24 jun 2024

ANÁLISIS TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO SOBRE EL “PLAN NACIONAL DE CAZA DEPORTIVA” FORMULADO POR DE LA DIRECCIÓN DE VIDA SILVESTRE DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADES): CONTROVERSIAS Y AUSENCIA DE ESTUDIOS TÉCNICOS – JUNIO DEL 2024

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Asesor Especialista, con experiencia por más de 30 años en temas Agroambientales y como Ex ministro de Ambiente y Ex Agricultura y Ganadería de Paraguay, deseamos compartir una opinión acerca del “Plan Nacional de Caza Deportiva” que fue publicado por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), pero formulado por la Dirección de Vida Silvestre iniciando una serie de controversias en la sociedad en diferentes aspectos tanto técnicos como administrativos; con el objeto de abrir el debate y la discusión sobre el tema.

Fuente: Resolución 38/2024 - POR LA CUAL SE APRUEBA EL PLAN NCIONAL DE CAZA DEPORTIVA EN EL PARAGUAY

https://www.mades.gov.py/resoluciones/por-la-cual-se-aprueba-el-plan-nacional-de-caza-deportiva-en-el-paraguay/

 

I.- INTRODUCCION:

 

1.- La Dirección de Vida Silvestre formulo el “PLAN NACIONAL DE CAZA DEPORTIVA EN EL PARAGUAY” que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) aprobó a través de la Resolución MADES N°38/2024, y posteriormente firmo la Resolución MADES N°113/2024 para aprobar los programas de caza de varias especies.

 

2.- Por consiguiente y luego de haber revisado y escuchado las opiniones de técnicos y especialistas y por la experiencia propia del manejo técnico y administrativos en formular, promover y aplicaciones de  leyes, decretos y resoluciones sobre la regulación de los recursos naturales y el medio ambiente, me permito realizar este análisis que dejo a consideración de la sociedad en general.

 

                                                                                               

3.- Es importante señalar que la Ley N°1.561/00 en su Artículo N°24 establece que La Dirección General de Protección y Conservación de la Biodiversidad deberá: crear, administrar, manejar, fiscalizar y controlar las Áreas Protegidas, boscosas o no, pertenecientes al dominio público, establecer estrategias de uso y conservación de la biodiversidad, incluyendo la caza, cría, tráfico y comercialización de fauna y flora silvestre e implementar el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas que incluya los poderes públicos y los sectores privados”.

 

Es difícil defender la vida silvestre con este tipo de conductas, si no existe una conciencia y respeto por parte de todo tipos de cazadores sobre la importancia de defender a la fauna silvestre – A. Molinas 2006

 

II.- PUNTOS DE OBSERVACION:


A) FALTA DE ESTUDIOS TÉCNICOS SOBRE ECOLOGÍA DE POBLACIONES:

1.- Para implementar un plan de caza sostenible, es fundamental contar con estudios técnicos detallados sobre la ecología de las poblaciones de las especies afectadas. Estos estudios deben incluir mínimamente lo siguiente:

a).- Evaluaciones poblacionales: con datos precisos sobre el tamaño y dinámica de las poblaciones de cada especie. Esto incluye tasas de natalidad, mortalidad, migración y crecimiento poblacional. Sin esta información, no es posible determinar qué nivel de caza es sostenible.

b).- Impacto en el ecosistema: evaluar cómo la caza de una especie por más que sea exótica podría afectar a otras especies y al ecosistema en general. La ecología más básica nos indica que las especies están interconectadas a través de cadenas tróficas y la disminución de una población puede tener efectos en cascada que afecten a toda la comunidad biológica.

c).- Resiliencia y adaptabilidad: algunas especies pueden ser más resilientes que otras, dependiendo de factores como su tasa de reproducción y adaptabilidad a cambios en el ambiente. Es necesario manejar mínimamente esta información para saber la dinámica ecológica.

B) CONTRADICCIÓN CON LA LEY DE VIDA SILVESTRE:

1.- La Ley de Vida Silvestre de Paraguay (Ley N°96/92) establece claramente que la caza debe estar regulada por estudios técnicos y debe realizarse en áreas específicas llamadas fincas cinegéticas.

2.- Con este enfoque promovido por la propia Ley de Vida Silvestre de Paraguay (Ley N°96/92) se permite un mejor control y monitoreo de la actividad de caza, asegurando que se respeten los límites y regulaciones establecidos. Además, al disponer de información y localizado se puede implementar medidas correctivas si es necesario.

3.- Se limita correctamente que en las fincas es permitido con lo cual no se ponen en peligro otro hábitat y otras especies que podrían estar vulnerables por cazadores que podrían no respetar las normativas o no estar seguro de las especies que deban cazar.

C) FALTA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA Y CIENTÍFICA:

1.- La elaboración de políticas públicas y en especial las vinculadas a temas ambientales deben ser procesos inclusivos, que incorpore las perspectivas de científicos, técnicos, comunidades locales y el público en general. La participación pública y científica es esencial para tener transparencia y legitimidad.

2.- La participación pública obliga a las autoridades a rendir cuentas y a justificar sus decisiones, lo que reduce el riesgo de corrupción y mala gestión.

D) INCONSISTENCIAS EN LA REGULACIÓN Y CONTROL:

1.- Un plan de caza efectivo debe incluir mecanismos robustos de regulación y control para asegurar que se cumplan las normas y se minimicen los impactos negativos. Esto implica:

a).- Licencias y permisos: implementar un sistema riguroso de licencias y permisos que incluya requisitos claros y verificables para los cazadores. Esto debe ir acompañado de inspecciones regulares y sanciones para quienes violen las regulaciones.

b).- Monitoreo continuo: establecer programas de monitoreo continuo para evaluar el estado de las poblaciones de fauna y el impacto de la caza. Esto debe incluir la participación de organizaciones independientes y el uso de tecnologías modernas como el seguimiento por GPS y drones.

c)- Capacitación y educación: proporcionar capacitación a los cazadores sobre prácticas sostenibles y la importancia de conservar la biodiversidad. La educación ambiental es clave para cambiar actitudes y comportamientos a largo plazo.

III.- CONCLUSIONES:

1.- La Resolución MADES N°38/2024 prácticamente declara todo el territorio paraguayo como sitio de caza, exceptuando únicamente las Áreas Silvestres Protegidas. Esto contradice la Ley de Vida Silvestre que obliga a identificar y habilitar lugares específicos llamados "fincas cinegéticas" para la caza deportiva​​​​.

2.- La Resolución MADES N°38/2024 no cumple con las disposiciones de la Ley de Vida Silvestre en cuanto a la identificación y habilitación de fincas cinegéticas. Esta omisión representa una violación directa de la legislación ambiental paraguaya y pone en riesgo la sostenibilidad de las actividades de caza deportiva en el país.

3.- Es necesario estudiar el impacto de la cacería de animales exóticos y la probable disminución de las poblaciones de presas naturales de animales mayores, ya que una caza descontrolada podría desequilibrar el ecosistema, lo cual inclusive podría provocar un aumento en la depredación de ganado por parte de jaguares y pumas.

4.- La Ley N°96/92 de Vida Silvestre de Paraguay según su Artículo N°39 es claro donde se menciona que cualquier autorización para cazar debe estar fundamentada en estudios científicos que garanticen que la actividad no comprometerá el sistema ecológico en general, por más exótica que sea hoy en día se podría decir de cala conservación de las especies afectadas.

5.- La falta de estos estudios científicos, como se ha evidenciado en el Plan de Caza Deportiva formulado por la Dirección de Vida Silvestre dependiente técnica y científicamente de la Dirección General de Protección y Conservación de la Biodiversidad y ambas administrativamente del MADES, es una omisión grave de las propias autoridades y que de alguna manera debilita la legitimidad del Plan de Casería Deportiva y se subraya la necesidad taxista de una revisión exhaustiva y basada en datos científicos operados técnicamente antes de permitir cualquier actividad de caza.

6.- Desde hace años la Dirección de Vida Silvestre dependiente la Dirección General de Protección y Conservación de la Biodiversidad del MADES; entrega los permisos para cacerías contra especies consideradas plagas y que entendemos que existen años y años de estudios de investigación al respecto, con lo cual algunas especies si tienen justificativa solvente en establecerse una cacería de control.

7.- Para la habilitación nacional de un Plan de Cacería Deportiva consideramos que la Dirección de Vida Silvestre dependiente de la Dirección General de Protección y Conservación de la Biodiversidad del MADES debe revisarse y modificarse de manera urgente sus RESOLUCIONES a la espera de los estudios que sustentan la viabilidad de la cacería de las diversas especies consideradas exóticas, demostrando la cantidad especifica a ser cazadas, los sitios y lugares adecuadas que deben tener sus permisos ambientales correspondientes, y de esa manera las autoridades demostrar que siguen una línea de gestión responsable y sostenible de la caza deportiva.

8.- Existen varios puntos más que resaltar como lo vinculado a otras instituciones de gobierno que rechazaron el propio Plan de Caza Deportiva y que han criticado la inclusión de especies como el búfalo, con lo cual se demuestra la falta de transparencia de la Dirección de Vida Silvestre dependiente científica y técnicamente de la Dirección General de Protección y Conservación de la Biodiversidad del MADES en establecer mecanismos de socialización de iniciativas y que restan veracidad a cualquier plan.

9.- Por último, recordamos que situaciones similares y con mucho menos especies habilitadas han sido motivo por el cual varias Organizaciones No Gubernamentales (ONG) ambientalistas que han levantado su voz crítica ante este tipo de resoluciones.

10.- Pero 0tras Organizaciones No Gubernamentales (ONG) internacionales con sede en Paraguay, sin embargo que siempre hablan de conservación de la biodiversidad y la perdida de los bosques, llama la atención que hoy en día se muestran indiferentes a la situación crítica sobre la vida silvestre, a pesar que por años vienen recibiendo donaciones y gastando miles y millones de dólares y/o euros, para contribuir con la protección  y conservación de la biodiversidad o diversidad biológica en el Paraguay, es necesario que los medios de comunicación les consulte sobre los motivos de su silencio cómplices sobre esta grave situación que afecta la sostenibilidad de la vida silvestre con el mal hecho Plan de Casería Deportiva en Paraguay.

Bibliografía Consultada:

Constitución Nacional (1992): Artículo N°6 De la calidad de vida; Artículo N°7 Del derecho a un ambiente saludable; Artículo N°8 De la Protección Ambiental; Artículo N°38 Del derecho a la defensa de los intereses difusos; y el Artículo N°176: De la política económica y de la promoción del desarrollo.

Política Ambiental Nacional (PAN) del Paraguay: es el conjunto de objetivos, principios, criterios y orientaciones generales para la protección del ambiente de una sociedad. Establece los criterios de transversalidad que orientarán las políticas sectoriales. La gestión ambiental una función eminentemente pública, existe una responsabilidad individual y colectiva que requiere el compromiso y la participación de toda la sociedad civil.

Ley Nº96/92 De Vida Silvestre: Esta Ley declara de interés social y de utilidad pública la protección, manejo y conservación de la Vida Silvestre del país.

Ley Nº352/94 De Áreas Silvestres Protegidas: objeto es fijar normas generales por las cuales se regulará el manejo y la administración del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del país.

Ley Nº1.561/00 – “Que crea el Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM), el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), la Secretaría del Ambiente (SEAM): que tienen por objeto crear y regular el funcionamiento de los organismos responsables de la elaboración, normalización, coordinación, ejecución y fiscalización de la política y gestión ambiental nacional.

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Medio Ambiente

El medio ambiente debe ser considerado como parte integral y armónica del conjunto de tareas que garanticen el desarrollo sostenible de un país como Paraguay (Molinas 2006).

El problema de la sostenibilidad es en el fondo un problema de desarrollo, de erradicación de la pobreza, de educación colectiva, de mentalidad y hábitos sociales, de cultura política, de mecanismos institucionales que incorporen la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones, de nuevas formas de producir y de consumir, de equidad y cooperación en las relaciones internacionales, se trata, en suma, de colocar al ser humano en el centro de nuestras preocupaciones, porque si las personas no están protegidas, la naturaleza tendrá, entonces, pocas oportunidades.

Para avanzar verdaderamente hacia el desarrollo sostenible debemos asumir nuestra responsabilidad local con enfoque global en la lucha que la humanidad esta encarando por preservar en el largo plazo los ciclos vitales de la vida de los que depende la existencia misma del ser humano sobre la tierra, debemos hacer un esfuerzo local con perspectiva global (Molinas 2008).

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