20 mar 2023

ANÁLISIS TÉCNICO DE LOS PROYECTOS DE LEY: "DE CRÉDITOS DE CARBONO" – PROPUESTAS DE LA CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO NACIONAL Y DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADES) – Parte I – Marzo 2023

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor Agroambiental de la Unión de Gremios de la Producción (UGP); hemo con un experto en Cambio Climático desarrollado un “ANÁLISIS TÉCNICO DE LOS PROYECTOS DE LEY: "DE CRÉDITOS DE CARBONO"; cuyos resultados ponemos a consideración de los interesados como un desafío y reto al modelo de desarrollo económico en Paraguay.

Activa Participación en DEBATES sobre el Cambio Climático y sus Efectos en el Sistema de Producción Agropecuario y Forestal de Paraguay

I.- Introducción:

Ante estas 2 (dos) propuestas de proyectos de Ley “De Créditos de Carbono”, como el de la iniciativa parlamentaria de la Cámara de Senadores y de la Dirección Nacional de Cambio Climático dependiente del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES); como especialista agroambiental y experto en cambio climático vamos a estar publicando en 3 (tres) partes los resultados del análisis técnico de los proyectos de Ley: "De los Créditos de Carbono para Paraguay”.

Para el análisis técnico se consideró conceptualmente lo expresado en la Exposición de Motivos de ambos proyectos de Ley donde el “De Créditos de Carbono” es como cualquier mercado que genera y transfiere unidades de emisión, en 2 (dos) términos como:

1° Término para un sistema de comercio mediante el cual los países o entidades privadas pueden comprar o vender unidades de Gases de Efectos Invernadero (GEI) en un esfuerzo por cumplir con los límites de emisión; y

2° Término que deriva del hecho de que el dióxido de carbono es el gas de efecto invernadero predominante, y los otros gases se miden en unidades expresadas en "dióxido de carbono equivalente".

Otro tema no menor en el análisis técnico es que hasta la fecha de marzo del 2023, no existe ninguna norma legal vigente en la República del Paraguay que es referido expresamente a la “propiedad sobre los Gases de Efectos Invernadero (GEI) reducidos, evitados y/o capturados como activo comercializable y, por ende, que debe estar dotado de una titularidad”.

El punto negativo visto en el análisis técnico del Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), donde se aceptan para el “Mercado de Carbono en Paraguay” tan solo: la Reducción de Emisiones por Reforestación y Degradación de Bosques (REDD), incluyendo posteriormente a la conservación y el aumento de las reservas de carbono forestal, así como el manejo sostenible de los bosques.

Por tanto, finalmente las 2 (dos) iniciativas legislativa y ejecutiva de estos proyectos de Ley “De Créditos de Carbono” muy similares por no decir similares totalmente “propone la creación legal como un derecho de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), identificar al titular de tales derechos, y establecer delineamientos y reglamentos a nivel nacional para el funcionamiento del mercado de comercialización de los mismos”, habida cuenta que no existe norma nacional que haya creado tal derecho sobre la emisión de los Gases de Efecto Invernadero (GEI).

II.- Antecedentes de Fondo y Forma de los Proyecto de Ley “De Créditos de Carbono para Paraguay”:

Este análisis técnico de fondo y forma de las 2 (dos) iniciativas legislativa y ejecutiva de estos proyectos de Ley “De Créditos de Carbono” tiene como objetivo general identificar la implicancia de este tema para la republica del Paraguay y de porque es importante que las decisiones que se tomen tanto técnicas como legales deben prevalecer siempre el derecho de nuestro país para seguir por la senda del desarrollo sostenible.

Existen antecedentes que hace más de un año que es distintas reuniones y grupos de técnicos el propio Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) a través de la Dirección Nacional de Cambio Climático ya advertía que estaba trabajando en una propuesta de Ley “De los Créditos del Carbono”.

Los antecedentes indican que esta propuesta que finalmente ingreso recientemente a través de Cámara de Senadores, por tanto, se podría asumir certeramente que el propio Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) a través de la Dirección Nacional de Cambio Climático es el incumpliendo partes de sus propios protocolos de reglamentos de los distintos estamentos del PODER EJECUTIVO, para introducir esta propuesta vía iniciativa parlamentaria, y podemos estar completamente seguros que siguieron este procedimiento pues los 2 (dos) proyectos de Ley “De Créditos del Carbono” son los mismos documentos y con la misma exposición de motivos que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) a través de la Dirección Nacional de Cambio Climático planteo en su propuesta.

Por tanto, nosotros entendemos lo que primeramente debería desde el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) su órgano operativo la Dirección Nacional de Cambio Climático, ASUMIR que esta iniciativa parlamentaria en realidad es una iniciativa del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), el cual no sabemos si no tuvo el apoyo del propio PODER EJECUTIVO y por ende no recorrió por el ese camino, pero extrañamente y muy llamativamente aparece hoy como un proyecto parlamentario presentado por en la Cámara de Senadores y el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) a través de la Dirección Nacional de Cambio Climático no asume la paternidad de dicho proyecto de ley.

En este punto también es importante resaltar que a través de la Ley N°5875/2017 de Cambio Climático se creó la Comisión Nacional de Cambio Climático “como órgano colegiado de carácter interinstitucional e instancia deliberativa y consultiva de la Política Nacional de Cambio Climático”, que hoy en día está conformada por casi 40 miembros del sector público y privado, y del cual el propio Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), donde ejerce la presidencia de dicha instancia. Pero extrañamente el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) decidió no remitir este proyecto de Ley “De Créditos de Carbono” en dicho órgano colegiado, es decir el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) poco o nada le intereso lo que la Comisión Nacional de Cambio Climático podría aportar a los efectos de su propuesta de ley.

Finalizando esta parte del análisis técnico de forma y fondo de la Ley “De Créditos de Carbono” queremos como especialista y experto ser bien claros y mencionar que el proyecto planteado por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) es un 99% igual al proyecto presentado por la iniciativa parlamentaria de la Cámara de Senadores; presentamos abajo la copia de la nota presentada por el Director de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) a través de la Dirección Nacional de Cambio Climático Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) ante el propio Gabinete del Ministro ya en Abril del 2022.

 

 

 

 





 


 Como vemos en estas imágenes que presentamos como el proyecto de Ley “De Créditos de Carbono” fue elaborado por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) es el idéntico al presentado bajo iniciativa parlamentaria de la Cámara de Senadores. Asi que primeramente se debería consultar ante el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) las explicaciones son del porque esto fue encaminaron a espaldas del propio PODER EJECUTIVO y de la Comisión Nacional de Cambio Climático, el cual preside.

III.- Urgencias en Temas de Cambio Climático – Interinstitucionalidad – Paraguay:

Si bien tener una Ley “De Créditos de Carbono” podría ser interesante dependiendo de lo que se desee regular, es imperativo primeramente comenzar a ordenar los temas de cambio climático a nivel nacional ya que la transversalidad del tema no puede ser el argumento del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) para que en su carácter de autoridad de aplicación se arrogue prerrogativas y funciones de otros ministerios.

El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) es la autoridad de aplicación de la Ley 251/93 por el cual se aprueba la convención de Cambio Climático y en ese sentido ejerce el rol de punto focal de dicha convención. Analicemos entonces que acciones realiza un punto focal; Un punto focal es el encargado de revisar el cumplimiento del país de los objetivos planteados en la convención correspondiente y actúa como un canal oficial de comunicación e intercambio, debe dar respuestas oportunas en nombre del país y gestionar los distintos fondos y proyectos de cooperación en las instituciones técnicas de acuerdo a sus funciones ministeriales.

De ninguna manera el ser autoridad de aplicación de la Ley o el ser Punto Focal de una convención da un derecho de exclusividad sobre algún tema, no se puede usar este argumento para asumir funciones de otros ministerios y secretarias.

Es decir, en temas de producción agropecuaria la autoridad de aplicación e institución líder es el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), para temas forestales y de bosques es con el Instituto Forestal Nacional (INFONA), en temas de planes del país es con Secretaria Técnica de Planificación (STP), en temas de Transporte y Electricidad es con el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), sin embargo, últimamente vemos que el propio Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) lidera proyectos relacionados a producción agropecuaria, forestales, de transporte alternativo y en la mayoría de las noticias menciona al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) como punto focal de la convención de cambio climático, como si esto fuese una acreditación constante para asumir las funciones que otros ministerios deben ejercer.

Esto último es urgente corregir y que cada ministerio lidere las acciones inherentes a sus funciones y roles institucionales establecidos por las leyes del país, y el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) comprender que ser el gestor operativo de una convención debería darle un sentido de trabajar colaborativamente con los demás ministerios y no de acaparar los financiamientos y fondos extranjeros.

Y si en términos de cumplimiento de funciones y roles se refiere es el propio Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) que continuamente menciona que carece de presupuesto para cumplir sus funciones y que hace mucho con muy poco, siendo esto una realidad innegable, y por lo cual más aún deben buscar alianzas con otros ministerios.

Link noticia página Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES):

https://www.mades.gov.py/2020/08/23/mades-hace-mucho-con-muy-poco-presupuesto-para-medioambiente-es-apenas-el-0-06-del-pgn/

Más allá del objetivo general del Ministerio, su realidad presupuestaria afecta que su funcionamiento sea mucho más efectivo”, menciona la noticia.

IV.- Urgencias en Temas de Cambio Climático – Balance de Emisiones:

Desde hace muchos años que venimos repitiendo y advirtiendo que es necesario que el país inicie un proceso de realización de un verdadero Balance de sus Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (EGEI) y ya no más la contabilidad superflua de emisiones hecho en trabajos de gabinete donde ni siquiera se plasman las realidades del país.

Con cada publicación nueva de un Inventario de Gases de Efecto Invernadero (IGEI) se puede notar como se ajustan los números y las metodologías y es asi que se cada inventario nuevo contradice el anterior, por tanto, no hay predictibilidad y consistencias en los informes que el país prepara en esa materia.

Existen nuevas metodologías de cálculo y nuevas métricas utilizadas para realizar los INVENTARIOS NACIONALES de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) debería realizar un análisis actual de cuales son las debilidades nacionales para hacer estos inventarios y como el país debería encarar este punto crítico para los reportes que en el futuro se deben realizar.

PARAGUAY – LA LUCHA CONTINUA CON EL CAMBIO CLIMÁTICO SIEMPRE Y POR SIEMPRE

 

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Medio Ambiente

El medio ambiente debe ser considerado como parte integral y armónica del conjunto de tareas que garanticen el desarrollo sostenible de un país como Paraguay (Molinas 2006).

El problema de la sostenibilidad es en el fondo un problema de desarrollo, de erradicación de la pobreza, de educación colectiva, de mentalidad y hábitos sociales, de cultura política, de mecanismos institucionales que incorporen la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones, de nuevas formas de producir y de consumir, de equidad y cooperación en las relaciones internacionales, se trata, en suma, de colocar al ser humano en el centro de nuestras preocupaciones, porque si las personas no están protegidas, la naturaleza tendrá, entonces, pocas oportunidades.

Para avanzar verdaderamente hacia el desarrollo sostenible debemos asumir nuestra responsabilidad local con enfoque global en la lucha que la humanidad esta encarando por preservar en el largo plazo los ciclos vitales de la vida de los que depende la existencia misma del ser humano sobre la tierra, debemos hacer un esfuerzo local con perspectiva global (Molinas 2008).

Anuncio Ing. Alfredo Molinas