Ing. Agr. (M.Sc.) (H.Cs) Alfredo S. Molinas M.; Como Asesor Agroambiental, como Ex ministro de Ambiente y Ex Ministro de Agricultura y Ganadería de Paraguay, Actualmente Asesor de la Presidencia de la Universidad San Carlos (USC), estamos presentando “LOS OBJETIVOS Y ALCANCES DEL CONTENIDO DE UN COMPENDIO TÉCNICO AGROAMBIENTAL DE PARAGUAY – 2025”; para el debate y discusión de los visitantes de este BLOG.
Los datos oficiales a nivel país,
describe que la cobertura forestal boscosas a nivel nacional de unos 15.117.473
Has aproximadamente; de los cuales unas 3.019.299 Has de Bosques Nativos están
en la Región Oriental, y unos 12.098.174 Has de Cobertura Vegetal con Estratos
Boscosos se halla en el Chaco paraguayo, todos estos datos hasta el año 2019.
Podemos analizar que en la Región Oriental entre el 2015 al 2019 se
DEFORESTARON en forma totalmente ilegal unas 19.274 Has, con objetivo de usos
para el cultivo ilegal de la marihuana y específicamente mayoritariamente en
las Áreas Silvestres Protegidas (ASP), es decir, siendo los más afectados
los parques nacionales San Rafael y San Luis, Reservas privadas como Campos
Morombí y Reserva Mbaracayú.
En misma publicación señala que en la
Región Oriental y Occidental o Chaco el monitoreo forestal de los “Cambios de
Usos de las Tierras y la Conservación de los Bosques Nativos en la Región
Oriental y la Cobertura Vegetal Con Estratos Boscosos Nativos de la Región
Occidental” realizado por el INFONA indica que desde agosto del 2017 a agosto
del 2018 ocurrió una DEFORESTACIÓN ilegales de unas 10.278 Has en la Región
Oriental, donde rige la Ley de Deforestación Cero, señalando como las causas
deforestar para sembrar los cultivos ilegales, y asociados las agro-ganadería e
invasiones comprometen en todo momento a la tala, raza y quema de los bosques nativos. En tanto que,
en el Chaco, el cambio de uso de suelo fue de 255.312 Has de los cuales cerca
del 24% sin permiso calificado como DEFORESTACIÓN ilegal por el INFONA.
B.- Situación de la Cobertura Forestal de la
Región Oriental:
La Región Oriental, que es donde se
desarrolla la mayor parte de las actividades económicas del país, incluyendo la
producción agropecuaria y las extracciones para el aprovechamiento de los
productos forestales, por tanto, en esta Región Oriental las actividades y sus
cadenas de valor productivas ocupan el 40% del territorio nacional y alberga el
97% de la población.
En esta Región Oriental los recursos
forestales son asociaciones de ecosistemas conocidos como “Selva Central y
Selva del Alto Paraná”, cuyos recursos forestales son de distribución continua,
con árboles altos y un dosel dominante, con árboles de 25 a 35 metros de
alturas, formaciones distribuidas sobre los mejores suelos del país; suelos
preferentemente para los usos y manejos para fines agrícolas primero y en
segundo lugar para usos pecuarios, donde esta categoría de uso es la más
susceptible a los cambio de usos, ya que es aprovechada para la producción de
madera de aserrío y para la habilitación de estas tierras para el uso y manejo
agropecuario.
La fisiografía en la Región Oriental
aún presenta algunos relictos de bosques altos nativos, pero fragmentados y degradados, conformados por
asociaciones forestales de composición de árboles muy similares a los: a).-
Bosques Nativos continuos, donde están las especies forestales más
económicamente valiosas que fueron prácticamente suprimidas; y, b).- Los
Bosques Nativos, que están dominados por aquellos como estratos intermedios,
que presentan árboles que varían entre los 15 a 25 metros de altura, que también
sufrieron la degradación por consecuencia de la gran presión ejercida por la
agricultura, la ganadería y el aprovechamiento forestal intensivo.
En
la Tabla N°1 nos muestra que en el año 1973 se tenía en la Región Oriental
una superficie 6.842.175 de Has de Bosques Nativos año que se promulga Ley
N°422/73 “Forestal” que crea el SFN hoy nominado como INFONA donde empieza el proceso de DESMONTES considerados
legales y/o DEFORESTACIÓN considerados ilegales sobre los Bosques Nativos de la
Región Oriental del Paraguay.
Tabla N° 1: Cambios de Uso de la Tierra y la Conservación de los Bosques
Nativos de la Región Oriental Períodos Años 1973 a 2021
|
Total, superficie Región
Oriental |
Bosques 1973 |
Bosques 1986 |
Bosques 2002 |
Bosques diciembre 2004 |
Bosques 2021 |
|
15.982.700 |
6.842.175 |
5.599.410 |
3.262.981 |
2.559.811 |
2.416.798 |
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Fuente:
Análisis Geoespacial: Federico Pekholtz (EFEPEK)
2021 |
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Para el
período entre 1963 y 1973 la problemática de los DESMONTES legales hoy llamados
DEFORESTACIÓN ilegales, se intensifica desde 1963 cuando fueron promulgadas 2
(dos) leyes, la Ley Nº852/63 que crea el “IBR”, y la Ley Nº854/63 que establece
el “Estatuto Agrario”; con esta institución y el marco legal el Gobierno y el
Estado paraguayo, empezó incentivar y legalizar ocupaciones de hecho en varios
Departamentos del país, impulsó además un proceso de colonización hacia los
ejes este y norte del país denominado la “MARCHA HACIA EL ESTE” (décadas del
`60 y `70), y se crearon nuevas colonias con miles de lotes ganaderos y
agrícolas habilitados sobre Bosques Nativos, pasando de 130.443 propiedades
rurales existentes en el país en los años 1960 a 258.281 en 1980.
Imagen N° 4: Desmontes Legales Producto de las
Colonizaciones y Asentamientos Rurales en el Marco de la LEY Nº852/63 – IBR y
la LEY Nº854/63 – ESTATUTO AGRARIO
En síntesis,
podemos decir que desde 1963 a 1973 que se promulga la Ley N°422/73 “Forestal”
que en estas décadas se dio un intenso proceso de DESMONTES legales por estar
promovidos por las instituciones del Gobierno y Estado paraguayo, pero que hoy
son de forma equivocada políticamente son señalados como DEFORESTACIÓN e
ilegales, esto ocurría en su momento especialmente por la ausencia de
políticas, instituciones entendidas e instrumentos jurídicos forestales y nada
de ambientales adecuados para el control, uso y manejo racional de los Bosques
Nativos e inclusive el uso racional de las tierras existentes en su momento.
Gráfico N° 1: Cambios Cobertura Forestal de los Bosques Nativos de la
Región Oriental Períodos Años 1986 a 2021. Fuente: Análisis Geoespacial - Federico
Pekholtz (EFEPEK) 2021
Este análisis geoespacial nos ilustra
que en 1973 existía una 6.842.175 Has de cobertura de Bosques Nativo y que para
1986 se redujo a una superficie de 5.599.410 Has de Bosques Nativo de la Región
Oriental, es decir en el año 1973 se tenía el 64% de Bosque Nativo conservado y
para 1986 se redujo al 39% de toda la superficie total del territorio de la
Región Oriental del Paraguay. Es importante puntualizar que para este período
de 1973 al 1986 ya estaba vigente la Ley N°422/73 “Forestal” cuyo artículo
Nº42 establece que hasta hoy “Todas las propiedades rurales de más de 20 (veinte)
hectáreas en zonas forestales deberán mantener el 25% de su área de bosques naturales.
En caso de no tener este porcentaje mínimo, el propietario deberá reforestar
una superficie equivalente al 5% de la superficie del predio”.
En este período 1973 al 1986 los
DESMONTES legales y/o de DEFORESTACIÓN ilegales según la Ley N°422/73
“Forestal”, se caracterizó porque las instituciones del Gobierno distribuyeron
aproximadamente 1.300.000 Has de tierras fiscales en el marco y para la Reforma
Agraria y/o para el Desarrollo Rural, principalmente en la Región Oriental y
sobre propiedades ocupadas en su totalidad eran territorios con Bosques
Nativos, pero al año 2021 de las tierras distribuidas un alto porcentaje siguen
siendo propiedades fiscales de dominio del INDERT ex-IBR e IRA, así como las
tierras distribuidas con deuda de los beneficiarios de la reforma agraria por
sus derecheras.
Este análisis geoespacial además nos
indica que estando vigente la Ley N°422/73 “Forestal” en 1986 se tenía
conservado unos 5.599.410 Has de Bosques Nativos sobre el total del territorio
de la Región Oriental, pero que para el año 2002 se redujo está superficie de
Bosque Nativo a 3.262.981 Has; quedando para ese período en el 2002 un 39% de
Bosque Nativos sobre el total del territorio de la Región Oriental del país.
En el período de 1973 a al 2002 podemos
certificar que se caracterizó por la expansión de la frontera ganadera y
agrícola sobre territorios preferentemente ocupados los Bosques Nativos de la
Región Oriental, donde el uso de la tierra era un proceso de fragmentación de
los hábitats o ecosistemas naturales utilizando el conocimiento de técnicas en
la ganadería y la del momento, como la mayor uniformidad genética, la creciente
demanda productos forestales (madera, leña y carbón vegetal), así como materia
prima para la construcción y la producción de bienes, En este período de 1973
al 2002 también se distribuyeron aproximadamente 1.000.000 Has de tierras
fiscales para la reforma agraria y/o el desarrollo rural y todos ellos
preferentemente sean asentamientos o colonizaciones públicas o privadas sobre
propiedades con preferencia con Bosques Nativos.
Imagen N° 5: Región
Oriental la Demanda de Subproductos Forestales como ser la Madera, Leña y
Carbón vegetal
Entre los años del 2002 al 2004 la
superficie de Bosque Nativo se redujo unas 2.559.811 Has, pero conservado como
Bosques Nativos un 32% del total del territorio de la Región Oriental; un tema
no menor es que en este período se promulga la nueva Constitución Nacional –
1992, pero que igual se siguió invadiendo y ocupando territorios con Bosques
Nativos, por medio de la colonización y/o asentamiento campesinos sobre y/o con
Bosques Nativos de la Región Oriental, además bajo el amparo legal de estas
instituciones como IBR creadas en 1963 y su Estatuto Agrario creada y promulgas
en 1963; así como el SFN hoy INFONA, inclusive se debe considerar el
acrecentamiento de las ocupaciones ilegales por invasiones y para la
plantaciones de cultivo ilegales.
Desde 1989 hasta finales del 2002 al
2004 se siguió produciendo numerosas ocupaciones y/o invasiones de propiedades
privadas ocupando especialmente la tierras con sus Bosques Nativos, por parte
de grupos denominados de “campesinos sin tierras”, quienes, con la intención de
hacerse de un pedazo de tierra propia, ocupaban propiedades privadas a las que
denominan latifundios de supuestas tierras improductivas o tierras mal habidas,
generando cada vez más críticas crispaciones sociales preferentemente en los Departamentos
de Alto Paraná, San Pedro, Caaguazú e Itapúa.
No obstante, en el 2002 se promulgó el
nuevo Estatuto Agrario y en el 2004 se creó una nueva institucionalidad para la
reforma agraria ejecutiva denominada INDERT, cuya función es identificar los
problemas relacionados con la tierra y coordinar la tan necesitada reforma
agraria integral, a casi 2 (dos) décadas, los mismos problemas continúan en el
sector agro-rural por la falta de liderazgo y voluntad política para resolver
los problemas de arraigo y competitividad en el sector rural. La inequidad estructural debido a las
consecuentes ocupaciones del territorio y al fomento de la deforestación y la
explotación forestal irracional para la habilitación de tierras para la
agricultura y la ganadería, han dado como resultado una agricultura dual,
minifundiaria y empresarial moderna.
La
promulgación de la Ley N°2524/04 a finales de diciembre del 2004 que determina
un hito forestal porque exige legalmente la “Prohibición en la Región Oriental
de las Actividades de Transformación y Conversión de Superficies con Cobertura
de Bosques”, ha permitido que las unidades productivas de cualquier escala
aprovechen sus recursos naturales sin utilizar aquellos espacios territoriales
con cobertura boscosas nativas. Antes de la vigencia de esta Ley, mal
denominada de deforestación cero, la Tasa de deforestación era de 130.000
Has/año, la que, luego de su promulgación y puesta en vigencia, entre Diciembre
del 2004 al 2008 disminuyó la tasa de deforestación significativa según datos
oficiales en un 85%, logrando premio internacional.
En este marco legal existe una
definición legal y técnicas de Bosque
Nativo en la Ley N°2524/2004 de “Prohibición en la Región Oriental de
las Actividades de Transformación y Conversión de Superficies con Cobertura de
Bosques” – MAL LLAMADA LEY DE
DEFORESTACIÓN CERO, vigente actualmente desde el año 2004 y hoy ampliada su
vigencia hasta año del 2030; que en su Artículo Nº5: establece que Bosque
Nativo en la Región Oriental del país es: “Ecosistema nativo o autóctono,
intervenido o no, regenerado por sucesión natural u otras técnicas forestales,
que ocupa una superficie mínima de 2 (dos) hectáreas, caracterizadas por la
presencia de árboles maduros de diferentes edades, especies y porte variado,
con uno o más doseles que cubran más de 50% (cincuenta por ciento) de esa
superficie y donde existan más de sesenta árboles por hectárea de quince o más
centímetros de DAP”.
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