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10 jul 2023

PROPUESTA PARA DESARROLLAR UNA ESTRATEGIA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA ÚNICO NACIONAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) EN EL PARAGUAY – Julio del 2023

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Como Asesor Agroambiental de la UGP; a 30 años de vigencia de la LEY N°294/1993 “DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) EN EL PARAGUAY” presento una “ESTRATEGIA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA ÚNICO NACIONAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) EN EL PARAGUAY”, para su consulta, discusión y debate de los visitantes de este BLOG.

A 30 años de debate y discusión de vigencia de la Ley N°294/93 de la EIA planteamos un Sistema Único Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay

1.- Introducción de la Estratégica:

1.1.- La Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) es uno de los principales instrumentos de la POLÍTICA PARA LA GESTIÓN AMBIENTAL, pues permite identificar en forma anticipada posibles impactos ambientales con sus efectos perjudiciales (negativos) y/o beneficiosos (positivos) que los planes, programas y proyectos pueden generar sobre el ambiente.

1.2.- Estos impactos ambientales con sus efectos perjudiciales (negativos) y/o beneficiosos (positivos) son cuantificados y se proponen las medidas de mitigaciones (correctivas, mitigadoras reparadoras y/o compensatorias) necesarias para evitar o disminuir impactos con efecto perjudiciales que generarían los daños ambientales previstos y optimar los impactos de efectos beneficiosos o positivos.

2.- Criterios generales de la Estrategia Única de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA):

2.1.- En síntesis, la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) posibilita llevar a cabo acciones previstas, cumpliendo al mismo tiempo, con las regulaciones ambientales que la sociedad ha impuesto para proteger el entorno.

2.2.- La Ley N°294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” en Paraguay se establece como instrumento obligatorio a la realización de actividades susceptibles de degradar o contaminar el ambiente, la preparación, por parte de los interesados a efectuar esas actividades, de un Estudio de Impacto Ambiental ( EsIA ) y del respectivo Programa de Gestión Ambiental (PGA).

2.3.- Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) es un instrumento de política ambiental, formado por un conjunto de procedimientos capaces de asegurar, desde el inicio del proceso, un examen sistemático de los impactos ambientales de una acción propuesta (proyecto, programa, plan o política) y de sus alternativas.

2.4.- El Impacto ambiental es toda alteración de las propiedades físicas, químicas y biológicas del medio ambiente, causada por cualquier forma de materia o energía resultante de las actividades humanas que, directa o indirectamente afectan: a) la salud, la seguridad y el bienestar de la población; b) las actividades socioeconómicas; c) los ecosistemas; d) las condiciones estéticas y sanitarias del medio ambiente; e) la calidad de los recursos naturales.

2.5.- El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) es el instrumento del proceso de evaluación de impacto ambiental, consistente en un documento técnico-científico de análisis de los métodos, procesos, obras y actividades capaces de causar significativa degradación ambiental, puesto a consideración de la autoridad competente con el propósito de decidir sobre la Declaración de Impacto Ambiental.

2.6.- El Plan de Gestión Ambiental (PGA) que contendrá la descripción de las medidas protectoras, correctoras o de mitigación de impactos negativos que se prevén en el proyecto; de las compensaciones e indemnizaciones previstas; de los métodos e instrumentos de vigilancia, monitoreo y control que se utilizarán, así como las demás previsiones que se agreguen en las reglamentaciones.

2.7.- A pesar de que en el Paraguay desde hace 30 años está vigente la Ley N°294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”, durante este periodo se han venido realizando Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), se reconoce que éstos, salvo contadas excepciones, se han constituido en un requisito más, previo a la aprobación del crédito respectivo para la ejecución del proyecto, antes que en verdaderos instrumentos de la gestión ambiental y, por lo tanto, su grado de cumplimiento efectivo ha sido muy bajo.

3.- Factores Restrictivos que han Determinado esta Situación en 30 años, Citando entre los Principales como:

3.1.- Las insuficiencias de la política de calidad y gestión ambiental adecuada a la realidad nacional del Paraguay, como un país en vía de desarrollo sostenible.

3.2.- La falta de un sistema nacional, obligatorio y de carácter nacional, que conforme la preparación, aprobación, control y seguimiento de las Evaluaciones de Impactos Ambientales (EIAs), por parte de los antes responsables de la administración de cada uno de los sectores propensos a generar impactos con sus efectos perjudiciales (negativos).

3.3.- La falta y urgente necesidad de ordenar, jerarquizar de manera uniformada las reglas y/o normas de los procesos jurídicos, administrativos y técnicos en la aplicación de la Ley N°294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)” para el sector público y privado según la realidad nacional del Paraguay.

3.4.- Las limitadas capacidades operativas de los organismos claves, asociadas a la falta de transparencia en los procesos jurídicos, administrativos y técnicos de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), con la baja participación de los actores sociales en las diferentes instancias.

3.5.- La necesidad de contar organismo con competencia sustantiva, que por su naturaleza o competencia en las áreas donde se desarrollarán las actividades sujetas a la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), así como por las normas legales y reglamentarias vigentes, deben tener injerencia en dichas actividades.

3.6.- Para superar estas restricciones, se propone desarrollar en el Paraguay un proceso ampliamente participativo orientado a la preparación, consulta, e implantación de una ESTRATEGIA PARA LA CREACIÓN DE UN SISTEMA ÚNICO NACIONAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA).

4.- Los Componentes de una Estrategia para la Creación del Sistema Único de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay:

4.1.- Componente 1°: El desarrollo de la política para la protección, conservación y uso racional de los recursos naturales (suelo, agua, bosques y biodiversidad) productivos para el medio ambiente y el fortalecimiento del marco legal y reglamentario vigente y a promover.

4.2.- Componente 2°: El fortalecimiento de las instituciones públicas y privadas claves para establecer la base de apoyo a la instalación, puesta en marcha y administración del Sistema Único de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay.

4.3.- Componente 3°: Formular, planificar y ejecutar el desarrollo de instrumentos metodológicos y procesales, sean estos jurídicos, administrativos y técnicos que permitan lograr coherencia en su aplicación en los diferentes sectores y actividades públicas y/o privadas.

4.4.- Componente 4°: Se deberá desarrollar y concretar mecanismos de la creación de consensos amplios acerca de las bondades, compromisos y requerimientos del Sistema Único de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay, y de incentivos para la participación ciudadana.

4.5.- El nivel de desarrollo de la Estrategia para la creación del Sistema es determina los principales criterios que deben aplicarse en materia de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), como las evaluaciones ambientales a emprendimientos de maneras adaptativas, semi-adaptativas y reactivas, por parte de los organismos responsables de la gestión ambiental, en sus respectivos sectores y niveles institucionales.

4.6.- Los próximos pasos a dar en este proceso, corresponden al desarrollo de cada uno de los cuatro componentes principales de la Estrategia y su aplicación operativa. Al igual que los pasos anteriores, es indispensable la más amplia participación de los actores sociales, toda vez que el desarrollo y la aplicación de este importante instrumento nos compete a todos, en el permanente compromiso de ir alcanzando el desarrollo sostenible en nuestro país.

5.- Marco Conceptual para la Aplicación del Sistema Único de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay:

5.1.- Las características que presenta el ambiente están fuertemente ligadas con los tipos de actividades humanas y con la forma que con ellas se ejecutan sobre las propiedades físicas, químicas y biológicas del medio ambiente, causada por cualquier forma de materia o energía resultante de las actividades humanas que, directa o indirectamente.

5.2.- De esa manera, toda situación actual se vincula estrechamente con los procesos de transformación del ambiente – tales como la agricultura, la ganadería, la silvicultura, la industria y otros – que permiten al hombre modificar, para bien o para mal, consciente o inconscientemente, sus características básicas.

5.3.- A menudo esta interacción entre las acciones humanas y el entorno generan situaciones no deseadas, las que comúnmente se denominan problemas ambientales por consecuencia del mal uso y manejo de sus recursos naturales (suelo, agua, bosques y biodiversidad).

5.4.- Estos constituyen factores de degradación de sus recursos naturales (suelo, agua, bosques y biodiversidad) y por consecuencia para la calidad del medio, estableciendo carencias que señalan niveles de insatisfacción o deterioro y que permiten medir la calidad ambiental.

5.5.- Los problemas ambientales se pueden subdividir en grandes categorías, tales como: degradación de recursos naturales; fenómenos de contaminación del aire, agua, suelo y residuos sólidos; y deterioro del ambiente destruido, entre otros.

5.6.- Los problemas ambientales cruzan y afectan distintos ámbitos y, por lo tanto, existen diversas formas para enfrentarlos, siendo en primer lugar es fundamental desarrollar una actitud preventiva, generando capacidades para identificar anticipadamente situaciones conflictivas o que tiendan a provocar niveles de insatisfacción en la calidad de vida de la población.

5.7.- El objetivo es evitar que ellas se produzcan o, si no es posible, establecer las medidas de mitigación más adecuadas para llevarlas a niveles aceptables, recurriendo a metodologías, criterios y procedimientos que permitan identificar, evaluar y prevenir los problemas que puedan derivarse de los procesos de transformación del ambiente.

5.8.- Es importante señalar en la medida que se desarrollan estas capacidades, se aumentan las opciones de éxito y se ofrecen alternativas viables para avanzar hacia el desarrollo sustentable y lograr una adecuada protección ambiental.

5.9.- Una de las Formas de Apoyar la Prevención es Introducir un Proceso Único de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA): Esta herramienta, que es ampliamente utilizada en el mundo, especialmente en los países desarrollados, ha dado pruebas de ser efectiva, entre otras cosas, porque:

a).- Ayuda a aplicar preventivamente las políticas de protección, conservación y uso racional de los recursos naturales (suelo, agua, bosques y biodiversidad) y el medio ambiente.

b).- Contribuye a reducir y evitar los efectos ambientales negativos derivados de acciones humanas a nivel de políticas,  planes, programas y proyectos.

c).- Ayuda a la toma de decisiones informadas donde se incorpora la dimensión ambiental en el desarrollo de las acciones humanas.

d).- Incentiva la investigación, los estudios ambientales y la generación de tecnología, con los cuales ayuda a ejecutar las acciones humanas con los mínimos costos ambientales.

e).- Ofrece alternativas viables, desde el punto de vista ambiental, para que puedan ejecutarse las distintas acciones humanas.

6.- Criterios Universales sobre los que se Basa la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA):

6.1.- La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es un instrumento que permite aplicar las políticas ambientales, y mediante el cual, se identifican en forma anticipada los efectos perjudiciales o negativos y beneficiosos o positivos que los planes, programas y proyectos pueden generar sobre el ambiente.

6.2.- Así como la cuantificación de todas estas medidas correctivas, mitigadoras, restauradoras y/o compensadoras necesarias para evitar o disminuir los daños ambientales previsto y optimar los impactos con efectos beneficiosos y/o positivos.

6.3.- La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) no solo hace referencia a los aspectos perjudiciales o negativos por y de las actuaciones humanas; también se consideran los impactos con efectos beneficiosos o positivos que ellas conllevan y los beneficios que se pueden conseguir a través de su ejecución.

6.4.- En síntesis, la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) permite llevar a cabo las acciones humanas previstas y cumpliendo adecuadamente, al mismo tiempo, con las regulaciones ambientales que buscan proteger el entorno y regular el uso racional de los recursos naturales como el suelo, agua, bosques y biodiversidad.

6.5.- Un proceso jurídico, administrativo y Técnico de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), que también permita reconocer un conjunto de elementos que permiten cuantificar las características y niveles de los impactos, entre los cuales se destacan:

a)       La magnitud.

b)      El significado para la calidad del ambiente.

c)       Los impactos directos, indirectos, simples, acumulativos y sinérgicos.

d)      La probabilidad de ocurrencia de los impactos identificados.

e)       El comportamiento en el tiempo de los estímulos que provocan los impactos.

f)       El territorio probablemente afectado (el que muchas veces se pone en discusión y al que eventualmente no se le define bien).

g)      La capacidad del territorio para recuperarse luego de una acción humana.

h)      Las singularidades que presenta el área.

6.6.- Constituyen elementos básicos para la toma de decisiones, con el fin de prever y dimensionar adecuadamente lo que ocurrirá en el medio como consecuencia de la aplicación de una determinada acción humana.

6.7.- Este análisis se hace por medio de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), decidir la localización óptima de una acción, cuando existan alternativas desde el punto de vista ambiental:

a).- Aportar los antecedentes para decidir cuál de ellas sería la más sustentable para proteger el ambiente, en el caso de que haya localizaciones prefijadas de un proyecto; y,

b).- Proponer las formas de disminuir o evitar los efectos ambientales negativos, cuando exista una localización definida, o establecer las razones ambientales para el rechazo de la acción humana, sino es posible mitigar los impactos identificados.

7.- En síntesis, en una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) lo que Interesa Saber:

7.1.- Contenidos Mínimos Claves a Identificar y conocer de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA):

a)       Cuáles son los elementos modificadores del ambiente, sus magnitudes y niveles de acción.

b)      Cuáles son los umbrales de impacto crítico más significativos.

c)       Cuáles son las escalas de los impactos.

d)      Cuáles de ellos son compatibles o inaceptables con la política de protección ambiental.

e)       Cuáles son las medidas que se pueden tomar para mitigar los impactos.

f)       Cuáles son las medidas para efectuar un seguimiento que garantice la protección ambiental.

7.2.- En la respuesta a estas preguntas no existen recetas preconcebidas. No se trata solo de utilizar matrices, listas de verificación o método de distintos alcances y procedencias.

7.3.- Más bien debe pensarse en un proceso encadenado de decisiones, informado y objetivo, que ayuda a identificar las mejores opciones que tiene una acción humana para respetar y cumplir con las regulaciones ambientales definidas por la sociedad.

8.- Entre los Criterios Ambientales que a Nivel Mundial se Utilizan para Evaluar los Impactos Ambientales de las Acciones Humanas se Encuentran:

8.1.- La probabilidad de riesgo para la salud de la población.

8.2.- La existencia o proximidad a áreas protegidas, a recursos y poblaciones susceptibles de ser afectados, o áreas con alto valor por la fragilidad, calidad, singularidad o representatividad del territorio.

8.3.- La cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos susceptibles de ser emitidos al aire, agua y suelos.

8.4.- Los efectos sobre la conservación de los recursos naturales incluyendo fauna, flora, bosques, ecosistemas naturales, suelos y agua.

8.5.- La alteración de monumentos, sitios con valor histórico, arqueológico, cultural o paisajístico.

8.6.- El traslado de comunicaciones humanas y los efectos socioeconómicos, culturales y demás implicaciones para la población.

9.- Bases Universales para Establecer un Proceso Jurídico, Administrativo y Técnico de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA):

9.1.- En los últimos años, en América Latina, se ha observado en forma creciente que se han venido desarrollando Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA) para proyectos, como una respuesta a la inquietud de los inversionistas o de organismos internacionales y por exigencias legales que se han dado a algunos países.

9.2.- Aunque se ha ido tomando conciencia frente a la necesidad de incorporar los análisis ambientales preventivos en los proyectos, porque ellos permiten disminuir los costos ambientales y reducir el campo de acción de potenciales conflictos frente a situaciones que degradan al ambiente, los resultados concretos no han sido muy alentadores.

9.3.- Los objetivos de instalar un sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) se enmarcan en la política de lograr un desarrollo sustentable. Esto se basa, primordialmente, en asegurar que las acciones sean ambientalmente satisfactorias, que las posibles consecuencias ambientales se detecten en la etapa inicial de las acciones humanas previstas y éstas se tengan en cuenta en la fase de diseño para hacerlas compatibles con el medio ambiente.

9.4.- Dentro de este contexto, la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) debe entenderse como el proceso a través del cual la autoridad califica si una o un conjunto de acciones de desarrollo podrían ser o no compatibles con los mandatos establecidos en la política y en la legislación ambiental.

9.5.- Habitualmente la evaluación se logra por medio de un conjunto de estudios técnico-científicos, sistemáticos, interrelacionados entre sí, cuyo objetivo es la identificación, predicción y evaluación de los impactos con efectos beneficiosos (positivos) y perjudiciales (negativos) que una o un conjunto de acciones humanas puedan producir sobre el ambiente físico-químico, biológico o humano.

9.6.- La decisión de incorporar la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) a proyectos de inversión y actividades del sector público y privado, en general, implica necesariamente un fortalecimiento de las capacidades para llevar adelante el proceso.

9.7.- Estas deben darse en un contexto práctico para la toma de decisiones, evitando concentrarse en actividades de interés académico que no den cuenta eficientemente de las necesidades involucradas.

9.8.- El establecimiento de un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) incluye también la formación de conciencia ciudadana acerca de su significado y de su utilidad, para hacerlo respetable y para que sus resultados sean cumplidos.

10.- Cuando Existe Ausencia o Mínima Capacidad de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA):

10.1.- Si presenta exigencias no sistemáticas y poco coherentes y se quiere un proceso único, la premisa es que la creación y evolución de las condiciones va a ocurrir cuando:

a)       Existan bases legales sólidas que las requieran y que hacen exigibles los mandatos.

b)      Los grupos interesados puedan acceder y adquirir el conocimiento necesario.

c)       Se constituya la base de recursos mínimos para la puesta en marcha.

d)      Se creen los consensos nacionales básicos.

10.2.- Es necesario, además, definir con claridad un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) eficiente y modernizador que no debe constituirse en una traba más de la burocracia, sino en un componente esencial de la evaluación y desarrollo de la factibilidad de impulsar acciones humanas.

10.3.- Para ello la estrategia de implementación encara un requerimiento doble: por una parte promueve la necesidad inmediata de revisar los proyectos de inversión en el corto plazo; y por otra parte, pone énfasis en la creación de capacidades, y en la definición de requerimientos y procedimientos administrativos permanentes.

10.4.- En una etapa posterior y una vez creadas las capacidades, existe la posibilidad de evaluar programas y políticas.

10.5.- La instalación del sistema, se debe hacer un esfuerzo para el desarrollo de grandes acuerdos, para la creación de capacidades, para la definición de procedimientos, y para la generación de metodologías y de criterios objetivos de revisión.

10.6.- Bajo esta perspectiva, si bien la legislación ambiental permite generar la fuerza para sustentar un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), tanto más importante es el desarrollo de las capacidades mínimas requeridas para su instalación y puesta en marcha, la aceptación amplia por parte de la comunidad. 

11.- Algunos Requerimientos Generales para la Instalación de un Proceso Jurídico, Administrativo y Técnico de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), a Partir de los Principios Descritos, son los siguientes:

11.1.- Definición de tipos de actividades que son sometidas a un proceso jurídico, administrativo y técnico de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

11.2.- Generación de criterios ambientales para poder lograr adecuadamente discriminar la profundidad de la Evaluación Impacto Ambiental (EIA) que se requiere ante una acción prevista.

11.3.- Desarrollo de la administración del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), por medio de pautas reconocibles por todos, donde se presenten plazos, constitución de equipos de revisión, recepción y seguimiento de estudios, identificación de institución de competencia legal, etc..

11.4.- Definición de los contenidos ambientales del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

11.5.- Elaboración de orientaciones metodológicas o líneas-guías para presentación de Estudios de Impactos Ambientales (EsIA) en los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) según las categorías de proyectos.

11.6.- Preparación de términos de referencia (TORs) para distintas categorías de las actividades para sus Estudios de Impactos Ambientales (EsIA) en los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

11.7.- Definición de un programa de adopción de normas y estándares de calidad ambiental de carácter objetivo y ajustado a la realidad nacional, con base legal y reglamentaria del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

11.8.- Producción de manuales indicativos que permitan orientar al proponente de un proyecto o actividad acerca de cómo se lleva a cabo el proceso de revisión.

11.9.- Mejoramiento de las capacidades de revisión y disponibilidad de información básica y de metodologías de evaluación aplicables a las realidades concretas de sus Estudios de Impactos Ambientales (EsIA) en los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)  .

11.10.- Creación de un consenso nacional en torno a los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y sus implicaciones administrativas, económicas y sociales.

12.- Principales Necesidades Universales para la Instalación de un Proceso Jurídico, Administrativo y Técnico de Evaluación De Impacto Ambiental (EIA):

12.1.- Los objetivos de un proceso jurídico, administrativo y técnico de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) están orientados a asegurar que las acciones humanas sean desarrolladas en forma sustentable, que se cumplan las políticas de protección ambiental.

12.2.- Que el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), genere como consecuencias perjudiciales o negativas se detecten en las etapas tempranas de los proyectos y actividades, y que se impongan las medidas necesarias para evitar los daños o repararlos los no deseados al ambiente.

12.3.- La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), siempre es en su conjunto, esencialmente un proceso jurídico, administrativo y técnico flexible que permite compatibilizar las políticas ambientales con aquellas de carácter económico, político y social.

12.4.- El proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) propicia, además,  la comunicación, la complementariedad, y el intercambio técnico-científico entre los actores, donde las metodologías utilizadas varían caso a caso, dependiendo de las características de la acción humana y del medio donde van a ser aplicadas.

12.5.- La incorporación de un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) sin una adecuada base de apoyo, puede concitar riesgos graves, tanto para el desarrollo del país, como para una protección ambiental efectiva.

13.- Elementos Universales Necesarios de Considerar en el Diseño de una Estrategia para la Implantación de un Sistema Único Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay:

13.1.- Introducción de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), con sus Aspectos Claves a Destacar se detallan a Continuación:

a)       La definición explícita de una política de protección ambiental

b)      El establecimiento de un marco legislativo y reglamentario para generar un proceso único, claro y ordenado.

c)       La disponibilidad de una administración ágil, clara y coherente, capaz de coordinar a las diferentes instituciones involucradas.

d)      La adopción gradual y realista de las evaluaciones ambientales.

e)       El establecimiento de un proceso de evaluación y seguimiento continuo.

f)       El desarrollo de las capacidades humanas y la disponibilidad de los recursos necesarios.

g)      La generación de un consenso para la aplicación del proceso.

h)      El incentivo de la participación ciudadana responsable, especialmente de quienes resultan afectados.

13.2.- Contenido Universal de la Estrategia y Plan de Acción para Establecer un Sistema Único de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el Paraguay:

a).- Bases para la instalación del sistema único de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

b).- Etapas Secuenciales para la Instalación del Sistema: 1°.- Una Etapa de Diseño; 2°.- Una Etapa de Transición; y, 3°.- Una Etapa de Aplicación Permanente.

c).- Contenido de las Cuatro Áreas Programáticas Destinadas a Apoyar la Instalación del Sistema:

Área N°1: Desarrollo de una política de protección ambiental con desagregaciones específicas para los diferentes sectores del desarrollo nacional y fortalecimiento de su marco legislativo y reglamentario.

Área N°2: Fortalecimiento de instituciones claves para establecer bases de apoyo a la instalación, puesta en marcha y administración de un sistema único.

Área N°3: Generación de soportes metodológicos, mejoramiento de capacidades técnicas y disponibilidad de información de apoyo.

Área N°4: Creación de acuerdos amplios acerca de las bondades, compromisos y requerimientos de un sistema único de evaluación de impacto ambiental y de incentivo de la participación ciudadana.

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