Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S.
Molinas M.; Como Asesor Agroambiental; como Ex ministro de Ambiente y Ex
Ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, hoy estamos con mucha
solvencia técnica y científica presentando las siguientes recomendaciones
técnicas para las “BASES DE UNA “POLÍTICA AMBIENTAL NACIONAL (PAN)” ACTUALIZADA
PARA EL PARAGUAY”, con el objeto de abrir el debate abierto y transparente sobre
el mismo.
“Debate Técnico sobre las Bases de una “Política Nacional
Ambiental (PAN)” Actualizada para el Paraguay”
I.- Antecedentes para la Actualización
de la Política Ambiental Nacional (PAN) del Paraguay:
1.- El Gobierno de la
República del Paraguay asume el liderazgo ambiental con la Ley N°6123/2018 “QUE
ELEVA AL RANGO DE MINISTERIO A LA SECRETARIA DEL AMBIENTE (SEAM) Y PASA A
DENOMINARSE MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADES)”.
2.- El Ministerio del
Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) en Ley
N°6123/2018 en su Artículo N°1 estable que “Tendrá por objeto diseñar,
establecer, supervisar, fiscalizar y evaluar la Política Ambiental Nacional
(PAN), a fin de cumplir con los preceptos constitucionales que garantizan el
desarrollo nacional en base al derecho a un ambiente saludable y la protección
ambiental”.
3.- En este contexto el
Gobierno de Santiago Peña se reunió en el Banco del Central (BCP) del Paraguay,
con sus MINISTROS DEL PODER EJECUTIVO en una jornada de Planificación
Estratégica de su Nobel Gobierno, donde el ministro del Ambiente el Ing.
Forestal Rolando de Barros Barreto Acha asumió el compromiso de Diseñar y
Socializar una nueva “POLITICA AMBIENTAL NACIONAL (PAN)” actualizada y
acorde a la realidad nacional del Paraguay.
4.- Actualmente es
importante que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) en
cumplimiento de la Ley N°6123/2018 en su Artículo N°1 sobre diseñar y
socializar la nueva “Política Ambiental Nacional
(PAN)” deberá necesariamente analizar y evaluar el proceso de
caracterización ambiental en el Paraguay relacionados con sus impactos
institucionales y legales beneficiosos y perjudiciales para el sector
productivo en el periodo 1992 a 2023.
5.- El diseño y
socialización de la “Política Ambiental Nacional (PAN)” recomendamos antes que
un diagnóstico deberá desarrollarse una caracterización que demuestre en el sector
agro-rural los avances, debilidades y fortalezas del sector productivo en el
uso y manejo de los recursos naturales y el medio ambiente, sentando así las verdaderas
bases para el diseño de una Política Ambiental Nacional (PAN), donde
presentaran la realidad agro-rural más real y aplicable para con el sector
productivo y sobre las mismas además hemos debatido y elaborado sobre los
mismos una “propuesta para el desarrollo sostenible del sector productivo
agropecuario y forestal del Paraguay”.
6.- Entendemos y
comprendemos que la nueva “Política Ambiental Nacional (PAN)” comprometida por
el ministro del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) deberá
ser la ruta como una herramienta clave de “Gestión Ambiental Estratégica” que
contribuya sostenidamente con el Desarrollo Sostenible de Paraguay.
7.- Finalmente a los
expresado en los párrafos anteriores, como técnicos recomendamos que para el
sector productivo de nuestro país el desarrollo, para que sea sostenible deberá
abarcar las dimensiones económicas, sociales y ambientales de manera armónica y
equilibrada. Es decir, en particular para el Paraguay el Desarrollo Sostenible:
a). - Es un problema de desarrollo; b). - Del combate a la pobreza; c). - De
educación colectiva, d). - De cultura políticas; e). - “De buscar mecanismos
de convivencia, producción y consumo en armonía con la naturaleza”; y, f).
- De buenas relaciones internacionales.
1.- En los
antecedentes del proceso de la caracterización ambiental unas 8 (ocho) décadas
de la Constitución Nacional de 1992; especialmente en el sector agro-rural y
sus transformaciones en sus sistemas de producción y sus consecuencias los
cambios sociales, económicas y su impacto en el uso del territorio agro-rural
de la Región Oriental del Paraguay.
2.- Un hecho relevante
de la historia es al analizar y evaluar objetivamente los procesos políticos,
institucionales y jurídicos del Paraguay en relación a lo señalado en el
párrafo anterior es que en 8 (ocho) décadas de Reforma Agraria; desde 1963 a
2004 se distribuyeron aproximadamente 3.500.000 Has de tierras fiscales para la
Reforma Agraria y el Desarrollo Rural, pero esto según el Servicio Nacional de
Catastro (SNC) unas 1.964.852 Has (61,6%) de las 3.500.000 Has distribuidas
siguen siendo propiedades del INDERT/IBR/IRA, así como la deuda de los
beneficiarios de aproximadamente unas 90.000.000 US$ por las tierras
distribuidas.
3.- En
tanto que según el Censo Agropecuario
publicado en el 2008 (CAN/MAG/UE/2008) es que las causas directas e indirectas
de desarraigo de los pequeños productores con menos de 50 Has son que: el 62%
de los ocupantes de tierras beneficiarias por la Reforma Agraria no tenían
títulos sus tierras y/o propiedades; el
87% de los productores no recibían asistencia técnica; El 84% no accedía
a crédito formal del Crédito Agrícola de Habilitación (CAH) y otros bancos
oficiales del Estado; y el 85% de estas familias de productores NO terminó la
educación escolar básica.
4.- Esta problemática
de la Reforma Agraria en particular se origina en 1963 cuando fueron
promulgadas dos leyes, la Ley Nº852/63 que crea el Instituto de Bienestar Rural
(IBR), y la Ley Nº854/63 que establece el Estatuto Agrario; con esta
institución y este marco legal el Gobierno, empezó a legalizar ocupaciones de
hecho en varios departamentos, impulsó un proceso de colonización hacia los
ejes este y norte del país denominado la “MARCHA HACIA EL ESTE” (décadas
del `60 y `70), y se crearon nuevas colonias con miles de lotes agrícolas
habilitados, pasando de 130.443 propiedades rurales existentes en el país en
los años 1960 a 258.281 en 1980.
5.- En estas
décadas este proceso de Reforma Agraria dio origen a un intenso proceso de DESMONTES
y/o HABILITACIÓN DE TIERRAS CON MONTES, ambas acciones legales pero que
hoy son señalados como DEFORESTACIÓN y que supuestamente serían ILEGALES,
especialmente por la ausencia de políticas, instituciones entendidas e
instrumentos jurídicos forestales y nada ambientales adecuados para el control,
uso y manejo racional de los bosques nativos existentes en su momento.
6.- Es importante en este proceso conocer y reconocer que esta era la manera oficial y legal de ocupar territorios sobre o con bosques nativos para fines de uso agropecuario y/o de aprovechamiento forestal en la Región Oriental del país. Desde 1963 a 1973 e inclusive de 1973 al 1992, con el cambio de la Constitución Nacional de 1967 por una nueva Constitución Nacional de 1992, se continua hasta el 2002 con Ley Nº854/63 que establece el Estatuto Agrario que se deroga y es establece un nuevo Estatuto Agrario por la Ley Nº1863/02; así como también en el 2004 la Ley Nº852/63 que crea el Instituto de Bienestar Rural (IBR) es remplazado por Ley N°2419/04 – INDERT.
7.- Después de promulgarse y estar vigente la Constitución Nacional – 1992, se siguió ocupando territorios, mediante la colonización campesina sobre y/o con bosques nativos en la Región Oriental bajo el amparo legal de estas instituciones IBR su Estatuto Agrario de 1963 y el Servicio Forestal Nacional (SFN) hoy INFONA. Hasta el 2002 e inclusive del 2004 las colonizaciones privadas, públicas incluyendo los asentamientos humanos sujeto a la reforma agraria, además incluyendo con más fuerza en el Chaco Paraguayo que se vinieron realizando sobre territorios con bosque nativos, desarrollando legal y legítimamente cambios de uso de las tierras para usos pecuarios, agrícolas y/o de aprovechamiento forestal.
III.- Bases
de la Política Ambiental Nacional (PAN) para el Desarrollo Sostenible en el Sector
Productivo de Paraguay:
1.- En materia de la
política institucional ambiental en Paraguay es categórico que esta voluntad
política en la materia ambiental nace y crece recientemente con la Constitución
Nacional del 1992; en cuyos Artículo Nº07: establece que “Toda persona tiene
derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado” y
en el Artículo Nº08: determina que “Las actividades susceptibles de producir
alteración Ambiental serán reguladas por Ley, donde el delito ecológico será
definido y sancionado por la Ley”.
2.- El proceso de la
institucionalidad ambiental en Paraguay se asevera que desde la entrada en
vigencia de la Constitución Nacional de 1992 se ha venido creando por la Ley
N°81/1992 en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) dependencias para
tratar y desarrollar la gestión ambiental; en el 2000 por primera por la Ley
N°1561/2000 que crea el SISNAN, el CONAM y la SEAM; y finalmente por la Ley N°6123/18 que crea y eleva al
rango de Ministerio a la Secretaria del Ambiente (SEAM).
Gráfico
1:
Primera Institucionalidad Ambiental en Paraguay
Fuente: Proyecto Mesa Agrícola de
la UGP
3.- Considerando el proceso institucional del liderazgo ambiental como un hecho histórico entra en vigencia en el año 2005 la primera Política Ambiental Nacional (PAN) en Paraguay se formula en una amplia participación de casi 6 (seis) avalado por la Ley N°1561/2000 que crea el SISNAN, el CONAM y la SEAM que lo promulgada por la Resolución SEAM N°04/05 – Por la cual se aprueba la primera “Política Ambiental Nacional del Paraguay (PAN)” – 31 de Mayo de 2005 – Consejo Nacional del Ambiente (CONAM): está primera Política Ambiental Nacional (PAN) estuvo vigente hasta la promulgación de la Ley N°6123/18 que crea y eleva al rango de Ministerio a la Secretaria del Ambiente (SEAM); y pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).
Lanzamiento
oficial de la Política Ambiental Nacional (PAN). Resolución Nº04 – Mayo 2005
4.- En bueno recordar
que para la formulación y promulgación de la “Política Ambiental Nacional
(PAN)” por Resolución SEAM N°04/05 se realizó con una amplia
participación nacional de todos los sectores públicos y privados y en el marco
de la Ley N°1561/00 que crea el SISNAM con el mandato de “Instituyese el
Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM), integrado por el conjunto de órganos y
entidades públicas de los gobiernos nacional, departamental y municipal, con
competencia ambiental; y las entidades privadas creadas con igual objeto, a
los efectos de actuar en forma conjunta, armónica y ordenada, en la búsqueda de
respuestas y soluciones a la problemática ambiental. Asimismo, para evitar
conflictos interinstitucionales, vacíos o superposiciones de competencia, y
para responder con eficiencia y eficacia a los objetivos de la “Política
Ambiental Nacional (PAN)”.
5.- La definición, los
objetivos, las metas y los alcances de la “Política Ambiental Nacional (PAN)”
se asentó en un análisis de la Situación Ambiental, con estudios de
diagnósticos ambientales realizados entre 1992 al 2000 y hasta el 2005 por el
cual se señalaron como los problemas prioritarios en el escenario que el 35% de
los habitantes que viven y trabajaban en las áreas urbanas y el 75% en las
áreas rurales.
6.- La problemática ambiental priorizada en la “Política Ambiental Nacional (PAN)” aprobado por la Resolución SEAM N°04/05 fue de: a).- La erosión, degradación y agotamiento de los suelos por el uso inadecuado en la agricultura y en obras de infraestructura; b).- La expansión incontrolada de las zonas urbanas y el manejo inadecuado de los residuos; c).- La deforestación en campos privados y, en algunos casos, en áreas silvestres protegidas; y, d).- La pérdida de la vegetación prístina protectora y la transformación de grandes superficies al uso agropecuario.
Diferenciación
adecuada entre los procesos administrativos de la PAN y los procesos penales de
la Política de Persecución Penal
7.- Entendemos y
reconocemos que en este nuevo escenario de la distribución de la población los
efectos ambientales perjudiciales acumulados por consecuencia especialmente al
mal uso de los recursos naturales han venido comprometiendo seriamente la
sustentabilidad de los ecosistemas naturales intervenidos, así como la calidad
del aire, de las aguas y de los suelos; el ambiente de los ecosistemas que
conforman nuestro país está hoy fuertemente presionado por el modo como se ha
encarado el desarrollo económico, social y ambiental.
Degradación
por erosión del recurso natural productivo. Suelos en unidades productivas
agrícolas
8.- Los recursos hídricos y el agua en particular es uno de los recursos naturales más importantes. El 80% del abastecimiento de agua potable en el Paraguay se realiza a través de las aguas subterráneas. Uno de los problemas existentes es el deterioro de las aguas superficiales y subterráneas, debido al uso inadecuado de la tierra, la contaminación en las áreas de recarga de los acuíferos, el monocultivo, el mal uso de productos fitosanitarios; los desechos domésticos, industriales y hospitalarios tóxicos y peligrosos.
Contaminación
de los recursos hídricos superficiales en las áreas urbanas. Frigoríficos
(2005)
9.- La contaminación atmosférica
producida por las fuentes fijas y móviles de partículas y gases tóxicos, así
como los focos de incendios, a nivel regional y nacional, presionan fuertemente
sobre la calidad del aire.
10.- Pero actualmente en
este 2021 la situación ambiental presenta un escenario diferente y cambiante
pues según datos oficiales actualmente tan solo el 35% de los habitantes del
país viven y trabajan en las áreas rurales y aproximadamente el 75% de los
habitantes viven y trabajan hoy en las áreas urbanas del Paraguay; esta
situación desde el año 2005 al año 2021 y especialmente a lo largo de los últimos
años afronta especialmente las áreas urbanas serios y crecientes problemas
ambientales mucho más que en las áreas rurales del país.
Avances
en el uso y manejo racional de los recursos naturales en las áreas urbanas.
Recursos hídricos y rurales de los suelos del Paraguay
11.- Esta condición
actual obliga a desarrollar una caracterización ambiental sobre la base de la
gestión ambiental, para que sobre los mismos se pueda revisar las debilidades y
potencialidades de la Política Ambiental Nacional (PAN) vigente desde 2005
hasta finales del 2018, los avances en materia institucional, normas legales y
de la ciencia y tecnología en materia de uso y manejo racional de los recursos
naturales productivos y sus efectos sean estos beneficiosos y/o perjudiciales
sobre el medio ambiente y así poder actualizar y reformular una verdadera y
adecuada Política Ambiental Nacional (PAN) que contribuya en avanzar cada vez
más con el desarrollo sostenible del Paraguay.
IV.- La Gestión Ambiental del Paraguay en el Marco de la “Política Ambiental Nacional (PAN)”:
1.- En este proceso de
caracterización hasta que se crea el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible (MADES) por la Ley
N°6123/2018 “QUE ELEVA AL RANGO DE MINISTERIO A LA SECRETARIA DEL AMBIENTE
(SEAM) Y PASA A DENOMINARSE MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
(MADES)”. En Ley N°6123/2018 en su Artículo N°1 estable que “Tendrá por
objeto diseñar, establecer, supervisar, fiscalizar y evaluar la Política
Ambiental Nacional (PAN), a fin de cumplir con los preceptos constitucionales
que garantizan el desarrollo nacional en base al derecho a un ambiente
saludable y la protección ambiental”.
2.- La Gestión Ambiental analiza
y evalúa al sector productivo en materia de uso y manejo racional de los
recursos naturales y consecuencias reales con el medio ambiente, ante esto el
sector productivo ha asumido con hechos el reto de avanzar cada vez más hacia
el desarrollo sostenible, pudiendo señalar que se arrancó sobre la base de
contar con una educación colectiva que de nada en forma gradual y ha empezado a
comprender y entender en este tiempo los problemas ambientales, además se venido
con el tiempo el potencial y la realidad nacional aprendiendo a participar y
actuar en la solución de los problemas ambientales colocado al sector
productivo actualmente en una posición propositiva y proactiva en el uso y
manejo racional de los recursos naturales en el Paraguay.
3.- La Gestión Ambiental
pudo detectar que el sector productivo organizado privado y público está
expectante y esperando que con la creación del Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible (MADES) hoy día se consolide en definitiva la base
institucional para fomentar y desarrollar un liderazgo capaz de orientar las
consolidaciones de las transformaciones beneficiosas alcanzadas por la
producción y la cadena productiva en el uso y manejo racional de los recursos
naturales en el Paraguay.
4.- Lo llamativo y preocupante
es hasta hoy Febrero del 2024 con casi 5 (cinco) años de creación del Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible (MADES), está aún pendiente la exigencia de su Ley N°6123/18 que eleva
al rango de ministerio a la Secretaria del Ambiente (SEAM) y pasa a denominarse
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES); y que en su Artículo
N°1 tiene por “objeto diseñar, establecer, supervisar, fiscalizar y evaluar
la Política Ambiental Nacional (PAN)”.
5.- Esta actualización y
reformulación de la “Política Ambiental Nacional (PAN)” aún pendiente para
con el sector productivo del país se mantiene a la expectativa de que este
liderazgo institucional deberá orientar a
la Gestión Ambiental a que en definitiva contribuya acabadamente con los planes,
programas y proyectos de desarrollo económicos y sociales en el Paraguay,
incorporando de manera gradual e integral los elementos, factores y las
variables ambientales como recursos naturales productivos, buscando contribuir
siempre con el uso y manejo cada vez más racional de los recursos naturales y
conviertan a las unidades productivas más sostenibles en el país.
V.- Una “Política Ambiental Nacional (PAN)” Actualizada con 2 (dos) Programas de Gestión Ambiental Urbana y Rural del Paraguay:
1.- Es importante recalcar que
actualmente como a nivel global los grandes problemas ambientales básicamente
se concentran donde hay mayor población, las denominadas áreas urbanas y en
este sentido, la actualización y reorientación de la “Política Ambiental Nacional
(PAN)” pendiente del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).
2.- En tanto que en la
áreas rurales y especialmente en el Paraguay los sectores de la producción han
venido en las 3 (tres) últimas décadas y más muestras proactivas y propositivas
en el uso y el manejo más racional de sus recursos naturales productivos,
especialmente en la conservación de bosques de reserva legal, conservación y
restauración de los bosques protectores de causes hídricos, las buenas
prácticas agrícolas y agronómicas para la protección y conservación de los
suelos y recursos hídricos etc.
3.- En estas condiciones
reales sobre el escenario de la problemática ambiental urbano y rural existe la
necesidad de un nueva Política Ambiental Nacional (PAN) con sus 2 (dos)
programas diferenciados que contribuya esta condición para poder lograr avanzar
en el desarrollo sostenible del Paraguay. Para el programa de Gestión Ambiental
de las áreas urbanas y en especial de alta concentración de la población se deberá
priorizar la zonificación y planificación urbanas, en la evaluación y
tratamientos de desechos sólidos y líquidos, control de la contaminación del
aire, así como para lograr la recuperación de ríos, lagos y arroyos de estas
áreas de concentración urbana.
Contaminación
Urbana Asunción con 16 sitios de ESSAP donde se vierten toneladas de residuos
cloacales que contaminan las agua del rio Paraguay con coliformes fecales
4.- En tanto que el
programa de Gestión Ambiental para las áreas rurales y menos pobladas del
Paraguay la actualización de la Política Ambiental Nacional (PAN) deberá
contribuir a seguir potenciando con incentivos que contribuyan para que el
sector productivo pueda seriamente seguir con el uso y el manejo cada vez más
racional de sus recursos naturales productivos, especialmente en la
conservación de bosques nativos de reserva legal, la conservación y
restauración de los bosques protectores de causes hídricos, las denominadas buenas
prácticas agrícolas y agronómicas para la protección y conservación de los
suelos como recurso productivo y sus recursos hídricos y otros más sostenidos,
sostenibles y sustentables.
5.- En Paraguay aún existe el desafío en la Agricultura Familiar (AF) y la Agricultura Tecnificada (AT) vigente a ser considerado en la “Política Ambiental Nacional (PAN)”, donde se deberá de seguir incrementando la incorporación en sus sistemas de producción agrícola las buenas prácticas y agronómicas para la mejora de la productividad, la adaptación a la vulnerabilidad de los efectos negativos por los impactos y las consecuencias del cambio climático como ser: las intensas precipitaciones, heladas, vientos intensos y granizadas extremas y poco previsibles. Estos desafíos presentes necesarios de combatir asociando a las buenas prácticas agrícolas y las denominadas buenas prácticas agronómicas que son complementarias que contribuyen además a secuestrar y posteriormente capturar y almacenar los Gases Efectos Invernaderos (GEI), especialmente el CO2 (Dióxido de Carbono).
6.- En estos aspectos de
nuestra agricultura paraguaya podemos aseverar que nuestros productores del
agro que han venido desarrollando y aplicando las denominadas buenas prácticas
agrícolas y agronómicas como establece la Organización de las Naciones Unidas
para la Alimentación y la Agricultura (FAO); en el marco de la “Agricultura
de Conservación”.
7.- Destacamos que han
venido potenciando en forma complementaria a que estas buenas prácticas
agrícolas con esta buenas prácticas agronómicas, que incorporados a los sistemas
de producción agrícola contribuyen con
la productividad de los suelos y a la adaptación a los efectos negativos de
cambio climático, señalando como las buenas prácticas a la siembra directa, la
rotación de cultivo (con abono verde y otros rubros como soja, maíz, poroto,
sésamo) abono verde de invierno (avena), curvas a nivel, subsolado para romper
el pie de arado, manejo integrado de plagas, y el uso de variedades de alto
rendimiento, resistente al ataque plagas y enfermedades y tolerantes al calor
extremos y las sequias producto de la biotecnología.
Buenas
Prácticas de Conservación de Bosques Protectores de Cauces Hídricos y
Abastecedores de Agua para el Manejo Seguro de los Productos
Fitosanitarios
8.- En resumen podemos
manifestar que existen muchos más desafíos y retos para la agricultura a nivel
global y en el Paraguay que va más allá de la conservación de los suelos y el
secuestró para la captura y el almacenamiento del CO2 (Dióxido de Carbono) en
los suelos agrícolas, por el cual es bueno empezar a entender que la
agricultura no solo debe tener una alta productividad, sino también ser
sostenido, sostenible y sustentable, pero es bueno señalar que la agricultura
de conservación ha sido promovida como una práctica agrícola que incrementa la
sostenibilidad agrícola y que actualmente debe si o si estar asociada con el
potencial de Reducir las Emisiones de Gases con Efecto Invernadero (GEI).
9.- En materia de legislación ambiental ha habido muchísimos avances en especial los últimos 13 años fueron altamente significativos, en particular para con las zonas urbanas como ser leyes orientadas a regular la calidad del aire, la contaminación de las aguas, la recolección y disposición final de los residuos sólidos, control de ruidos, polución visual, protección de las áreas verdes, ocupación y construcción de infraestructuras viales especialmente.
10.- En relación a las
áreas ocupadas por el sector rural se vinieron mejorando la legislación en las
3 (tres) últimas décadas especialmente y específicamente orientadas a la
conservación de los bosques nativos, la diversidad y biodiversidad biológica
(vida silvestre y Áreas Silvestres Protegidas), así como para el uso y manejo
racional de los recursos productivos (suelo, agua y bosques) de las unidades
productivas agro-rurales.
Contaminación
de Residuos Sólidos y Recursos Hídricos Superficiales en las Áreas Urbanas de
Paraguay
11.- En las áreas urbanas
en términos de residuos sólidos se deberá seguir avanzando en una mejor gestión
con énfasis en las zonas urbanas, trabajar en conjunto con los municipios para
ejecutar de manera eficiente el Plan
Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos dotando de
herramientas necesarias de tal manera a mejorar el desempeño de la gestión de
los residuos sólidos a nivel nacional. Identificando indicadores de desempeño y
estableciendo estrategias de cómo mejorar la recolección y generación, se debe
de optimizar la cobertura de recolección, tratamiento y disposición final y
sobre todo valorizar los residuos reciclables y propiciar la recuperación de
los mismos.
12.- Finalmente en relación a la institucionalidad para la
gestión ambiental es categórico que la voluntad política en materia ambiental
nace con la Constitución Nacional de 1992; en cuyos Artículo Nº07: establece
que “Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y
ecológicamente equilibrado” y en el Artículo Nº08: determina que “Las
actividades susceptibles de producir alteración Ambiental serán reguladas por
Ley. El delito ecológico será definido y sancionado por la Ley”.
VI.- En Materia de Consolidación de la Gestión Ambiental en el Paraguay pasando por 3 (tres) Instancias de Liderazgo Institucional:
1.- Las 3 (tres)
Instancias Institucional de Gestión Ambiental en el Paraguay:
1°. - Ley Nº81/92 “QUE
ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA”; y su Vice-Ministro de Recursos Naturales y Medio Ambiente, los
siguientes órganos: a) Servicio Forestal Nacional Ley Nº422/73; b) Dirección de
Parques Nacionales y Vida Silvestre Ley Nº96/92 y la Ley Nº352/94 c) Dirección
de Ordenamiento Ambiental Ley N°294/93 de EIA; y d) Consejo de Coordinación de
Recursos Naturales y Medio Ambiente.
2°.- Ley Nº1561/00 “CREA EL
SISTEMA NACIONAL DEL AMBIENTE (SISNAM), EL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE
(CONAM) Y LA SECRETARIA DEL AMBIENTE (SEAM)”, CONAM: Instancia deliberativa y
consultiva; y SEAM: Coordinación, ejecución y fiscalización y el SISNAM:
integrado por el conjunto de órganos y entidades públicas de los gobiernos
nacional, departamental y municipal, con competencia ambiental; y las entidades
privadas creadas con igual objeto, a los efectos de actuar en forma
conjunta, armónica y ordenada, en la búsqueda de respuestas y soluciones a la
problemática ambiental. Asimismo, para evitar conflictos interinstitucionales,
vacíos o superposiciones de competencia, y para responder con eficiencia y
eficacia a los objetivos de la Política Ambiental Nacional (PAN).
Gráfico N°2: Estructura de la Segunda
institucionalidad Ambiental del Paraguay.
3°. - Ley N°6123/18 que eleva al rango de Ministerio a la SECRETARIA DEL AMBIENTE (SEAM) y pasa a denominarse MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE. (MADES) quedan derogadas los Artículos N°3, N°4, N°5 Y N°6 DE LA LEY N°1561/00. por Ley N°6123/18, que tendrá por objeto diseñar, establecer, supervisar, fiscalizar y evaluar la Política Ambiental Nacional (PAN), actualmente pendiente.
2.- Es bueno señalar que al elevarse a rango de Ministerio a la Secretaria del Ambiente (SEAM) dependiente de la Presidencia de la República, que pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), donde se determina que tendrá por objeto diseñar, establecer, supervisar, fiscalizar y evaluar la Política Ambiental Nacional (PAN), a fin de cumplir con los preceptos constitucionales que garantizan el desarrollo nacional en base al derecho a un ambiente saludable y la protección ambiental.
3.- Pero se establece a
su vez que se regirá por las disposiciones de la Ley N°1561/00, mientras en la
parte pertinente que no sean derogadas y no contraríen las disposiciones de la
presente Ley y que el Poder Ejecutivo reglamentará por Decreto las funciones,
atribuciones, organigrama, autoridades y estructura del Ministerio del Ambiente
y Desarrollo Sostenible (MADES), y asignará las Partidas Presupuestarias para
el cumplimiento de sus fines y objetivos.
4.- En cuanto a las leyes
que ratifican por leyes nacionales de los Convenios y Protocolos denominados
como problemas globales internacionales como ser: convención de cambio
climático; convención de biodiversidad; y la convención de lucha contra la
desertificación y la sequía y otros. Estos acuerdos ratificados deben
necesariamente ser tratados por al “convención de Viena” que establece que “El
derecho de los tratados y principios de derecho internacional incorporados en
la carta de las naciones unidas, tales como los principios de la igualdad de
derechos y de la libre determinación de los pueblos, de la igualdad soberana y
la independencia de todos los estados, de la no – injerencia en los asuntos
internos de los estados”.
5.- Las leyes promovidas para
el uso y manejos más racional de los recursos naturales y ambientales en este
periodo han avanzado significativamente en la promulgación de las mismas para con
el sector productivo; siendo estas leyes promulgadas y vigentes que regulan, que
limitan, que prohíben y que promueven el uso y manejo más racional de los
recursos naturales productivos citando como la relevantes: evaluación de
impacto ambiental; forestales de conservación y el manejo racional de los
bosques nativos; forestación y reforestación de plantaciones forestales; regula
el uso de los recursos hídricos; pago por servicios ambientales; que castiga
los delitos contra el medio ambiente; de la vida silvestre; Áreas Silvestre
Protegidas (ASP); la ley que prohíbe el cambio de uso de los suelos con bosques
mal llamada de deforestación cero y otros.
6.- Un elemento clave que está
aún pendiente es hacer funcionar a cabalidad el Sistema
Nacional del Ambiente (SISNAM), integrado por el conjunto de órganos y
entidades públicas de los gobiernos nacional, departamental y municipal, con
competencia ambiental; y las entidades privadas creadas con igual objeto, a
los efectos de actuar en forma conjunta, armónica y ordenada, en la búsqueda de
respuestas y soluciones a la problemática ambiental. Asimismo, para evitar
conflictos interinstitucionales, vacíos o superposiciones de competencia, y
para responder con eficiencia y eficacia a los objetivos de la Política
Ambiental Nacional (PAN).
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