Como
Asesor Agroambiental de la UGP – Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M. y en base
conversaciones con expertos en los temas de cambio climático, he creído
conveniente realizar el Artículo N°3 que continua con la exposición de
circunstancias que conciernen a las Emisiones de Gases Efecto
Invernadero (GEI) que continuamente relacionan a la producción agropecuaria
y forestal.
1.- INTRODUCCIÓN:
Desde hace varios años que publicamos que los cálculos de las Emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI) que se hacen en país tienen algunos errores conceptuales y vacíos de información que no reflejan la realidad del país. Por tanto, en este artículo mencionamos directamente que deben ser revisado todo material de cambio climático publicado en los últimos tres a cuatro años, a fin de ver si coinciden con las urgencias reales del país. Así mismo, urgentemente hacer los ajustes en la última Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) publicada en el 2021 y que habíamos advertido que estaba mal construido ya que las medidas que citaban en la agropecuario no tenían una base científica real y confundieron gravemente a las buenas prácticas y medidas de eficiencia productiva como si fueran medidas de mitigación.
La propia Convención de Cambio Climático menciona que; “Al llevar a la práctica los compromisos, las Partes estudiarán a fondo las medidas que sea necesario tomar en virtud de la Convención, inclusive medidas relacionadas con la financiación, los seguros y la transferencia de tecnología, para atender a las necesidades y preocupaciones específicas de las Partes que son países en desarrollo derivadas de los efectos adversos del cambio climático o del impacto de la aplicación de medidas de respuesta, en especial de los países siguientes: a), b), c)….; i) Los países sin litoral”
Así mismo dicha
convención dice que: ….las prioridades ambientales deberían reflejar el
contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican, y que las normas
aplicadas por algunos países pueden ser inadecuadas y representar un costo
económico y social injustificado para otros países, en particular los
países en desarrollo.
Como ya
mencionamos en el artículo anterior resaltamos nuevamente que de acuerdo al Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC)
el sector agropecuario es responsable únicamente del 14% de las Emisiones de Gases
de Efecto Invernadero (GEI) y Paraguay emite el 0,09% de las emisiones
globales.
2.- DISCUSIÓN
– Exposición de los datos Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible
(MADES):
Para esta
discusión del tema hemos accedido al último documento Borrador Final del
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) que esta por ser
publicado que se llama Cuarta Comunicación Nacional y que contienen la
información del nuevo Inventario de Gases de Efecto
Invernadero (GEI). Para este artículo nos orientamos en lo que respecta al
llamado Potencial de Calentamiento Global (PCG) que
sería el valor que se usa para transformar las emisiones de N2O (óxido nitroso)
y CH4 (metano) a un valor de CO2eq.
En el documento
se puede apreciar como el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES)
comenzó a usar a nuevos valores que según ellos son producto de “mejoras
metodológicas”, sin embargo, no son explicadas correctamente como se llegan a esas
mejoras y quienes la construyeron. Justamente esa “mejora metodológica” da como
resultado un aumento del 30% de las emisiones de la agricultura y ganadería.
Citamos a
continuación tal cual lo que menciona en algunas secciones sobre la producción
en el capítulo sobre emisiones del sector agricultura y ganadería:
a).- Paraguay
ha aplicado los Potencial de Calentamiento Global (PCG)
del AR5 para hacer compatibles los resultados de su Inventario de Gases de
Efecto Invernadero (INGEI) con otros reportes nacionales relacionados con
Gases de
Efecto Invernadero (GEI), como por ejemplo la actualización de las Contribuciones
Determinadas a Nivel Nacional (NDC) reportada en el año 2021, y otros. Así como
también para implementar los Potencial de Calentamiento Global (PCG) que serán
utilizados en los próximos inventarios, como los informes bienales de
transparencia (BTR por sus siglas en inglés).
b).- Actualmente,
ya se encuentra publicado el Sexto Informe de Evaluación del Panel
Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC) (AR6, por sus siglas en inglés),
el cual presenta una nueva métrica GWP* que propone que el metano es un gas de
vida corta en la atmósfera. Paraguay se encuentra investigando al respecto con
el fin de reportar también las emisiones de Gases
Efecto Invernadero (GEI) con esta nueva métrica.
c).- Además,
menciona que “cada Parte podrá utilizar otros sistemas de medición (por
ejemplo, el potencial de cambio de la temperatura media mundial) para
proporcionar información adicional sobre las emisiones y absorciones agregadas
de Gases Efecto Invernadero (GEI), expresadas en CO2 eq. Por lo tanto, las
emisiones de Gases
Efecto Invernadero (GEI) pueden calcularse con distintas métricas de
equivalencias en CO2, y a modo de información adicional, en el presente Inventario
de Gases Efecto Invernadero (INGEI) se estimaron las emisiones del año 2019 con
la métrica de potencial de cambio de la temperatura media global (GTP, por sus
siglas en inglés) del AR5.
3.- DISCUSIÓN
– Análisis acerca de los datos Ministerio del Ambiente
y Desarrollo Sostenible (MADES):
Para
contextualizar mejor, explicamos que es el Potencial de Calentamiento Global o
PCG; “es una medida relativa de cuánto calor puede ser atrapado por un
determinado gas de efecto invernadero, en comparación con un gas de referencia,
por lo general dióxido de carbono”, es decir, en términos de cambio climático
se usa para valores cuantificar el valor un gas en términos de CO2 equivalente;
Gas |
PCG - AR2 |
PCG - AR5 |
PTG – AR5 |
Dióxido de carbono |
1 |
1 |
1 |
Metano |
21 |
28 |
4 |
Óxido nitroso |
310 |
265 |
234 |
Con este cuadro lo que vemos de ejemplo es que; según el PCG-AR2 1CH4 atrapa 21 veces más calor que 1CO2. Que según el PCG-AR5 1CH4 atrapa 28 veces más calor que 1CO2. Es decir, la elección y el uso del AR5 por sobre el AR2, daría como mínimo un aumento directo de 33% en los cálculos finales de las emisiones de Metano cuando estas sean representadas en CO2 equivalente.
También podemos ver en la tabla el valor denominado PTG que significa “Potencial de cambio de la temperatura media mundial” donde 1 CH4 = 4 CO2eq.
Vemos así que una de las mejoras mencionadas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) es el avance al uso del AR5. Pero una pregunta que queda en la duda es porque decidieron migrar al AR5, y si es así, porque utilizan el valor PCG-AR5→(1CH4 = 28CO2eq) por sobre el PTG-AR5→(1CH4 = 4CO2eq).
Vemos que hay dos decisiones que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) hizo caso omiso:
1.-Si hubiesen usado el valor del PCG-AR2, las emisiones del Sector Agricultura y Ganadería serian como mínimo un 30% menor a lo que hoy se está reportando.
2.- Si hubiesen usado el valor del PTG-AR5, las emisiones del Sector Agricultura y Ganadería serian como mínimo 75% menor a lo que hoy se está reportando.
Es decir, de entre las 3 (tres) opciones que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) tenía para hacer el reporte de emisiones del sector agropecuario, utilizó justamente el que atribuye la mayor cantidad de emisiones al sector y omite en forma deliberada una sinceridad técnica metodológica de aceptar que en sus cálculos no se realiza un BALANCE REAL DEL CARBONO.
4.- CONCLUSIÓN:
Con
las publicaciones realizadas sobre este tema hemos demostramos que estos
inventarios de Gases de Efecto Invernadero (GEI) del Ministerio del Ambiente y
Desarrollo Sostenible (MADES) carecen de una contabilidad real de emisiones y
se basa únicamente en cuantificación de emisiones. Tener cálculos con grandes
errores y vacíos y con supuestos generalizados no puede ser la base para la
creación de políticas de largo plazo para el Paraguay.
Es
inconcebible seguir la línea del Ministerio del Ambiente y Desarrollo
Sostenible (MADES) donde únicamente crean acciones de mitigación cuando el
propio Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2030, menciona claramente que:
“En
cuanto al cambio climático, al ser Paraguay un país de bajas
emisiones, tan solo el 0,1 % del total del planeta, el país ha
establecido como prioridad la adaptación, debido a la alta
vulnerabilidad nacional y sus impactos a los grupos sociales y ecosistemas más
vulnerables, incluyendo al sector productivo, el cual es altamente dependiente
al clima y sus variaciones”
También hay que
recordar que, de acuerdo a la Ley de cambio climático de Paraguay, la comisión
nacional de cambio climático es “consultiva” y “deliberativa”, por tanto, si
bien es un espacio de discusión técnica, social y política del tema, sus
decisiones no son vinculantes para el país ni para las instituciones que
aprueben o rechacen un tema. Los documentos del país se aprueban o rechazan en
los propios ministerios, congreso nacional o poder ejecutivo. Dicha comisión no
tiene mandato legal para aprobar o rechazar un documento más allá de recomendar
la aprobación o rechazo de algo.
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