1.- Bases
del Estudio para la Propuesta de Ordenamiento Territorial para la Región
Oriental del Paraguay:
En los inicios de los 1992 a 1995 en Paraguay se realizaron los “ESTUDIO DE RECONOCIMIENTO DE SUELOS, CAPACIDAD DE USO DE LA TIERRA Y PROPUESTA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PRELIMINAR DE LA REGIÓN ORIENTAL DEL PARAGUAY” en el marco del “PROYECTO DE RACIONALIZACIÓN DEL USO DE LA TIERRA (PRUT)”.
Uso de la Tierra Potencialmente Agrícolas con Cultivos
de Soja con el Sistema de Siembra Directa
Este proyecto fue liderado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y financiado por el Banco Mundial (BM) por el Préstamo N°3445 – PA, pero este estudio en particular fue financiado por el Gobierno del Japón, a través de la donación – TF 025910. La ejecución en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) estuvo constituida por la contraparte paraguaya por la Dirección de Ordenamiento Ambiental (DOA) de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente (SSERNMA).
En esa época de los años 90 la Región Oriental tenía lugar a la mayor parte de las actividades económicas nacionales, incluyendo las agropecuarias y las extracciones forestales, donde en las últimas dos décadas del 80 y el 90 en la Región Oriental, donde una acelerada ampliación de la frontera agrícola a expensas de las áreas boscosas, donde las tasas de desmontes del orden de 100.000 Ha/año, acentuándose aún más a partir de 1989. En estas condiciones, se asociaron con la degradación de suelos por causas de la erosión, convirtiéndose en serios problemas en detrimento de la base de recursos naturales productivos de las tierras, de la calidad ambiental y de la misma productividad conocidas como las unidades productivas agropecuarias y forestales.
Desde y durante este periodo de los años 90 ya se marcaba si ninguna duda alguna que el sector agropecuario y forestal es y continuaría siendo y jugando un importante papel en el crecimiento económico y en el desarrollo social del Paraguay, pero reconociendo la necesidad de necesariamente de un cambio estructural en las políticas orientadas al incremento de la producción y en particular de la productividad, para que ésta situación ya no sea la base la expansión de la frontera agrícola, sino en una estrategia que promueva la intensificación del uso del recurso naturales productivos de sus tierras, sin que esta intensificación signifique degradación de la capacidad productivas de sus suelos, aguas, bosques y biodiversidad, sino la utilización sostenible de estos recursos y en esencial el recurso natural productivo suelo.
Para lograr este desafío y reto planteado en el párrafo lo anterior, es indispensable mejorar la base de conocimientos sobre las características y vocación de los recursos naturales productivos (suelos, aguas, bosques y biodiversidad) de tierras, en forma tal que se pueda planificar más acertadamente el desarrollo agropecuario y forestal nacional en armonía con las potencialidades y fragilidades de este recurso, y las restricciones impuestas por la naturaleza. En relación al reto se trazo como objetivo la realización de un estudio de reconocimiento de suelos y determinación de su capacidad de uso en la Región Oriental del Paraguay, a efectos de sentar las bases para la planificación racional del uso y manejo sustentable de estos recursos suelos, aguas, bosques y biodiversidad y sobre los mismos la promoción de su ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
2.- Criterios Científicos y Técnicos de la Propuesta de Ordenamiento Territorial para la Región Oriental del Paraguay:
El ORDENAMIENTO TERRITORIAL que se plantea en el estudio en el Proyecto Racionalización Uso de la Tierra (PRUT) se basa en el aprovechamiento racional de los recursos naturales (suelos, aguas, bosques y biodiversidad) donde se considera las científicamente y técnicamente las características AGROECOLÓGICAS de las tierras, el potencial en recursos naturales y la vocación de uso de las distintas porciones del territorio, así como las áreas frágiles que demandan atención especial. Las distintas partes de un territorio deben asignarse estratégicamente a aquellas formas de uso que posibiliten un desarrollo económico y sostenido de esos recursos, en función de las potencialidades y fragilidades de los mismos; debe, por lo tanto, impulsarse un ordenamiento del territorio, asignando cada porción de tierra a aquellos usos que sean económicamente rentables y ecológicamente sostenibles.
De acuerdo con Dengo (1991), el ordenamiento racional del territorio se refiere a la asignación estratégica del mismo en un país, considerando tanto sus características AGROECOLÓGICAS como su potencial en recursos naturales, así como la vocación de uso de sus distintas porciones y áreas frágiles o que requieren atención especial. Es decir, el ORDENAMIENTO TERRITORIAL contempla el verdadero enfoque geográfico de la plataforma vital de una nación. Su propósito fundamental es levantar un sistema de información que constituya un instrumento eficaz para asegurar un desarrollo ordenado y sistemático del territorio de un país o región, en consonancia con la distribución de su población y de las actividades de la misma. El ORDENAMIENTO TERRITORIAL pretende poner orden en la utilización de los espacios geográficos de un país, para definir metódicamente las áreas de expansión de los centros urbanos, las áreas agrícolas, las áreas industriales y también las áreas boscosas y recreativas, todo en armonía con la naturaleza.
El ORDENAMIENTO TERRITORIAL debe considerar un concepto global de desarrollo hacia el futuro, que integre en un solo sistema CUATRO COMPONENTES ESENCIALES para poder realizar un proceso armónico y sostenido de mejoramiento social.
De acuerdo con el mismo autor, esos CUATRO COMPONENTES ESENCIALES de un desarrollo social integrado son:
Este concepto global de desarrollo deberá integrar y contemplar, en forma balanceada, las demandas y expectativas de una población creciente, con las características y capacidades del territorio como espacio vital y de sus recursos, para dar sustento a las actividades de esa población. Es decir, un desarrollo fundamentado en parámetros de mínima variabilidad, como los recursos naturales (suelos, aguas, bosques y biodiversidad), para realizar labores de planeamiento en áreas de mayor incertidumbre y dependencia, como son los aspectos económicos.
Por lo tanto, será necesario elaborar un conjunto de políticas y estudios que, en forma conceptual, organicen y definan claramente los espacios físicos del territorio y sus características, como base para ubicar los procesos de actividad humana, que significarían un aprovechamiento económico responsable y un manejo conservacionista y racional de los recursos como son los suelos, aguas, bosques y biodiversidad. Este esquema sería la base también para establecer las políticas y medidas necesarias para asegurar la calidad del medio ambiente.
Para conocer las características, potencialidades y limitaciones de los espacios físicos del territorio, se hacen necesarios y condicionante los estudios de suelos, que incluyan en cada caso, adicionalmente, una caracterización del relieve y del drenaje, para establecer en esta forma categorías jerárquicas de vocación de uso agrícola, pecuario o forestal, por el contrario, segregar por su fragilidad áreas de conservación o que requieren trato especial.
3.- Metodología para la Propuesta de la Definición del Ordenamiento Territorial para la Región Oriental del Paraguay:
Para la realización de este estudio de ORDENAMIENTO TERRITORIAL de la Región Oriental del Paraguay, se estableció el siguiente planteamiento metodológico:
a).- Las características de las distintas clases de tierras de la región se determinaron a partir de los estudios de suelo presentados como mapa de suelos y de la capacidad productiva para el uso de las tierras, definido anteriormente en este mismo Proyecto Racionalización Uso de la Tierra (PRUT).
b).- De acuerdo con dicho estudio de suelos y su mapa, los suelos se agruparon por sus similitudes edáficas, de relieve y condiciones de drenaje en unidades tales que, según sus atributos y limitaciones, produjeran tipos de tierras con similar aptitud de uso.
c).- Una vez realizada esta clasificación, se procedió a hacer una generalización cartográfica, con el objeto de obtener una caracterización con énfasis más regional que local, para facilitar el control estatal sobre los distintos usos permisibles del territorio.
d).- Sin embargo, para las ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS legitimas y legales y las RESERVAS O COMUNIDADES INDÍGENAS legitimas y legales, donde los estudios respetaron los límites legales que las definen, sin aplicar en ellas ningún tipo de generalización cartográfica, tal y como fueron suministrados por la Dirección de Parques Nacionales y Vida Silvestre y la Dirección de Ordenamiento Ambiental de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente (SSERNMA) Subsecretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente (SSERNMA), respectivamente dependientes del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
Es conveniente reiterar el hecho de que este ESTUDIO TIPO MAPA TEMÁTICO se refiere a una propuesta de ordenamiento del uso de la tierra según su capacidad productiva, con la finalidad que el mismo permita orientar y controlar un uso racional y sustentable de los recursos de tierras, promoviendo al mismo tiempo la protección forestal y la biodiversidad. Este mapa, por lo tanto, propone las categorías de usos máximos permisibles en la Región Oriental agro-rural en estudio, pero no establecido los planes, programas o proyectos que pueden desarrollarse en cada una de esas áreas, lo cual debe ser de competencia de cada uno de los organismos especializados del Gobierno del Paraguay; logrado lo anterior, fácilmente se pueden tomar decisiones de promoción, restricción o exclusión de diversos tipos de actividades productivas, según la categoría que se le asigne a cada tipo de tierra.
4.- La Propuesta de las Categorías de Ordenamiento Territorial Definidas en este Estudio para la Región Oriental del Paraguay:
De acuerdo con lo indicado, y en coordinación con las autoridades de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente (SSERNMA) dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), las CATEGORÍAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL definidas en este estudio para la Región Oriental del Paraguay son:
1°.- Tierras agrícolas (intensivas y extensivas): Son tierras aptas para desarrollo agrícola, que comprenden las clases de capacidad de uso I, II, III y algunas áreas de la clase IV (Subclase IV-Sf, arcillosa). Esta categoría comprende tierras aptas para desarrollo agrícola intensivo de cultivos anuales, sin o con moderadas restricciones, aunque también soportan actividades menos intensivas como cultivos perennes, actividades pecuarias, forestales o de protección.
2°.- Tierras pecuarias: Son tierras aptas para ganadería, que comprenden la clase V y algunas áreas de las clases IV (Subclase IV-Wd, IV-Sp y IV-ESp) y VI (Subclase VI-Sp), aunque también soportan actividades de protección.
3°.- Tierras forestales de producción: Son tierras que tienen suelos profundos, porosos, bien estructurados, bien drenados, normalmente con pendientes superiores al 15% y/o con altos contenidos de piedras o con severos problemas de fertilidad o de textura, que no permiten el desarrollo de actividades agropecuarias, pero que sí son aptos para cultivos perennes, reforestación comercial y manejo forestal, así como protección, aunque ocasionalmente pueden utilizarse en pastoreo (pasto natural). Comprenden la mayoría de las tierras de las clases IV y VI, excepto IV-Wd, IV-Sp, IV-ESp y VI-Sp.
4°.- Tierras forestales de protección: Son tierras que no son aptas para desarrollo agropecuario o de producción forestal, y que deben por tanto destinarse solo a protección. Son tierras que presentan muy severas limitaciones, solas o combinadas, en erosión, pendiente, profundidad efectiva, textura o pedregosidad, que no permiten su uso para actividades agropecuarias o de reforestación comercial, por lo que solo deben destinarse a actividades de regeneración natural y protección. Comprende las Subclases VII-Sr, VII-ESt y clase VIII (por relieve y/o piedras).
5°.- Áreas silvestres protegidas: Comprende todas aquellas tierras designadas como áreas silvestres protegidas mediante normativa legal específica, v.g., Parques Nacionales, Refugios de Vida Silvestre, Refugios Arqueológicos, Históricos, Culturales, Paisajísticos, etc.
6°.- Áreas de conservación ecológica o especial: Son áreas de suelos muy frágiles y con severos problemas de drenaje, no aptas para desarrollo agropecuario intensivo, pero que por la riqueza de sus recursos ecológicos deben destinarse a protección. Esta categoría distingue principalmente humedales. En estas tierras, no obstante, pueden desarrollarse actividades agropecuarias de subsistencia, que no alteren el entorno. Esta categoría comprende las tierras de las subclases VI-Wi y VII-Wi.
7°.- Campos bajos inundados: Son áreas cuyos suelos están cubiertos por un manto de agua permanente, en forma natural. Estas áreas también deben estar destinadas a la conservación. Comprenden las tierras de clase VIII (por drenaje).
8°.- Asentamientos indígenas: Son todas aquellas tierras que la Constitución u otras leyes específicas asignan como de patrimonio indígena. Sin embargo, a pesar de que sus límites normalmente se indican en la legislación pertinente, en realidad estos no han sido establecidos en el campo, por lo que comúnmente es posible encontrar explotaciones no indígenas en estas tierras.
9°.- Áreas urbanas: Se definen aquí todas aquellas tierras ocupadas por núcleos de población rural o urbana.
Cuadro N°1 Distribución de categorías de ordenamiento territorial de la Región Oriental del Paraguay
CATEGORÍA |
SÍMBOLO |
ÁREA
(Km2) |
PORCENTAJE |
Tierras agrícolas |
A |
|
|
Tierras pecuarias |
P |
|
|
Tierras forestales de producción |
F |
|
|
Tierras forestales de protección |
FP |
|
|
Áreas silvestres protegidas |
ASP |
|
|
Áreas de conservación especial |
ACE |
|
|
Campos bajos inundados |
CBI |
|
|
Asentamientos indígenas |
RI |
|
|
Áreas urbanas |
AU |
|
|
TOTAL |
|
|
|
5.- Áreas Prioritarias de Intervención de la Propuesta para el Ordenamiento Territorial de la Región Oriental del Paraguay:
Para la definición de las propuestas para las áreas prioritarias de intervención para el ORDENAMIENTO TERRITORIAL, se tomaron en cuenta los siguientes criterios:
Protección de recursos frágiles
· Promoción de la conservación de
ecosistemas especiales
· Promoción del desarrollo sostenible
· Protección de la biodiversidad
· Promoción de un mejor
desarrollo agropecuario y social
Con estos criterios, se establecieron una serie de INDICADORES para establecer las prioridades de intervención. Estos indicadores contemplan:
Potencial para desarrollo económico
·
Fragilidad del recurso
·
Sostenibilidad del cambio de
uso de la tierra
·
Reversibilidad del ecosistema
·
Estado actual de conservación
de la tierra
·
Importancia social de cada
categoría de tierra
Se estableció seguidamente una tabla de VALORACIÓN EMPÍRICA de estos indicadores, en la siguiente forma:
Cuadro N°2: Parámetros de valoración empírica de indicadores de priorización
Potencial |
Fragilidad |
Reversibilidad |
Sostenibilidad |
Conservación |
Importancia |
Puntaje |
Alto |
Alta |
Irrev. |
Baja |
Baja |
Alta |
10 |
Medio |
Media |
Mediana |
Media |
Media |
Media |
5 |
Bajo |
Baja |
Revers. |
Alta |
Alta |
Baja |
2 |
Aplicados estos indicadores de valoración a cada una de las CATEGORÍAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, se obtuvieron los siguientes resultados:
Cuadro N°3: Valoración de indicadores de priorización de las categorías de Ordenamiento Territorial
Potencial |
Fragilidad |
Reversibilidad |
Sostenibilidad |
Conservación |
Importancia |
Puntaje |
A |
2 |
5 |
3 |
4 |
8 |
22 |
P |
2 |
7 |
3 |
4 |
7 |
23 |
F |
7 |
7 |
8 |
7 |
5 |
34 |
FP |
10 |
8 |
9 |
7 |
5 |
39 |
ASP |
10 |
10 |
9 |
6 |
5 |
40 |
ACE |
8 |
9 |
8 |
7 |
6 |
38 |
CBI |
10 |
8 |
9 |
6 |
3 |
36 |
RI |
8 |
8 |
9 |
6 |
4 |
35 |
AU |
2 |
7 |
3 |
6 |
10 |
28 |
Del cuadro anterior, las áreas de INTERVENCIÓN PRIORITARIAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL de la Región Oriental del Paraguay resultaron en el siguiente orden:
6.- Acciones Propuestas a Desarrollar en cada Categoría de Ordenamiento Territorial para la Región Oriental del Paraguay:
De acuerdo con la anterior definición de áreas prioritarias de intervención para promover el ORDENAMIENTO TERRITORIAL, se proponen las siguientes ACCIONES para cada categoría:
a).- Acciones para las Áreas Silvestres Protegidas:
1°.- Consolidar el sistema actual de áreas protegidas, a través de una demarcación apropiada de sus límites físicos en el campo y el mejoramiento de las actividades de control y monitoreo de las mismas.
2°.- Llevar a cabo una valoración ecológica de cada una de las áreas silvestres protegidas y establecer las modificaciones pertinentes en aquellas en donde la intervención humana ha destruido los principales recursos que se esperaba proteger, en especial por el cambio de uso de la tierra.
3°.- Para la eventual ampliación de los límites de las distintas áreas protegidas, tomar en consideración los resultados de este estudio de ordenamiento territorial.
b).- Acciones para Tierras Forestales de Protección:
1°.- Decretar la protección inmediata de las tierras incorporadas en esta categoría, prohibiendo las actividades agropecuarias o de extracción forestal en ellas, así como la extracción de otros subproductos del bosque y la caza de todo tipo de animales.
2°.- Establecer campañas divulgativas a nivel nacional sobre la importancia de proteger estas áreas por su fragilidad y por su potencial de producción de otros recursos y bienes intangibles, como agua, oxígeno, biodiversidad, esparcimiento, turismo, etc.
3°.- Organizar formalmente a las comunidades locales para que intervengan directamente en la protección de estas áreas, bajo la asesoría de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente (SSERNMA), dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
c).- Acciones para las Áreas de Conservación Ecológica o Especial:
1°.- Restringir en estas áreas el desarrollo de actividades agrícolas intensivas, permitiendo solo el desarrollo de agricultura de subsistencia en pequeñas áreas y la ganadería extensiva, así como la reforestación.
2°.- Restringir la caza furtiva de mamíferos, aves, peces e insectos.
3°.- Promover la regeneración natural de la flora y la fauna criolla de estas áreas.
4°.- Concienciar a la población sobre la fragilidad de estas áreas, y promover la participación de las comunidades locales en la protección de las mismas.
d).- Acciones para los Campos Bajos Inundados:
1°.- Promover la protección de estas áreas, evitando su contaminación o degradación.
2°.- Promover el desarrollo de actividades sostenibles en estas áreas, como la acuacultura o la cría de distintas especies de mamíferos, reptiles, peces, crustáceos, etc., que eventualmente puedan incorporarse en la economía familiar.
3°.- Promover y facilitar el desarrollo de actividades turísticas en estas áreas, en especial con la participación de las comunidades locales.
e).- Acciones para Asentamientos Indígenas:
1°.- Establecer claramente los límites físicos de las tierras de esta categoría.
2°.- Fomentar y facilitar el desarrollo de actividades agropecuarias sostenibles en estas comunidades, como la agroforestería y la regeneración natural de la fauna y la flora criolla.
f).- Acciones para las Tierras Forestales de Producción:
1°.- Incentivar el desarrollo de la arboricultura en estas tierras, a través de la reforestación de especies comerciales y el desarrollo de cultivos perennes.
2°.- Evitar y desestimular el cambio de uso de la tierra y la tala rasa, permitiendo en las tierras boscosas de esta categoría solo el manejo forestal.
3°.- Establecer un sistema de incentivos técnicos, económicos, tributarios, etc., que promuevan la cobertura vegetal de estas tierras y desestimulen otras formas de uso más intensivo de las mismas.
4°.- Fomentar la realización de estudios más detallados de suelos para el desarrollo de proyectos productivos en este tipo de tierras.
g). Acciones para las Áreas Urbanas:
1°.- Establecer para los principales núcleos urbanos del país las áreas de expansión futura y delimitarlas claramente de las tierras dedicadas a otros usos agropecuario, forestales o de protección.
2°.- Establecer la planificación para el desarrollo de estas áreas, con una clara definición de los sitios de disposición, tratado y reciclaje de aguas negras, desechos industriales y basura, evitando que estos subproductos urbanos ocasiones contaminación acuática, terrestre o ambiental en general.
h).- Acciones para las Tierras Pecuarias:
1°.- Fomentar las actividades pecuarias en esta categoría de tierras, e introducir progresivamente en las mismas pasturas mejoradas (gramíneas y leguminosas).
2°.- Impulsar el desarrollo de actividades silvopastoriles en estas tierras (cercas vivas, cortinas rompevientos, reforestación en franjas, reforestación de arroyos y manantiales, etc.) para propiciar una mejor conservación del agua y un mejor ambiente para el desarrollo ganadero.
3°.- Como algunas tierras de esta categoría pueden incorporarse al desarrollo agrícola con apropiadas obras de avenamiento, se deberá en estos casos desarrollar estudios más detallados de suelos que permitan justificar este cambio de uso de la tierra.
i).- Acciones para las Tierras agrícolas:
1°.- Por el nivel de intensidad de uso de estas tierras, se deberán realizar en ellas estudios más detallados de suelos (escalas 1:50.000 y 1:25.000), que permitan promover en ellas actividades agrícolas socioeconómicamente deseables y ambientalmente sostenibles.
2°.- Impulsar en estas tierras programas vigorosos de conservación de tierras y aguas.
3°.- Impulsar el desarrollo agrícola intensivo de la Región Oriental del Paraguay exclusivamente en este tipo de tierras.
6.- Referencias Bibliográficas:
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