21 de Enero de 2014
| error del gobierno de horacio cartesAumenta deforestación, amparada por un decreto
La deforestación se realiza en forma impune en el país al amparo del
Decreto Nº 453, firmado por el presidente Horacio Cartes el pasado 8 de
octubre, y que reglamenta la Ley Nº 294/93 “De Evaluación de Impacto
Ambiental” (EIA). Mismo riesgo corren los humedales, que pueden quedar
desecados para otras actividades.
Diferentes sectores han lanzado su grito de alerta al gobierno de Cartes para enmendar lo que consideran un grave error que lleva al retroceso en materia ambiental.
Sin embargo, desde el gobierno no hubo señales de reacción ante estas sugerencias públicas para derogar el decreto, y las cosas siguieron su rumbo con el resultado de un aumento de la cantidad de desmontes, hasta la fecha, y que se pueden ver en la página web de la Secretaría del Ambiente (Seam): www.seam.gov.py.
Humedales, en peligro
El Decreto 453 liberó de la exigencia de la evaluación de impacto ambiental a varias actividades, entre ellas la desecación de humedales. Por esta normativa, se podrá secar humedales sin necesidad de licencia ambiental.
La EIA es una herramienta de la política ambiental de los países del mundo para tener conocimiento previo de los proyectos susceptibles de modificar las condiciones naturales de un lugar y de crear riesgos para su equilibrio, calidad, conservación, sostenibilidad, etc.
Sin embargo, el decreto firmado por Cartes se aparta de ese espíritu universal de las evaluaciones y, en contrapartida, facilita desmontes y otras actividades que se pueden realizar sin importar el efecto sobre un ecosistema.
Exigencias ridículas
Algunos artículos del Decreto 453 rayan lo ridículo, según los expertos, como la exigencia de la EIA para mover 10 metros cúbicos de tierra. Por tanto, si uno quiere construir un pozo ciego o una piscina, en cualquier parte del país, debe contratar un consultor ambiental, para gestionar la licencia, porque el decreto así lo establece.
Otro artículo del Decreto considerado absurdo es la exigencia de la EIA a un pequeño establecimiento (granja), que sobrepase los 1.000 m².
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