20 jun 2024

PROCESOS Y CARACTERISTICAS DE LAS RESERVAS DE LAS BIOSFERA BAJOS LAS NORMAS DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO) – Parte – II – Junio del 2024

Ing. Agr. (M.Sc.) Alfredo S. Molinas M.; Con experiencia en temas agroambientales y como Exministro de Ambiente y también de Agricultura y Ganadería de Paraguay, nos propusimos realizar un breve análisis sobre los “PROCESOS Y CARACTERISTICAS DE UNA RESERVA DE LA BIOSFERA BAJO LAS NORMAS DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO)”; con el objeto de abrir el debate y la discusión técnica con los visitantes de este BLOG.

I.- CARACTERISITICAS DE UNA RESERVA DE LA BIOSFERA – UNESCO:

1.- Las Reservas de Biosfera no tienen un estatus jurídico propio:

1.1.- Esta característica constituye a la vez una fortaleza y una debilidad que permite una relativa flexibilidad y la puesta en práctica de nuevas ideas en una variedad de contextos.

1.2.- La gestión de reservas de biosfera no depende solamente de la aplicación de reglas y reglamentos para la realización de actividades específicas, salvo cuando estas existen para la estructura a cargo del sitio.

1.3.- Al contrario, la gestión de reservas de biosfera si cuentan con el convencimiento de las comunidades locales y en obtener así sus apoyos antes de realizar cualquier acción bajo la denominación del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB).

1.4.- De esta forma, la existencia de una reserva de biosfera puede facilitar la convivencia de distintas estructuras relacionadas con determinada parcela de tierra. 

1.5.-No obstante, las reservas de biosfera son designadas en base a propuestas de los gobiernos y una evaluación internacional a través de la UNESCO.

1.6.- Estas propuestas son procedimiento que implica que las autoridades públicas nacionales e internacionales se comprometen a poner en práctica el concepto de reserva de biosfera en el marco de los estatutos de la UNESCO. 

2.- Las Reservas de Biosfera tienen un sistema de zonificación:

2.1.- Las distintas funciones de la Reserva De Biosfera: Conservación del patrimonio   cultural y natural, desarrollo sustentable, apoyo logístico a la investigación, observación permanente, educación y capacitación; de   organizan   y realizan a través de un “Sistema de Zonificación”. 

2.2.- Las “ÁREAS NÚCLEO TIENEN PROTECCIÓN LEGAL” a largo plazo para conservar la diversidad biológica, vigilar ecosistemas relativamente sin perturbación y realizar investigación no manipulativa y otras actividades pasivas como la educación. La zona tampón o de amortiguación circunda o es adyacente a la o las áreas núcleo y la o las protege de los impactos humanos.

2.3.- Se realizan actividades “ECOLÓGICAMENTE VIABLES” tales como la investigación, capacitación y educación, así como ciertas formas de recreación y usos adecuados de los recursos naturales renovables. El área de transición, también llamada área de cooperación, contiene varias actividades humanas.

2.4.- Es el lugar donde se aplican varios “MODELOS DE DESARROLLO SUSTENTABLE” cuando las comunidades locales, agencias de conservación, científicos, asociaciones civiles, grupos culturales, empresas privadas y otros actores trabajan en conjunto para administrar y desarrollar los recursos de la región.

2.5.- Es el lugar donde el “PROYECTO DE RESERVA DE BIOSFERA” es diseminado a través de la cooperación entre el administrador de Reserva De Biosfera, las autoridades locales, propietarios, investigadores, administraciones locales y nacionales y otros actores. Esta zona generalmente es más grande que las otras zonas y sus límites exteriores no necesariamente están claramente definidos y pueden cambiar de acuerdo con los asuntos en curso.

2.6.- Puede justificar la intervención de la estructura de gestión en un área más allá de su competencia administrativa en el caso necesario. Las   ZONAS   DE   AMORTIGUACIÓN   Y   DE   TRANSICIÓN   también   pueden   servir   como   corredores   y   para   asegurar   el   funcionamiento   ecológico   de   las áreas núcleo. Así la práctica de gestión de la RESERVA DE BIOSFERA debe considerar la diversidad biológica de las áreas de amortiguación y de transición.

II.- MARCO ESTATUTARIO DE LAS RESERVA DE LAS BIOSFERAS DE LA UNESCO:

1.- En el marco del “Programa de la UNESCO sobre el Hombre y la Biosfera (MAB)”, las reservas de biosfera han sido establecidas para promover y demostrar una relación equilibrada entre los seres humanos y la biosfera.

2.- Las reservas de biosfera son designadas por el Consejo Internacional de Coordinación del Programa MAB apetición del Estado interesado. Las reservas de biosfera, cada una de las cuales está sujeta a la soberanía exclusiva del Estado en la que está situada y por lo tanto sometida únicamente a la legislación nacional y forman una “Red Mundial en la cual los Estados participan de manera voluntaria”.

3.- El Marco Estatutario de la UNESCO está destinado a contribuir a extender el reconocimiento de las reservas de biosfera y a alentar y promover ejemplos de buen funcionamiento. En este enfoque básicamente positivo, el procedimiento de supresión de la lista tendría que ser excepcional y debería aplicarse únicamente después de un minucioso examen, atendiendo debidamente a la situación cultural y socioeconómica del país, y tras consultar con el Gobierno interesado.

Zona Núcleo Médanos del Chaco como Área Silvestre Protegida (ASP) en Paraguay – Reserva de la Biosfera del Chaco – 2018

4.- El presente “Marco Estatutario de la Red Mundial de Reservas de Biosfera” ha sido formulado con los objetivos de ampliar la eficacia de las diversas reservas de biosfera y fortalecer el conocimiento mutuo, la comunicación y la cooperación en los planos regional e internacional. El texto comprende disposiciones para la designación, el apoyo y la promoción de reservas de biosfera, teniendo en cuenta la diversidad de las situaciones nacionales y locales.

5.- Se insta a los Estados a elaborar y poner en práctica criterios nacionales para las reservas de biosfera que tengan en consideración las condiciones particulares del Estado interesado. “INTRODUCCIÓN© Shouf Biosphere Reserve/UNESCO SOBRE EL PROGRAMA MAB Creado en 1971, el Programa sobre el Hombre y la Biosfera” desarrolla las bases, dentro de las ciencias naturales y sociales, para el uso racional y sostenible y la conservación de los recursos de la biosfera y para la mejora de la relación general entre las personas y su entorno.

6.- Su Red Mundial de Reservas de la Biosfera cuenta con 701 sitios de excelencia en 124 países, incluidos 21 sitios transfronterizos. Las reservas de la biosfera están diseñadas para tratar una de las cuestiones más importantes a las que se enfrenta el mundo hoy en día: ¿Cómo podemos conciliar la conservación de la biodiversidad, la búsqueda del desarrollo económico y social y el mantenimiento de los valores culturales asociados?:

ARTÍCULO N°1: DEFINICIÓN

Las reservas de biosfera son zonas de ecosistemas terrestres o costeros/marinos, o una combinación de los mismos, reconocidas en el plano internacional como tales en el marco del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) de la UNESCO, de acuerdo con el presente Marco Estatutario.

Las reservas de biosfera constituirán una red mundial, conocida como Red Mundial de Reservas de Biosfera, llamada en adelante la Red.2. La Red constituirá un instrumento para la conservación de la diversidad biológica y el uso sostenible de sus componentes, contribuyendo así a alcanzar los objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica y de otros acuerdos e instrumentos pertinentes.

Cada reserva de biosfera quedará sometida a la jurisdicción soberana de los Estados en que está situada. En virtud del presente Marco Estatutario, los Estados adoptarán las medidas que consideren necesarias, en el marco de su legislación nacional. Las reservas de biosfera, combinando las tres funciones que se exponen a continuación, deberían procurar ser lugares de excelencia para el ensayo y la demostración de métodos de conservación y desarrollo sostenible en escala regional:

ARTÍCULO N°2: Red Mundial de Reservas de Biosfera

Prestar apoyo a los proyectos de demostración, de educación y capacitación sobre el medio ambiente y de investigación y observación permanente en relación con asuntos locales, regionales, nacionales y mundiales de conservación y desarrollo sostenible. Fomentar un desarrollo económico y humano sostenible desde los puntos de vista sociocultural y ecológico.

ARTICULO N°3: Funciones:

CONSERVACIÓN: Contribuir a la conservación de los paisajes, los ecosistemas, las especies y la variación genética.

DESARROLLO: Fomentar un desarrollo económico y humano sostenible desde los puntos de vista sociocultural y ecológico.

DESARROLLO LOGISTICO:  Prestar apoyo a los proyectos de demostración, de educación y capacitación sobre el medio ambiente y de investigación y observación permanente en relación con asuntos locales, regionales, nacionales y mundiales de conservación y desarrollo sostenible.

ARTÍCULO N°4: CRITERIOS

Los criterios generales que ha de satisfacer una zona para ser designada reserva de biosfera son los siguientes:

1.- Contener un mosaico de sistemas ecológicos representativo de regiones biogeográficas importantes, que comprenda una serie progresiva de formas de intervención humana.

2.- Tener importancia para la conservación de la diversidad biológica.

3.- Ofrecer posibilidades de ensayar y demostrar métodos de desarrollo sostenible en escala regional.

4.- Tener dimensiones suficientes para cumplir las tres funciones de las reservas de biosfera definidas en el Artículo 3.

5.- Cumplir las tres funciones mencionadas mediante el siguiente sistema de zonación:

(a) una o varias zonas núcleo jurídicamente constituidas, dedicadas a los objetivos de conservación de la reserva de biosfera, de dimensiones suficientes para cumplir tales objetivos;

(b) una o varias zonas tampón claramente definidas, circundantes o limítrofes de la (s) zona (s) núcleo, donde sólo puedan tener lugar actividades compatibles con los objetivos de conservación;

(c) una zona exterior de transición donde se fomenten y practiquen formas de explotación sostenible de los recursos.

6.- Disponer de sistemas organizativos que faciliten la integración y participación de una gama adecuada de sectores, entre otros autoridades públicas, comunidades locales e intereses privados en el diseño y la ejecución de las funciones de la reservade biosfera.

7.- Haber tomado, además, medidas para dotarse de:

(a) sistemas de gestión de los usos humanos y las actividades en la(s) zona(s)tampón;

(b) una política o planes de gestión para la zona en su calidad de reserva de biosfera;

(c) una autoridad o dispositivo institucional encargado de aplicar esa política o esos planes;

(d) programas de investigación, observación permanente, educación y capacitación.

ARTÍCULO N°5: Procedimiento de Designación

1.- Las reservas de biosfera serán incluidas en la Red Mundial mediante designación efectuada por el Consejo Internacional de Coordinación (CIC) del Programa MAB con arreglo al siguiente procedimiento:

Los Estados, por intermedio de los Comités Nacionales para el MAB cuando proceda, presentaran a la Secretaría sus propuestas de designación, con la correspondiente documentación justificativa, tras haber identificado los lugares potenciales que se ajusten a los criterios expuestos en el Artículo 4;

La Secretaría verificará el contenido del expediente y la documentación; en caso de que la propuesta esté incompleta, solicitará información complementaria al Estado que la presenta;

Las propuestas serán examinadas por el Comité Consultivo sobre Reservas de Biosfera, que presentará una recomendación al CIC;

El CIC del Programa MAB decidirá respecto de la designación. El/La director/a General de la UNESCO comunicará al Estado interesado la decisión del CIC.1234Art.7Participación en la Red1.

2.- Se insta a los Estados a examinar y mejorar la situación y el funcionamiento de las reservas de biosfera existentes, y a proponer su extensión si procede, a fin de que puedan funcionar cabalmente en la Red. Las propuestas de extensión deberán seguir el procedimiento aplicable a las nuevas designaciones.

3.- Las reservas de biosfera que hayan sido designadas antes de la adopción del presente Marco Estatutario serán consideradas parte de la Red. Por lo tanto, quedarán sujetas a las disposiciones del Marco Estatutario.

ARTÍCULO N°6: DIVULGACIÓN

1.- El Estado y la autoridad correspondiente divulgarán adecuadamente la designación de la zona como reserva de biosfera, entre otras cosas mediante placas conmemorativas y la difusión de materiales de información.

2.- Se divulgará de manera permanente y adecuada la integración de la reserva de biosfera a la Red, así como sus objetivos.

ARTÍCULO N°7: PARTICIPACIÓN EN RED

1.- Los Estados favorecerán las actividades cooperativas de la Red o participarán en ellas, por ejemplo, en la investigación científica y la observación permanente en los planos mundial, regional y subregional.

2.- Las autoridades competentes deberían facilitar los resultados de las investigaciones, las publicaciones correspondientes y otros datos a fin de garantizar el funcionamiento adecuado de la Red y aprovechar al máximo los beneficios derivados del intercambio de información.

3.- Los Estados y las autoridades competentes, en cooperación con otras reservas de biosfera de la Red, deberían fomentar la educación y la capacitación relativas al medio ambiente, así como la formación de recursos humanos.

ARTICULO N°8: Subredes Regionales y Temáticas

Los Estados deberían propiciar la constitución y el funcionamiento cooperativo de subredes regionales y/o temáticas de reservas de biosfera, y fomentar, en el marco de esas subredes, el intercambio de información, entre otras cosas por medios electrónicos.

ARTÍCULO N°9: REVISIÓN PERIODICA

1.- La situación de cada reserva de biosfera debería ser revisada cada diez años sobre la base de un informe preparado por la autoridad competente con arreglo a los criterios enumerados en el Artículo 4, y remitido a la Secretaría por el Estado interesado.

2.- El informe será sometido al Comité Consultivo sobre Reservas de Biosfera para que emita una recomendación destinada al CIC. 3. El CIC examinará los informes periódicos de los Estados interesados.

4.- Si el CIC considerara que la situación o la gestión de la reserva de biosfera es satisfactoria, o que ha mejorado desde la designación o la última revisión, lo reconocerá oficialmente.

5.- Si el CIC estimara que la reserva de biosfera ha dejado de cumplir los criterios expuestos en el Artículo 4, podrá recomendar que el Estado interesado adopte medidas para ajustarse a las disposiciones de dicho Artículo 4, teniendo en cuenta el contexto cultural y socioeconómico del Estado interesado. El CIC indicará a la Secretaría las maneras en que podría ayudar al Estado interesado a poner en práctica esas medidas.

6.- Si el CIC estimara que la reserva de biosfera de que se trata todavía no cumple los criterios expuestos en el Artículo 4, dentro de un plazo razonable, la zona dejará de ser considerada una reserva de biosfera perteneciente a la Red.

7.- El/La Director/a General de la UNESCO comunicará al Estado interesado la decisión del CIC.

 8.- Si un Estado deseara retirar de la Red una reserva de biosfera que esté bajo su jurisdicción, lo notificará a la Secretaría. La notificación será transmitida al CIC para su información. La zona dejará de ser considerada una reserva de biosfera perteneciente a la Red. Los Estados deberían propiciar la constitución y el funcionamiento cooperativo de subredes regionales y/o temáticas de reservas de biosfera, y fomentar, en el marco de esas subredes, el intercambio de información, entre otras cosas por medios electrónicos.

ARTÍCULO N°10:  SECRETARIA

1.- La UNESCO prestará servicios de Secretaría de la Red y será responsable de su funcionamiento y promoción. La Secretaría facilitará la comunicación y la interacción entre las diversas reservas de biosfera y entre los especialistas. Además, la UNESCO elaborará y mantendrá un sistema de información sobre las reservas de biosfera accesible en todo el mundo, que será conectado a otras iniciativas pertinentes.

2.- Con el fin de fortalecer cada reserva de biosfera y el funcionamiento de la Red y de las subredes, la UNESCO recabará asistencia financiera de fuentes bilaterales y multilaterales.

3.- La Secretaría actualizará, publicará y distribuirá periódicamente la lista de las reservas de biosfera que forman parte de la Red, así como sus objetivos y descripción detallada.

III.- LA EVOLUCIÓN DEL PROGRAMA MAB:

Programa MAB y su Red Mundial de Reservas de Biosfera ha evolucionado gracias a los consensos alcanzados en varias reuniones, comenzando con las de un Grupo de Trabajo del MAB en 1974 y continuando con el Primer Congreso Internacional de Reservas de Biosfera en Minsk (Belarús) en 1984.

Una segunda conferencia internacional celebrada en España en 1995, consolidó el concepto de reservas de biosfera con la llamada Estrategia de Sevilla y el marco actual. Ambos documentos establecen las condiciones para el funcionamiento de la Red Mundial de Reservas de Biosfera y fueron aprobados por la Conferencia General de la UNESCO en noviembre de 1995.

En 2016, el Plan de Acción de Lima (2016-2025) aprobado en el Cuarto Congreso Mundial de Reservas de Biosfera celebrado en el Perú, actualizó el Programa MAB en el contexto de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y sus 17 Objetivos (ODS).©  Thuringian Forest Biosphere Reserve/UNESCO

Fuentes de Consulta Bibliográficas:

Decreto N°13.202/2001 “POR EL CUAL SE DECLARA LA RESERVA DE LA BIOSFERA DEL CHACO, LOCALIZADA EN EL DEPARTAMENTO DE ALTO PARAGUAY Y EL DEPARTAMENTO DE BOQUERÓN”;

Resolución N°200/2001 “POR LA CUAL SE ASIGNAN Y REGLAMENTAN LAS CATEGORIAS DE MANEJO; LA ZONIFICACIÓN Y LOS USOS Y ACTIVIDADES”;

Marco Estatutario de la Red Mundial de Reservas de Biosfera: Programa de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre el Hombre y la Biosfera (MAB), las reservas de biosfera han sido establecidas para promover y demostrar una relación equilibrada entre los seres humanos y la biosfera; y,

4°.- DIVISIÓN DE CIENCIAS ECOLÓGICAS Y DE LAS TIERRAS DE LA UNESCO – en.unesco.org/mab.

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Medio Ambiente

El medio ambiente debe ser considerado como parte integral y armónica del conjunto de tareas que garanticen el desarrollo sostenible de un país como Paraguay (Molinas 2006).

El problema de la sostenibilidad es en el fondo un problema de desarrollo, de erradicación de la pobreza, de educación colectiva, de mentalidad y hábitos sociales, de cultura política, de mecanismos institucionales que incorporen la participación de la sociedad civil en la toma de decisiones, de nuevas formas de producir y de consumir, de equidad y cooperación en las relaciones internacionales, se trata, en suma, de colocar al ser humano en el centro de nuestras preocupaciones, porque si las personas no están protegidas, la naturaleza tendrá, entonces, pocas oportunidades.

Para avanzar verdaderamente hacia el desarrollo sostenible debemos asumir nuestra responsabilidad local con enfoque global en la lucha que la humanidad esta encarando por preservar en el largo plazo los ciclos vitales de la vida de los que depende la existencia misma del ser humano sobre la tierra, debemos hacer un esfuerzo local con perspectiva global (Molinas 2008).

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