 22 DE MARZO DE 1985; EL
"PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS AGOTADORAS DE LA CAPA DE
OZONO", CONCLUIDO EN MONTREAL EL 16 DE SETIEMBRE DE 1987; Y LA
"ENMIENDA DEL PROTOCOLO DE MONTREAL
ELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO", ADOPTADA EN
LONDRES EL 29 DE JUNIO DE 1990, DURANTE LA SEGUNDA REUNIÓN DE LOS ESTADOS
PARTES DEL PROTOCOLO DE MONTREAL.
1.8.- LEY Nº 232/93: QUE APRUEBA EL
AJUSTE COMPLEMENTARIO AL ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA EN MATERIA DE
MEDICIONES DE LA CALIDAD DEL AGUA, SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA
DEL PARAGUAY Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
1.10.- LEY Nº 253/93: QUE APRUEBA EL
CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA, ADOPTADO DURANTE LA CONFERENCIA DE LAS
NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO -LA CUMBRE PARA LA
TIERRA-, CELEBRADO EN LA CIUDAD DE RÍO DE JANEIRO, BRASIL.
1.11.- LEY Nº 350/94: QUE APRUEBA LA
CONTENCIÓN RELATIVA A LOS HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL, ESPECIALMENTE
COMO HÁBITAT DE AVES ACUÁTICAS.
1.12.- LEY Nº 970/96: QUE APRUEBA LA
CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION, EN LOS
PAÍSES AFECTADOS POR LA SEQUIA GRAVE O DESERTIFICACION, EN PARTICULAR EN ÁFRICA.
1.13.- LEY Nº 1.314/98: QUE APRUEBA LA CONVENCIÓN
SOBRE LA CONSERVACIÓN DE LAS ESPECIES MIGRATORIAS DE ANIMALES SILVESTRES.
1.14.-
LEY Nº 1.344/98: DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y DEL USUARIO.
1.15.- LEY Nº
198/96: QUE APRUEBA EL CONVENIO EN MATERIA DE SALUD
FRONTERIZA, SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y EL
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
1.16.- LEY Nº 234/93: QUE APRUEBA EL CONVENIO Nº 169
SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES, ADOPTANDO DURANTE
LA 76ª. CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO, CELEBRADA EN GINEBRA EL 7 DE
JUNIO DE 1989.
1.17.- LEY Nº 751/95: QUE APRUEBA EL ACUERDO SOBRE
COOPERACIÓN PARA EL COMBATE AL TRÁFICO ILÍCITO DE MADERA.
1.18.- LEY Nº 2.309/93: QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DE
CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD DE LA BIOTECNOLOGÍA DEL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD
BIOLÓGICA.
1.19.-
LEY Nº 716/96: QUE SANCIONA “DELITOS CONTRA EL MEDIO
AMBIENTE”.
1.20.- LEY N°
3239/07: DE LOS RECURSOS HÍDRICOS DEL PARAGUAY.
1.21.- LEY
Nº 3742/09: DE CONTROL DE PRODUCTOS
FITOSANITARIOS DE USO AGRÍCOLA.
1.22.- LEY Nº 2.425 “DE PROHIBICIÓN EN LA REGIÓN ORIENTAL DE LAS
ACTIVIDADES DE TRANSFORMACIÓN Y CONVERSIÓN DE SUPERFICIES CON COBERTURA DE
BOSQUES.” LEY Nº 3.139 “QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LOS ART. 2º Y 3º, Y AMPLIA LA LEY Nº 2.425”.
1.23.- LEY Nº 3742/09: DE CONTROL DE PRODUCTOS
FITOSANITARIOS DE USO AGRÍCOLA.
1.24.- LEY Nº 2.135/03: QUE
APRUEBA EL CONVENIO DE RÓTTERDAM SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONSENTIMIENTO
FUNDAMENTADO PREVIO APLICABLE A CIERTOS PLAGUICIDAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS
OBJETO DE COMERCIO INTERNACIONAL.
1.25.- LEY N° 3.001/06: DE VALORACIÓN Y RETRIBUCIÓN DE LOS
SERVICIOS AMBIENTALES.
1.25.- LEY
Nº 3.003/06: “QUE APRUEBA LOS ACUERDOS ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, EN EL MARCO DEL PROGRAMA TROPICAL
FOREST CONSERVATION ACT (TFCA), PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN FONDO DE
CONSERVACIÓN DE BOSQUES TROPICALES Y DE
UN CONSEJO DE CONSERVACIÓN DE BOSQUES
TROPICALES; Y LA REDUCCIÓN DE CIERTAS
DEUDAS MANTENIDAS CON EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y SUS AGENCIAS
DEL 7 DE JUNIO DE 2.006; Y QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2.006”.
En
relación a promulgación de todas estas leyes nuestro país viene manifestando la
voluntad política de cumplir con los principios de Río 1992
donde se establecía que los Estados como Paraguay deberían promulgar leyes eficaces
para la conservación y el uso racional de los recursos naturales y su efecto
sobre el medio ambiente. Estas leyes promulgadas hoy vigentes buscan en forma
gradual avanzar con los objetivos de la ordenación y prioridades ambientales cuyos
resultados están reflejando en el contexto ambiental puede en definitiva
convivir con el desarrollo, entendiendo que en muchos casos estas leyes pudieran
resultar inadecuadas por el costo social
y económico.
La promulgación de la Ley Nº 294/93 de Evaluación
de Impacto Ambiental se ha convertido durante estas dos décadas luego de Rio
1992, como el principal instrumento de gestión ambiental en el Paraguay para
cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto
negativo considerable en el medio ambiente y que esté sujeta a la decisión de
una autoridad nacional competente su prosecución siempre y cuando se puedan
mitigar aquellas acciones que puedan causar impacto negativos significativos al
ambiente.
2.- Modernización Institucional: acompañando la promulgación de
leyes que regulan el Medio Ambiente y el uso racional de los recursos naturales
productivos se vinieron evaluando y promulgando marcos legales institucionales
en la búsqueda del fortalecimiento y mejoramiento del funcionamiento del Estado
Paraguayo, pudiéndose citar:
2.1.- LEY Nº 81/92: QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y
FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.
2.2.- LEY Nº 1.561/00: QUE
CREA EL SISTEMA NACIONAL DEL AMBIENTE, CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Y LA
SECRETARIA DEL AMBIENTE.
2.3.- LEY Nº 2.419/04: QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA
2.4.- LEY Nº
3464/07: QUE CREA EL INSTITUTO FORESTAL NACIONAL – INFONA
2.5.- LEY N° 2459/04: QUE CREA EL SERVICIO NACIONAL DE
CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE).
2.6.- LEY N° 3788/09: QUE CREA EL INSTITUTO PARAGUAYO DE
TECNOLOGIA AGRARIA.
Este proceso de de modernizar el marco legal
institucional durante estas dos décadas luego del compromiso de Rio 1992 busca
cumplir con los principios que se asumió de que los Estados deberían cooperar en la promoción de un
sistema económico internacional favorable y abierto que llevara al crecimiento
económico y el desarrollo sostenible, donde se ha venido abordando en forma
gradual y mejor los problemas de la degradación ambiental.
Considerando
estos principios de Rio 1992 donde esta serie de reformas institucional que
nuestro país vino haciendo son de manera indiscutible medidas de política con
fines de proteger y conservar el medio ambiente y que el mismo no se
constituyan en la discriminación arbitraria o injustificable como medidas unilaterales
para solucionar los problemas ambientales que se producen fuera de la
jurisdicción del país, así como para el tratamiento de medidas destinadas a
tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deberían, en la
medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.
3.- Resultados Concretos en el Uso y Manejo de
los Recursos Naturales: si bien falta mucho por seguir trabajando en nuestro
país para seguir avanzando en armonía con el medio ambiente y por el combate a
la pobreza, nuestro país luego de 20 años de Rio 1992 ha logrado avances en
acciones muy significativos en el uso y manejo racional de los recursos
naturales productivos.
En forma muy resumida podemos citar algunas acciones
significativas que demuestran que nuestro productores agropecuarios y
forestales en el país vienen haciendo el esfuerzo necesario hacia el Desarrollo
Sostenible, aplicando las buenas prácticas agro-ambientales en nuestros
sistemas de producción tradicional, logrando que estas buenas prácticas se
conviertan en el manejo racional de los bosques nativos, incentivando la
reforestación y forestación, la aplicación de la siembra directa y el respeto
irrestricto de las leyes y normas ambientales vigentes a nivel local.
Estamos seguros que estas iniciativas realizadas
con mucho esfuerzo por nuestro país esta contribuyendo desde este sector con
los problemas globales como la reducción de
la contaminación por el uso de los agroquímicos, degradación de la
biodiversidad, degradación de los suelos y las aguas que son el capital natural
de nuestro país necesarios para la generación de riqueza para combatir
directamente la pobreza.
Por ello es importante
aseverar que de ninguna manera necesita reimpulsar los ideales con que fueron
concebidas hace 20 años en la Cumbre de Río de Janeiro de 1992, pues en esta
Cumbre Mundial de Río + 20 de debería más bien fortalecer y mejorar las
acciones locales con enfoque global que ha venido desarrollando en el Paraguay
como sociedad en la modernización del marco legal, institucional y en el manejo
racional de los recursos naturales que nuestro país en este periodo viene
avanzando para enfrentar las causas estructurales del Cambio Climático, de la
Desertificación, la Degradación de la Tierra y la Sequía y la pérdida de
Biodiversidad.
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