6 dic 2025

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES GENERALES SOBRE LA CAPACIDAD DE USO DE LA TIERRA REGIÓN ORIENTAL DEL PARAGUAY

Ing. Agr. (M.Sc.) (H.Cs) Alfredo S. Molinas M.; Como Asesor Agroambiental, como Ex ministro de Ambiente y Ex Ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, Actualmente Asesor de la Presidencia de la Universidad San Carlos (USC), nos permitimos presentar datos de las “CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES GENERALES SOBRE LA CAPACIDAD DE USO DE LA TIERRA REGIÓN ORIENTAL DEL PARAGUAY”; para el debate y discusión de los visitantes de este BLOG.

1.- Los estudios que se presentan se sustentaron bajo la elaboración de un Mapa de Capacidad de Uso de la Tierra de escala 1:100.000 de la Región Oriental; con base en las informaciones suministradas por el mapa de suelos, el mapa de pendientes y los datos sobre los parámetros físicos y químicos de los perfiles de suelos de las unidades taxonómicas y mapeadas en unidades cartográficas.

2.- Se han identificado tierras de capacidad agrológica de Clase I a Clase VIII denominado técnicamente como de Capacidad de Uso de la Tierras en el Manual Nº210 del Departamento de Agricultura en los EEUU de América, que fue adaptado a los indicadores de suelos y tierras de las condiciones agroecológicas de la Región Oriental del Paraguay.

3.- Las Clases con mayor superficie son las Clases de Capacidad Agrológica de Clase III y Clase IV, donde predominan los suelos para el uso agrícola en su mayoría, especialmente en la Clase III, pero en una menor proporción, dentro de los suelos con aptitud agrícola (cultivos anuales), se encuentran las Clase I y la Clase II. La clase I es la que se encuentra en menor proporción en comparación con todas las demás clases.

4.- Los suelos que pertenecen a las Clases I y II (agrícolas intensivos) derivan principalmente del material parental de roca basáltica, o si son derivados de roca arenisca, con contienen una textura arcillosa fina en la sección de control (25-100 cm). Los suelos de la Clase III son en su mayor parte suelos agrícolas de uso preferentemente para cultivos anuales. Solamente los suelos de la Subclase III-St, que tienen una textura francosa gruesa, poseen menor aptitud para cultivos agrícolas anuales, pero se los puede cultivar con algunos de ellos (soja, tártago, sandía, melón, alfalfa).

5.- También los suelos de la Subclase III-E, tienen una seria limitación, por la pendiente del 8 al 15%, y no se les recomienda para la agricultura mecanizada, debido a que el límite seguro de la mecanización es la pendiente de 8% pero acompañados de las denominadas buenas prácticas agrícolas y agronómicas. Se puede, sin embargo, utilizarlos para cultivos perennes, o cultivos anuales con medidas fuertes de protección del suelo.

6.- Los suelos de la Subclase II-Sp (Vertic Paleudoll y Lithic Hapludoll) no son utilizados mayormente para agricultura, si se encuentran sobre calizas (Noreste del Departamento de Concepción), que se les utiliza en ganadería extensiva. Sin embargo, cuando estos suelos derivan de roca intrusiva (Lithic sino Paleudoll), son los mejores para el cultivo de la alfalfa en el país.

7.- La Clase IV es la que mayor cantidad de Subclases tiene (15 Subclases). Los suelos de la Subclase IV-Sf, Umbric Dystrochept, arcillosa muy fina de la zona de Pedro Juan Caballero, Colonia Estrella y Capitán Bado, así como el Rhodic Kandiudox arcillosa muy fina, de San Alberto, ambos derivados de roca basáltica, se utilizan en agricultura mecanizada (trigo-soja), pero no así los Rhodic y Typic Paleudult, francosa gruesa y algunos francosa fina, dentro de la Subclase IV-Sf, que son suelos dedicados a ganadería extensiva sobre pastos nativos. Los suelos de textura francosa fina de los Rhodic y Typic Paleudult se utilizan en agricultura mecanizada en la zona de Juan M. Frutos (Campo 9).

8.- Los suelos de la Subclase IV-Sp, Lithic Hapludoll, francosa fina de la zona de Sapucai, se dedican al cultivo de alfalfa, algodón y maíz, con excelentes rendimientos. Sin embargo, los Lithic Udorthent, francosa gruesa de la misma subclase IV-Sp, localizados en la serranía del Dpto. de Cordillera (Caacupé, San José) cuando son dedicados a la agricultura de cultivos anuales, tienen rendimientos muy pobres y son abandonados con el tiempo.

9.- En resumen, los suelos clasificados de Capacidad Agrológica de las clases I, II, III y los señalados para la Subclase IV-Sf y IV-Sp se utilizan para agricultura de cultivos anuales, con las únicas restricciones indicadas en las subclases a que pertenecen. Son los "suelos agrícolas" por excelencia de la Región Oriental. La gran mayoría de ellos son mecanizables sin mayores problemas, en todas sus fases (preparación del suelo, cuidados culturales y cosecha).

10.- Las recomendaciones principales de manejo de los suelos agrícolas con las buenas prácticas como son el uso de curvas de nivel de base ancha para cultivos mecanizados y/o la siembra directa, incluyendo el uso por rotación de los abonos verdes de verano e invierno. Para los cultivos no mecanizados, se recomiendan las buenas prácticas como: las curvas de nivel con cordones de contención sembrados con especies vivas. También se recomienda la siembra directa, el abono verde y el cultivo en contorno.

11.- Los suelos de las demás Subclases de la Clase IV tienen muchas restricciones para agricultura de tipo anual y se los debe dedicar a cultivos perennes (frutales como cítricos, aguacate, guayabo) o pasturas cultivadas de pisoteo. También pueden ser destinados a la reforestación con especies exóticas o enriquecimiento del bosque con especies nativas, si existe vegetación boscosa.

12.- Los suelos de la Clase V constituyen en su gran mayoría los campos bajos no inundables de la Región Oriental, por el que desaguan las partes altas de las lomadas y serranías. De estos campos bajos, las aguas desaguan a su vez, a los campos bajos fácilmente inundables, los esteros, los arroyos y ríos. Actualmente manejados las aguas inundables son en parte destinados al cultivo de arroz bajo riego con alto componente de tecnología y conocimiento.

13.- Los suelos de la Clase VI y VII tienen limitaciones demasiado severas para uso agrícola, aún con cultivos del tipo perennes (frutales, cítricos, banano, aguacate) o pasturas cultivadas de pisoteo. Las principales limitaciones son la pendiente, la rocosidad y/o pedregosidad o el alto riesgo de inundación. Se aconseja su uso en pasturas naturales con control de la carga animal y de las quemas, el manejo forestal o la reforestación.

14.- La clase VIII es estrictamente de protección, sin actividad agrícola, pecuaria o forestal.

15.- Es importante considerar que los parámetros utilizados para aplicar la “metodología de clasificación de la capacidad de uso de la tierra en la Región Oriental”, como Clases y Subclases tienen una relación directa con las condiciones fisiográficas de los ambientes territoriales donde se han venido desarrollando los diferentes tipos suelos.

16.- Las características generales de las Clases de suelos conforme la capacidad natural agrológicas de las tierras y su distribución geográfica definen su capacidad natural para fines productivos.  Para el uso agrícola, sin perjuicio alguno también para el uso pecuario y forestal, los tipos de suelos predominantes son de:

 “Clases I (84.595,57 Has), II (1.354.333,29 Has), III (4.249.891,63 Has) y IV (3.011.285,92 Has)”, siendo estos en orden de categoría de los “Ordenes Alfisoles (5.147.907,47 Has), Ultisoles (5.644.156,19 Has), Oxisoles 887.756,07 Has), Entisoles (2.153.005,51 Has) y Mollisoles (162.553,62 Has)”.

17.- Las principales limitaciones que presentan las “Clases I, II, III y IV que abarcan una superficie de 8.700.106,41 Has, pero necesariamente deberán ser corregidas con medidas y prácticas agrícolas y agronómicas para el uso y manejo de los suelos y las tierras para fines de usos preferentes agrícolas y pecuarios, e incluyen el control de la fertilidad natural del suelo, la textura franco arenosas a arenosa, pendiente asociado a texturas franco arenosa y arenosa”.

18.- Las correcciones a ser incorporados en los sistemas de producción de la agricultura mecanizada y no mecanizada son denominadas medidas y prácticas de uso y manejo para la conservación de los recursos naturales productivos. La distribución de la Capacidad Uso de la Tierra nos permitiría determinar el aprovechamiento de preferencia potencial de las capacidad agro-ecológicas de las tierras según las grandes categorías de uso.

19.- La recomendación por distribución en la Región Oriental del Paraguay es como sigue:

a).- Suelos cuya clasificación de capacidad uso natural productivo con Clases de Capacidad I al IV, según estos resultados ocupan unas 8.706.657 de Ha., aproximadamente 55% de la Región Oriental.

b).- Suelos cuya clasificación de capacidad uso natural productivo con Clase de Capacidad V, ocupan unas 2.515.434 de Ha., aproximadamente 15,8% de la superficie.

c).- Suelos con serias restricciones para el uso agrícola, con aptitud ganadera y forestal según sus limitaciones, pertenecientes a las Clases VI y VII de capacidad de uso, abarcando 3.535.622 Ha., equivalentes a 22,3% de la superficie total; y

d)- Suelos destinados a la conservación de los respectivos ecosistemas, pertenecientes a la Clase VIII de capacidad de uso, alrededor de 760.665 Ha. equivalentes al 4,8% de la superficie.

20.- Propuesta de “Categorías de Uso de la Tierra” Definidas Sobre los Estudios de Reconocimiento de Suelos y Capacidad de Uso de las Tierras para la Región Oriental del Paraguay:

De acuerdo con lo indicado, y en coordinación con las autoridades del MAG y los técnicos especialistas establecieron las preferencias de las “CATEGORÍAS DE USO DE LAS TIERRAS” definidas en este estudio para la Región Oriental del Paraguay como:

20.1.- TIERRAS AGRÍCOLAS (INTENSIVAS Y EXTENSIVAS):

a).- Son tierras cuyas características de suelo y capacidad son preferentemente aptas para desarrollo agrícola, que comprenden las Clases de Capacidad de Uso  de las Tierras Clases I, II, III y algunas áreas de la clase IV (Subclase IV-Sf, arcillosa).

b).- Categoría que comprende tierras preferentemente aptas para desarrollo agrícola intensivo de cultivos anuales, sin o con moderadas restricciones, aunque también soportan actividades menos intensivas como cultivos perennes, actividades pecuarias, forestales o de protección.

c).- Estas Clases de I, II, III y IV de capacidad agrológica de preferencia para fines de uso agrícolas intensivos ocupan unas 8.706.657 de Has, aproximadamente 55% de la Región Oriental. Estas Clases de I, II, III y IV están bajo una cobertura forestal de Bosques Nativos de unas 2.336.582,68 Has de la Región Oriental del Paraguay.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Por el nivel de intensidad de uso de estas tierras, se deberán realizar en ellas estudios más detallados de suelos (escalas 1:50.000 y 1:25.000), que permitan promover en ellas actividades agrícolas socioeconómicamente deseables y ambientalmente sostenibles.

2°.- Impulsar en estas tierras programas vigorosos de uso, manejo y conservación de los suelos y las aguas.

3°.- Planificar e impulsar el desarrollo agrícola intensivo de la Región Oriental del Paraguay de  manera preferente y exclusivamente mientras sea posible sobre estos tipos de tierras.

20.2.- TIERRAS PECUARIAS:

a).- Son las tierras cuyas características de suelo y capacidad son preferentemente aptas para el desarrollo de la ganadería, que comprenden la Clase de Capacidad de Uso de las Tierras de Clases V y algunas áreas de las Clases IV (Subclase IV-Wd, IV-Sp y IV-ESp) y VI (Subclase VI-Sp), pero con la salvedad aunque también toleran actividades de protección.

b).- Es ocupada preferentemente la Clase V y parte de la Clase IV con una capacidad agrológica de preferencia para fines de uso ganadero o pecuario intensivos, ocupan unas 2.515.431.88 Has un 15,8% de la Región Oriental.

c).- Los suelos de la Clase V constituyen en su gran mayoría los campos bajos no inundables, campos bajos fácilmente inundables, como los esteros, los arroyos y ríos que actualmente manejados las aguas se siembran el cultivo de arroz bajo riego. Estas Clase V están bajo una cobertura forestal de Bosques Nativos de unas 549,344,74 Has de la Región Oriental del Paraguay.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Fomentar y promover preferentemente las actividades pecuarias en esta categoría de tierras, e introducir progresivamente en los mismos cultivos de pasturas mejoradas (gramíneas y leguminosas) para el desarrollo de la ganadería con raza mejoradas producto de la ingeniería genética.

2°.- Buscar de preferencia impulsar el desarrollo de actividades ganaderas con estilos silvopastoriles en estas Clases de Tierras; sistemas silvopastoriles como: cercas vivas, cortinas rompevientos, reforestación en franjas, reforestación de arroyos y manantiales, etc., para propiciar una mejor la conservación y el uso y manejo racional de los suelos y del agua para un mejor ambiente para el desarrollo ganadero.

3°.- Como algunas tierras de esta categoría de Clases de Capacidad también pueden incorporarse al desarrollo agrícola con apropiadas medidas, prácticas y hasta obras de drenaje, y que deberá estar en todos los casos acompañados por desarrollar estudios más detallados de suelos que permitan justificar y adecuar para que este cambio de uso de la tierra sea sostenible.

20.3.- TIERRAS FORESTALES DE PRODUCCIÓN:

a).- Estas tierras de Categoría de Clases de Capacidad se caracterizan por tener suelos profundos, porosos, bien estructurados, bien drenados, pero normalmente con pendientes superiores al 15% y/o con altos contenidos de piedras o con severos problemas de fertilidad o de textura, limitando casi severamente promover y mucho menos desarrollar actividades de uso de las tierras para fines agrícolas y pecuarias.

b).- Las tierras de estas Categoría de Clases de Capacidad que no permiten el desarrollo de actividades agropecuarias; pero que sí son preferentemente aptos para cultivos perennes, reforestación comercial y manejo forestal, así como protección, aunque ocasionalmente pueden utilizarse en pastoreo (pasto natural), pues comprenden la mayoría de las tierras de las clases IV y VI, excepto IV-Wd, IV-Sp, IV-ESp y VI-Sp.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Por las características de sus Clases de Capacidad se recomienda incentivar el desarrollo de la silvicultura en estas tierras, a través de los sistemas de producción forestal como la reforestación de especies comerciales y el desarrollo de cultivos perennes.

2°.- En estas Clases de Capacidad de sus Tierras se recomienda evitar y desestimular el denominado Cambio de Uso de las Tierras y en especial la tala rasa y quema, más bien es recomendables permitir en estas Clases de Tierras Boscosas Nativas en todo momento el fomento en esta categoría solo del manejo forestal.

3°.- Para estas Clases de Capacidad de sus Tierras se recomienda establecer un sistema de incentivos técnicos, económicos, tributarios, etc., que promuevan la cobertura vegetal boscosa nativas de estas tierras y desestimulen otras formas de uso más intensivo sobre las mismas.

4°.- Sera necesario en estas áreas de Clases de Capacidad de sus Tierras fomentar la realización de estudios más detallados de suelos para el desarrollo de proyectos productivos en este tipo de tierras.

20.4.- TIERRAS FORESTALES DE PROTECCIÓN:

a).- Son tierras de Clases de Capacidad de sus Tierras no son aptas para desarrollo agrícola, pecuario y/o de producción forestal, y por sus características naturales y Clases de Capacidad de sus Tierras deben por tanto destinarse solo a protección.

b).- Estas Clases de Capacidad de sus Tierras presentan muy severas limitaciones, solas o combinadas, en erosión, pendiente, profundidad efectiva, textura o pedregosidad, que no permiten su uso para actividades agropecuarias o de reforestación comercial, por lo que solo deben destinarse a actividades de regeneración natural, conservación y protección, comprende las Subclases VII-Sr, VII-E,St y clase VIII (por relieve y/o piedras).

c).- Las Clases VI y VII de capacidad de uso de preferencia de uso para tierras forestales de protección, abarcando 3.535.622 Ha., equivalentes a 22,3% de la superficie total de la Región Oriental. Esta Clase VI y Clase VII están bajo una cobertura forestal de Bosques Nativos de unas 680.196 Has de la Región Oriental del Paraguay.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Decretar la protección inmediata de las tierras incorporadas en esta categoría, prohibiendo las actividades agropecuarias o de extracción forestal en ellas, así como la extracción de otros subproductos del bosque y la caza de todo tipo de animales.

2°.- Establecer campañas divulgativas a nivel nacional sobre la importancia de proteger estas áreas por su fragilidad y por su potencial de producción de otros recursos y bienes intangibles, como agua, oxígeno, biodiversidad, esparcimiento, turismo, etc.

3°.- Organizar formalmente a las comunidades locales para que intervengan directamente en la protección de estas áreas, bajo la asesoría de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente (SSERNMA), dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

20.5.- ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS (ASP):

a).- Comprende todas aquellas tierras designadas como Áreas Silvestres Protegidas (ASP) mediante normativa legal específica, Ley N°92/94 “De Vida Silvestre” y Ley N°354/92 “De Áreas Silvestres Protegidas (ASP)” y otros vigentes; v.g., Parques Nacionales, Refugios de Vida Silvestre, Refugios Arqueológicos, Históricos, Culturales, Paisajísticos, etc.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Consolidar el sistema actual con la Ley N°354/92 “De Áreas Silvestres Protegidas (ASP)”, a través de una demarcación apropiada de sus límites físicos en el campo y el mejoramiento de las actividades de control y monitoreo de las mismas.

2°.- Llevar a cabo una valoración ecológica de cada una de las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) y establecer las modificaciones pertinentes en aquellas en donde la intervención humana ha destruido los principales recursos que se esperaba proteger, en especial por el cambio de uso de la tierra.

3°.- Para la eventual ampliación de los límites de las distintas áreas protegidas, tomar en consideración los resultados de este estudio de ordenamiento territorial y ajustado por medio del marco legal de la Ley N°354/92 “De Áreas Silvestres Protegidas (ASP)”.

20.6.- ÁREAS DE CONSERVACIÓN ECOLÓGICA O ESPECIAL:

a).- Son áreas de suelos muy frágiles y con severos problemas de drenaje, no aptas para desarrollo agropecuario intensivo, pero que por la riqueza de sus recursos ecológicos deben destinarse a protección, en esta categoría distingue principalmente humedales.

b).- En estas tierras, no obstante, pueden desarrollarse actividades agropecuarias de subsistencia, que no alteren el entorno, en esta categoría comprende las tierras de las subclases VI-Wi y VII-Wi.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Restringir en estas áreas el desarrollo de actividades agrícolas intensivas, permitiendo solo el desarrollo de agricultura de subsistencia en pequeñas áreas y la ganadería extensiva, así como la reforestación.

2°.- Restringir la caza furtiva de mamíferos, aves, peces e insectos.

3°.- Promover la regeneración natural de la flora y la fauna criolla de estas áreas.

4°.- Concientizar a la población sobre la fragilidad de estas áreas, y promover la participación de las comunidades locales en la protección de las mismas.

20.7.- CAMPOS BAJOS INUNDADOS:

a).- Son tierras de áreas cuyos suelos están cubiertos de forma casi permanente por un manto de agua, en forma natural, estas áreas también deben estar necesariamente o preferentemente destinadas a la conservación comprenden las tierras de clase VIII (por drenaje).

b).- Suelos destinados a la conservación de los respectivos ecosistemas, pertenecientes a la Clase VIII con problema con drenaje de capacidad de uso, alrededor de 760.665 Has equivalentes al 4,8% de la superficie de la Región Oriental. Esta Clase VIII están bajo una cobertura forestal de Bosques Nativos de unas 313.459,48 Has de la Región Oriental del Paraguay.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Promover preferentemente la protección o conservación de estas áreas, evitando en todo momento su contaminación o degradación.

2°.- En estas Clases de Tierras es necesario promover el desarrollo de actividades sostenibles, como la acuacultura o la cría de distintas especies de mamíferos, reptiles, peces, crustáceos, etc., que eventualmente puedan incorporarse en la economía familiar.

3°.- Promover y facilitar en estas Clases de Tierras el desarrollo de actividades turísticas y en especial con la participación de las comunidades locales.

20.8.- ASENTAMIENTOS INDÍGENAS:

a).-Son todas aquellas tierras que la Constitución u otras leyes específicas asignan como de patrimonio indígena. Sin embargo, a pesar de que sus límites normalmente se indican en la legislación pertinente, en realidad estos no han sido establecidos en el campo, por lo que comúnmente es posible encontrar explotaciones no indígenas en estas tierras.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Establecer claramente los límites físicos de las tierras de esta categoría.

2°.- Fomentar y facilitar el desarrollo de actividades agropecuarias sostenibles en estas comunidades, como la agroforestería y la regeneración natural de la fauna y la flora silvestre.

20.9.- ÁREAS URBANAS:

a).- Se definen aquí todas aquellas tierras ocupadas por núcleos de población rural o urbana. Esta área urbana ocupa una superficie de 103.041,44 Has y están bajo una cobertura forestal de Bosques Nativos de unas 5.436,16 Has de la Región Oriental del Paraguay.

Recomendaciones Técnicas de las Acciones que se Proponen para estas Clases:

1°.- Establecer para los principales núcleos urbanos del país las áreas de expansión futura y delimitarlas claramente de las tierras dedicadas a otros usos agropecuario, forestales o de protección.

2°.- Establecer la planificación para el desarrollo de estas áreas, con una clara definición de los sitios de disposición, tratado y reciclaje de aguas negras, desechos industriales y basura, evitando que estos subproductos urbanos ocasiones contaminación acuática, terrestre o ambiental en general

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Medio Ambiente

El medio ambiente debe ser considerado como parte integral y armónica del conjunto de tareas que garanticen el desarrollo sostenible de un país como Paraguay (Molinas 2006).

El problema de la sostenibilidad es en el fondo un problema de desarrollo, de erradicación de la pobreza, de educación colectiva, de mentalidad y hábitos sociales, de cultura política, de mecanismos institucionales que incorporen la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones, de nuevas formas de producir y de consumir, de equidad y cooperación en las relaciones internacionales, se trata, en suma, de colocar al ser humano en el centro de nuestras preocupaciones, porque si las personas no están protegidas, la naturaleza tendrá, entonces, pocas oportunidades.

Para avanzar verdaderamente hacia el desarrollo sostenible debemos asumir nuestra responsabilidad local con enfoque global en la lucha que la humanidad esta encarando por preservar en el largo plazo los ciclos vitales de la vida de los que depende la existencia misma del ser humano sobre la tierra, debemos hacer un esfuerzo local con perspectiva global (Molinas 2008).