Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor
Especialista, con experiencia por más de 30 años en temas Agroambientales y
como Ex ministro de Ambiente y Ex Agricultura y Ganadería de Paraguay, deseamos
exponer acerca de las falsedades emitidas por el Comisario Europeo en su corta
y fugaz visita al Paraguay, donde el mismo mencionó que el reglamento no
intenta imponer normativas legales, pero olvida la parte de que el proyecto de
cooperación que proponen con el gobierno tiene ese objetivo.
Ministro del Ministerio de Industria
y Comercio (MIC) y el Ministro del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) en presencia
del Sr. Virginijus Sinkevicius, Comisario de Medio
Ambiente, Océanos y Pesca de la Unión Europea (UE)
I. -LAS OBSERVACIONES FALSAS O MENTIRAS DEL COMISARIO
DE MEDIO AMBIENTE, OCÉANOS Y PESCA DE LA UNIÓN EUROPEA (UE):
1.- El Sr.
Virginijus Sinkevicius, Comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca de la
Unión Europea que estuvo recientemente por Paraguay mencionó que la Unión
Europea (UE) NO obliga a ningún país del mundo a adaptarse a sus exigencias
para importar alimentos y declaró que “La Unión Europea (UE) NO tiene la
intención de venir a decirles cómo tienen que regular las leyes, cómo
aplicarlas en el Paraguay, ni en otro país del mundo”. Esto inclusive lo
expreso luego de hablar con el Pte. De la República del Paraguay el Señor Santiago
Peña Palacios.
2.- Este
párrafo anterior calificamos como una observación falsa porque leyendo el
Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE), según el Artículo N°30 señala
sobre la “COOPERACIÓN CON TERCEROS PAÍSES” en una sección del inciso 2, mencionando
de manera clara que:
“LAS
ASOCIACIONES Y LA COOPERACIÓN APOYARÁN O INICIARÁN UN DIÁLOGO INCLUSIVO Y
PARTICIPATIVO ORIENTADO A LOS PROCESOS NACIONALES DE REFORMA JURÍDICA Y
DE LA GOBERNANZA CON EL FIN DE MEJORAR LA GOBERNANZA FORESTAL Y DE HACER FRENTE
A LOS FACTORES NACIONALES QUE CONTRIBUYEN A LA DEFORESTACIÓN”.
3.- Recalcamos,
por tanto, que el Comisario Ambiental el Sr. Virginijus Sinkevicius en su
entrevista ha mentido al presidente y a las autoridades nacionales. Ya que en
caso de firmar un acuerdo de cooperación internacional para adoptar los
términos del mismo están predefinidos que en el propio Reglamento N°1115/203 de
la Unión Europea (UE), y es claro que se menciona que cualquier apoyo de
cooperación serán orientados a los PROCESOS NACIONALES DE REFORMA JURÍDICA, es
decir, cambios o creaciones de leyes, decretos o resoluciones, pero muy lejos
de la realidad nacional.
4.- Por tanto,
el Comisario del Medio Ambiente el Sr. Virginijus
Sinkevicius miente o son falsas sus calificaciones oficiales como
representante del a Unión Europea (UE) al querer negar lo que está escrito en
su propio Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE); y además a
continuación citamos los puntos que actualmente podría chocar con las leyes y normativas
vigentes y aplicables en el Paraguay.
5.- El Comisario del Medio Ambiente el Sr.
Virginijus Sinkevicius:
“La Unión Europea (UE) NO obliga a ningún país del
mundo a adaptarse a sus exigencias para importar alimentos, dijo ayer viernes
en Asunción el comisario de Medio Ambiente, en medio de críticas a la normativa
del bloque que veta la importación de productos que generen deforestación. La Unión
Europea (UE) no tiene la intención de venir a decirles cómo tienen que regular
las leyes, cómo aplicarlas en el Paraguay, ni en otro país del mundo”.
6.- Otra observación que pinta falsa del Comisario de
Medio Ambiente es que por el solo hecho que tengan que aclararlo ya NOS genera
la propia duda, y que más de 50 países estén a nivel global observando lo
mismo, es algo contradictorio con lo que el propio Comisario del Medio Ambiente el Sr. Virginijus
Sinkevicius estuvo obligado a explicar.
7.- Otro hecho llamativo es que las autoridades del gobierno,
en vez de hacer un reclamo de esta circunstancia que se señala en el párrafo
N°6, tomo la decisión de llevar al Comisario del Medio Ambiente el Sr.
Virginijus Sinkevicius a un tour por Itaipú. Mientras nos están poniendo
condiciones que atacan directamente a las bases económica del país, no se puede
jugar a la diplomacia sin ser vehementes pues eso es una estrategia
completamente desorientada que demuestra que así nuestras autoridades afectadas
NO están para defender los intereses del Desarrollo Sostenible de
nuestra nación paraguaya.
8.- Si retrocediésemos 200 años atrás y la
independencia de Paraguay dependiera de este equivocado comportamiento
diplomático de negociación de estas autoridades del gobierno afectados, es más
que seguro que aun seríamos una colonia, explotada y sin recursos naturales productivos,
tal como Europa lo hizo en su territorio y lo sigue haciendo en otros países de
los cuales aprovechan sus recursos naturales para sus beneficios en detrimentos
de los otros países afectados.
II.- CONCLUSIONES DE LA FUGAZ VISITA DEL COMISARIO
DEL MEDIO AMBIENTE EL SR. VIRGINIJUS SINKEVICIUS AL PARAGUAY:
1.- Según el
Artículo N°30 “Cooperación con terceros países” en una sección del
inciso 1, del Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) se menciona que:
Las
asociaciones y los mecanismos de cooperación podrán incluir diálogos
estructurados, acuerdos administrativos y acuerdos existentes o disposiciones
de estos acuerdos, así como hojas de ruta conjuntas, que permitan realizar la
transición hacia una producción agraria que facilite el cumplimiento del
presente Reglamento, prestando especial atención a las necesidades de los
pueblos indígenas, las comunidades locales y los pequeños propietarios y
garantizando la participación de todos los actores interesados.
2.- Según el
Artículo N°30 “Cooperación con terceros países” en una sección del
inciso 2, del Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) se menciona que:
Las
asociaciones y la cooperación apoyarán o iniciarán un diálogo inclusivo y
participativo orientado a los procesos nacionales de reforma jurídica y de la
gobernanza con el fin de mejorar la gobernanza forestal y de hacer frente a los
factores nacionales que contribuyen a la deforestación.
3.- Según el
Artículo N°30 “Cooperación con terceros países” en una sección del
inciso 3, del Reglamento 1115/2023 de la Unión Europea (UE) se menciona que:
Las
asociaciones y la cooperación promoverán el desarrollo de procesos integrados
de ordenación del territorio, de la ADOPCIÓN de legislación
pertinente en los países productores, de procesos multilaterales, de
incentivos fiscales o comerciales y de otros instrumentos pertinentes para
reforzar la conservación de los bosques y la biodiversidad, la gestión
sostenible y la recuperación de los bosques, combatir la conversión de los bosques
y los ecosistemas vulnerables a otros usos del suelo, optimizar los beneficios
para el paisaje, la seguridad de la tenencia de la tierra, la productividad y
la competitividad agrarias, y la transparencia en las cadenas de suministro,
reforzar los derechos de las comunidades dependientes de los bosques, incluidos
los pequeños propietarios, las comunidades locales y los pueblos indígenas.
4.- Con esto
demostrado, lo citado por el Comisario del Medio Ambiente de la Unión Europea (UE)
el Sr. Virginijus Sinkevicius es una MENTIRA ENCUBIERTA. Ya que
el reglamento al hablar de cooperación y citar claramente que la cooperación
será para iniciativas de reformas legales en los países productores,
por ende, es una injerencia clara de la Unión Europea (UE) en otros países.
5.- Y como el
Comisario de Medio ambiente al tratar de explicar que no es así, el mismo Comisario
inteligentemente miente y dice que la Unión Europea (UE) NO PRESIONA,
pero de aceptar el proyecto de cooperación internacional, se convierte en una presión
indirecta que se transformará en realidad. Es por ello que Paraguay no
debe firmar ningún acuerdo de cooperación con la Unión Europea (UE) ni tampoco
aceptar los 10 millones de euros que quieren dar como supuesta donación.
6.- El estado ha demostrado que no tiene una
capacidad de sentar posturas de defensa del sector productivo y también han
demostrado que le queda bastante grande la capacidad negociadora para trabajar
con todos los sectores y los ministros del Ministerio de Industria y Comercio (MIC)
y el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) se pasaron
diciendo que los gremios que les apoyan entienden y que los demás gremios están
confundidos.
7.- Esa forma de trabajo no es la adecuada para
Ministros que deberían saber escuchar y avanzar en la discusión de forma
coordinada y respetando a todas las partes y no queriendo imponer sus creencias
o pensamientos personales.
8.- Finalmente es recomendable que cualquier Sistema
de Trazabilidad que se cree como sistema para el cumplimiento adecuado del
Reglamento N°1115/2023 de la Unión Europea (UE) debe ser totalmente privado y
manejados por privados.
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