Ing. Agr. (M.Sc.) (H.Cs) Alfredo S. Molinas M.; Como Asesor Agroambiental,
como Ex ministro de Ambiente y Ex Ministro de Agricultura y Ganadería de
Paraguay, Actualmente Asesor de la Presidencia de la Universidad San Carlos
(USC), estamos presentando “LOS OBJETIVOS Y ALCANCES DEL CONTENIDO DE UN
COMPENDIO TÉCNICO AGROAMBIENTAL DE PARAGUAY – 2025”; para el debate y discusión
de los visitantes de este BLOG.
2.- Cambios en el Uso
de la Tierra y
la Conservación de los Bosques Nativos en el Proceso de Transformación del Sector
Agro-rural de la Región Oriental
A.
Antecedentes:
Paraguay
es un país mediterráneo ubicado en el corazón de Sudamérica, limita con Brasil,
Argentina y Bolivia, posee una superficie de 406.752 km2, el país está
dividido por el Río Paraguay en 2 (dos) grandes regiones fisiográficas bien diferenciadas:
la Región Occidental o Chaco y la Región Oriental. Políticamente, el territorio
paraguayo está dividido en la Capital, Asunción, y 17 departamentos, 14 de los cuales
se encuentran ubicados en la Región Oriental, y 3 (tres) en la Región Occidental
(Molinas, 2010).
En el CAN
del
2022 se relevaron que, de las 291.497 fincas agropecuarias en todo sector agro-rural
del país, en la Región Oriental se encuentran 283.052 que representa el 97% de total
de fincas y en la Región Occidental se tiene 8.445 que representa el 3%. Con relación
a la superficie de las fincas agropecuarias se tiene un total de 30.401.660 ha la
Región Oriental concentra el 44% de la superficie (13.397.506 Has) y la Región Occidental
el 56% (17.004.154 Has).
Ante la limitada disponibilidad de datos
y resultados oficiales la UGP ha llevado a cabo a través del profesional Federico
Pekholtz (EFEPEK) un Análisis Geoespacial basado en la Teledetección Satelital y
Sistemas de Información Geográfica (SIG),
para la generación de INFORMACIONES en formatos de mapas y tablas estadísticas que
sirvan como base geoespacial de la planificación y posterior toma de decisiones
dentro de su apoyo a los planes de los productores asociados en cooperativas y/u
otras asociaciones como los Gremios de la producción en el sector agro-rural.
Imagen
N° 1: Mapa de cobertura de bosques en el año 2004
de la Región Oriental del Paraguay. Fuente: UGP (2004)
Como técnicos asesores de la UGP se ha utilizado
los resultados del estudio geoespacial de Federico Pekholtz (EFEPEK) se realizó
una descripción interpretativa técnica denominado “Cambios
de Uso de la Tierra y la Conservación de los Bosques Nativos en la Región Oriental
y la Cobertura Vegetal con Estratos Boscosos Nativos de la Región Occidental”.
Para poder
compartir y debatir en el sector productivo de Paraguay se analizaron sobre los
procesos técnicos y legales de los “Cambios de Usos de las Tierras y la Conservación
de los Bosques Nativos en la Región Oriental y la Cobertura Vegetal con Estratos
Boscosos Nativos de la Región Occidental”; donde se consideraron 3 (tres) aspectos
tipos conceptos técnicos y legales como ser los conceptos de “Desmontes, Deforestación
y Bosques Nativos”, todos en el marco de la aplicación de la Ley Nº422/73 “Forestal”
cuya aplicación administración y aplicación está a cargo actualmente del INFONA.
Desmontes:
es una actividad incorporada en los sistemas de producción agrícolas y ganaderos
de la Región Oriental y Región Occidental, como parte y productos de los “Planes
de Usos de las Tierras” contemplados y exigidos en el marco legal ambiental vigente
de la Ley Nº422/73 “Forestal” y la Ley Nº294/93 “De EIA. Debemos considerar que
los “Planes de Usos de las Tierras” son el resultado de estudios técnicos focalizados
en el proyecto con base a datos técnicos y científicos sobre el potencial y las
limitaciones de los recursos naturales productivos como suelo, agua, bosques nativos
y biodiversidad de la región que determinen por medio de la planificación proponiendo
el uso, manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales productivos
en las unidades productivas de los mismos.
Imagen N° 2: Desmontes Legales y Resultados de Planes Uso
de las Tierras en Región Oriental y Región Occidental
Deforestación: se entiende
por deforestación desde la promulgación de la Ley N°422/73 “Forestal” a la tala
raza y quema como ilegal en áreas que normalmente cuentan con cobertura vegetal
boscosa nativa con estructuras y formaciones arbóreas clasificadas como “Bosques
Nativos”, para dedicar el espacio resultante de la tala raza y quema para fines
de usos agrícolas, ganaderos o de otros tipos de aprovechamientos, esta concepción
no tiene en cuenta ni la pérdida de superficie cobertura vegetativa por la deforestación
parcial, ni el entresacado selectivo de maderas en rollos, ni cualquier otra forma
de uso y aprovechamiento racional de los bosques nativos.
Imagen N° 3: Deforestación Ilegal en el Uso de las Tierras
de la Región Oriental y Región Occidental
Bosques
Nativos: el concepto se sustenta Ley N°2524/2004 – MAL LLAMADA LEY DE
DEFORESTACIÓN CERO – en su Artículo Nº5: define al Bosque Nativo en la Región Oriental
del país es: “Ecosistema nativo o autóctono, intervenido o no, regenerado por sucesión
natural u otras técnicas forestales, que ocupa una superficie mínima de 2 (dos)
Has, caracterizadas por la presencia de árboles maduros de diferentes edades, especies
y porte variado, con uno o más doseles que cubran más de 50% (cincuenta por ciento)
de esa superficie y donde existan más de 60 (sesenta) árboles por hectárea de quince
o más centímetros de diámetro altura pecho (DAP)”.
Antes de describir por cada Región Occidental
y Región Oriental sobre los “Cambios de Usos de las Tierras
y la Conservación de los Bosques Nativos en la Región Oriental y la Cobertura Vegetal
con Estratos Boscosos Nativos de la Región Occidental” se presenta algunos datos
oficiales del INFONA pero parciales como ser la situación de los Bosques Nativos
de la Región Oriental y las Coberturas Vegetal con Estratos Boscosos del Chaco publicado
por el diario Ultima Hora el 21 de Marzo del 2021.
Los datos oficiales a nivel país, describe
que la cobertura forestal boscosas a nivel nacional de unos 15.117.473 Has aproximadamente;
de los cuales unas 3.019.299 Has de Bosques Nativos están en la Región Oriental,
y unos 12.098.174 Has de Cobertura Vegetal con Estratos Boscosos se halla en el
Chaco paraguayo, todos estos datos hasta el año 2019. Podemos analizar que en la
Región Oriental entre el 2015 al 2019 se DEFORESTARON en forma totalmente ilegal
unas 19.274 Has, con objetivo de usos para el cultivo ilegal de la marihuana y específicamente
mayoritariamente en las Áreas Silvestres Protegidas (ASP),
es decir, siendo los más afectados los parques nacionales San Rafael y San Luis,
Reservas privadas como Campos Morombí y Reserva Mbaracayú.
En misma publicación señala que en la Región
Oriental y Occidental o Chaco el monitoreo forestal de los “Cambios de Usos de las
Tierras y la Conservación de los Bosques Nativos en la Región Oriental y la Cobertura
Vegetal Con Estratos Boscosos Nativos de la Región Occidental” realizado por el
INFONA indica que desde agosto del 2017 a agosto del 2018 ocurrió una DEFORESTACIÓN
ilegales de unas 10.278 Has en la Región Oriental, donde rige la Ley de Deforestación
Cero, señalando como las causas deforestar para sembrar los cultivos ilegales, y
asociados las agro-ganadería e invasiones comprometen en todo momento a la tala,
raza y quema de los bosques nativos. En tanto
que, en el Chaco, el cambio de uso de suelo fue de 255.312 Has de los cuales cerca
del 24% sin permiso calificado como DEFORESTACIÓN ilegal por el INFONA.
B.- Situación de la Cobertura Forestal de la
Región Oriental:
La Región Oriental, que es donde se desarrolla
la mayor parte de las actividades económicas del país, incluyendo la producción
agropecuaria y las extracciones para el aprovechamiento de los productos forestales,
por tanto, en esta Región Oriental las actividades y sus cadenas de valor productivas
ocupan el 40% del territorio nacional y alberga el 97% de la población.
En esta Región Oriental los recursos forestales
son asociaciones de ecosistemas conocidos como “Selva Central y Selva del Alto Paraná”,
cuyos recursos forestales son de distribución continua, con árboles altos y un dosel
dominante, con árboles de 25 a 35 metros de alturas, formaciones distribuidas sobre
los mejores suelos del país; suelos preferentemente para los usos y manejos para
fines agrícolas primero y en segundo lugar para usos pecuarios, donde esta categoría
de uso es la más susceptible a los cambio de usos, ya que es aprovechada para la
producción de madera de aserrío y para la habilitación de estas tierras para el
uso y manejo agropecuario.
La fisiografía en la Región Oriental aún
presenta algunos relictos de bosques altos nativos, pero fragmentados y degradados, conformados por asociaciones
forestales de composición de árboles muy similares a los: a).- Bosques Nativos continuos,
donde están las especies forestales más económicamente valiosas que fueron prácticamente
suprimidas; y, b).- Los Bosques Nativos, que están dominados por aquellos como estratos
intermedios, que presentan árboles que varían entre los 15 a 25 metros de altura,
que también sufrieron la degradación por consecuencia de la gran presión ejercida
por la agricultura, la ganadería y el aprovechamiento forestal intensivo.
En
la Tabla N°1 nos muestra que en el año 1973 se tenía en la Región Oriental una
superficie 6.842.175 de Has de Bosques Nativos año que se promulga Ley N°422/73
“Forestal” que crea el SFN hoy nominado como INFONA donde empieza el proceso de DESMONTES considerados legales
y/o DEFORESTACIÓN considerados ilegales sobre los Bosques Nativos de la Región Oriental
del Paraguay.
Tabla N° 1: Cambios de Uso de la Tierra y la Conservación de los Bosques Nativos
de la Región Oriental Períodos Años 1973 a 2021
|
Total, superficie Región Oriental |
Bosques 1973 |
Bosques 1986 |
Bosques 2002 |
Bosques diciembre 2004 |
Bosques 2021 |
|
15.982.700 |
6.842.175 |
5.599.410 |
3.262.981 |
2.559.811 |
2.416.798 |
|
Fuente:
Análisis Geoespacial: Federico Pekholtz (EFEPEK) 2021 |
|||||
Para el período
entre 1963 y 1973 la problemática de los DESMONTES legales hoy llamados DEFORESTACIÓN
ilegales, se intensifica desde 1963 cuando fueron promulgadas 2 (dos) leyes, la
Ley Nº852/63 que crea el “IBR”, y la Ley Nº854/63 que establece el “Estatuto Agrario”;
con esta institución y el marco legal el Gobierno y el Estado paraguayo, empezó
incentivar y legalizar ocupaciones de hecho en varios Departamentos del país, impulsó
además un proceso de colonización hacia los ejes este y norte del país denominado
la “MARCHA HACIA EL ESTE” (décadas del `60 y `70), y se crearon nuevas colonias
con miles de lotes ganaderos y agrícolas habilitados sobre Bosques Nativos, pasando
de 130.443 propiedades rurales existentes en el país en los años 1960 a 258.281
en 1980.
Imagen N° 4: Desmontes Legales Producto de las Colonizaciones
y Asentamientos Rurales en el Marco de la LEY Nº852/63 – IBR y la LEY Nº854/63 –
ESTATUTO AGRARIO
En síntesis, podemos
decir que desde 1963 a 1973 que se promulga la Ley N°422/73 “Forestal” que en estas
décadas se dio un intenso proceso de DESMONTES legales por estar promovidos por
las instituciones del Gobierno y Estado paraguayo, pero que hoy son de forma equivocada
políticamente son señalados como DEFORESTACIÓN e ilegales, esto ocurría en su momento
especialmente por la ausencia de políticas, instituciones entendidas e instrumentos
jurídicos forestales y nada de ambientales adecuados para el control, uso y manejo
racional de los Bosques Nativos e inclusive el uso racional de las tierras existentes
en su momento.
Gráfico N° 1: Cambios Cobertura Forestal de los Bosques Nativos de la Región
Oriental Períodos Años 1986 a 2021. Fuente: Análisis Geoespacial - Federico Pekholtz
(EFEPEK) 2021
Este análisis geoespacial nos ilustra que
en 1973 existía una 6.842.175 Has de cobertura de Bosques Nativo y que para 1986
se redujo a una superficie de 5.599.410 Has de Bosques Nativo de la Región Oriental,
es decir en el año 1973 se tenía el 64% de Bosque Nativo conservado y para 1986
se redujo al 39% de toda la superficie total del territorio de la Región Oriental
del Paraguay. Es importante puntualizar que para este período de 1973 al 1986 ya
estaba vigente la Ley N°422/73 “Forestal” cuyo artículo Nº42 establece que
hasta hoy “Todas las propiedades rurales de más de 20 (veinte) hectáreas en
zonas forestales deberán mantener el 25% de su área de bosques naturales. En
caso de no tener este porcentaje mínimo, el propietario deberá reforestar una
superficie equivalente al 5% de la superficie del predio”.
En este período 1973 al 1986 los DESMONTES
legales y/o de DEFORESTACIÓN ilegales según la Ley N°422/73 “Forestal”, se caracterizó
porque las instituciones del Gobierno distribuyeron aproximadamente 1.300.000 Has
de tierras fiscales en el marco y para la Reforma Agraria y/o para el Desarrollo
Rural, principalmente en la Región Oriental y sobre propiedades ocupadas en su totalidad
eran territorios con Bosques Nativos, pero al año 2021 de las tierras distribuidas
un alto porcentaje siguen siendo propiedades fiscales de dominio del INDERT ex-IBR
e IRA, así como las tierras distribuidas con deuda de los beneficiarios de la reforma
agraria por sus derecheras.
Este análisis geoespacial además nos indica
que estando vigente la Ley N°422/73 “Forestal” en 1986 se tenía conservado unos
5.599.410 Has de Bosques Nativos sobre el total del territorio de la Región Oriental,
pero que para el año 2002 se redujo está superficie de Bosque Nativo a 3.262.981
Has; quedando para ese período en el 2002 un 39% de Bosque Nativos sobre el total
del territorio de la Región Oriental del país.
En el período de 1973 a al 2002 podemos
certificar que se caracterizó por la expansión de la frontera ganadera y agrícola
sobre territorios preferentemente ocupados los Bosques Nativos de la Región Oriental,
donde el uso de la tierra era un proceso de fragmentación de los hábitats o ecosistemas
naturales utilizando el conocimiento de técnicas en la ganadería y la del momento,
como la mayor uniformidad genética, la creciente demanda productos forestales (madera,
leña y carbón vegetal), así como materia prima para la construcción y la producción
de bienes, En este período de 1973 al 2002 también se distribuyeron aproximadamente
1.000.000 Has de tierras fiscales para la reforma agraria y/o el desarrollo rural
y todos ellos preferentemente sean asentamientos o colonizaciones públicas o privadas
sobre propiedades con preferencia con Bosques Nativos.
Imagen N° 5: Región Oriental
la Demanda de Subproductos Forestales como ser la Madera, Leña y Carbón vegetal
Entre los años del 2002 al 2004 la superficie
de Bosque Nativo se redujo unas 2.559.811 Has, pero conservado como Bosques Nativos
un 32% del total del territorio de la Región Oriental; un tema no menor es que en
este período se promulga la nueva Constitución Nacional – 1992, pero que igual se
siguió invadiendo y ocupando territorios con Bosques Nativos, por medio de la colonización
y/o asentamiento campesinos sobre y/o con Bosques Nativos de la Región Oriental,
además bajo el amparo legal de estas instituciones como IBR creadas en 1963 y su
Estatuto Agrario creada y promulgas en 1963; así como el SFN hoy INFONA, inclusive
se debe considerar el acrecentamiento de las ocupaciones ilegales por invasiones
y para la plantaciones de cultivo ilegales.
Desde 1989 hasta finales del 2002 al 2004
se siguió produciendo numerosas ocupaciones y/o invasiones de propiedades privadas
ocupando especialmente la tierras con sus Bosques Nativos, por parte de grupos denominados
de “campesinos sin tierras”, quienes, con la intención de hacerse de un pedazo de
tierra propia, ocupaban propiedades privadas a las que denominan latifundios de
supuestas tierras improductivas o tierras mal habidas, generando cada vez más críticas
crispaciones sociales preferentemente en los Departamentos de Alto Paraná, San Pedro,
Caaguazú e Itapúa.
No obstante, en el 2002 se promulgó el nuevo
Estatuto Agrario y en el 2004 se creó una nueva institucionalidad para la reforma
agraria ejecutiva denominada INDERT, cuya función es identificar los problemas relacionados
con la tierra y coordinar la tan necesitada reforma agraria integral, a casi 2 (dos)
décadas, los mismos problemas continúan en el sector agro-rural por la falta de
liderazgo y voluntad política para resolver los problemas de arraigo y competitividad
en el sector rural. La inequidad estructural
debido a las consecuentes ocupaciones del territorio y al fomento de la deforestación
y la explotación forestal irracional para la habilitación de tierras para la agricultura
y la ganadería, han dado como resultado una agricultura dual, minifundiaria y empresarial
moderna.
La
promulgación de la Ley N°2524/04 a finales de diciembre del 2004 que determina un
hito forestal porque exige legalmente la “Prohibición en la Región Oriental de las
Actividades de Transformación y Conversión de Superficies con Cobertura de Bosques”,
ha permitido que las unidades productivas de cualquier escala aprovechen sus recursos
naturales sin utilizar aquellos espacios territoriales con cobertura boscosas nativas.
Antes de la vigencia de esta Ley, mal denominada de deforestación cero, la Tasa
de deforestación era de 130.000 Has/año, la que, luego de su promulgación y puesta
en vigencia, entre Diciembre del 2004 al 2008 disminuyó la tasa de deforestación
significativa según datos oficiales en un 85%, logrando premio internacional.
En este marco legal existe una definición
legal y técnicas de Bosque Nativo en la
Ley N°2524/2004 de “Prohibición en la Región Oriental de las Actividades
de Transformación y Conversión de Superficies con Cobertura de Bosques” – MAL LLAMADA LEY DE DEFORESTACIÓN CERO, vigente
actualmente desde el año 2004 y hoy ampliada su vigencia hasta año del 2030; que
en su Artículo Nº5: establece que Bosque Nativo en la Región Oriental del país es:
“Ecosistema nativo o autóctono, intervenido o no, regenerado por sucesión natural
u otras técnicas forestales, que ocupa una superficie mínima de 2 (dos) hectáreas,
caracterizadas por la presencia de árboles maduros de diferentes edades, especies
y porte variado, con uno o más doseles que cubran más de 50% (cincuenta por ciento)
de esa superficie y donde existan más de sesenta árboles por hectárea de quince
o más centímetros de DAP”.
Según el resultado del análisis geoespacial
realizado por Federico Pekholtz (EFEPEK) 2021(Tabla N°1); en enero del 2005 se contaba
con una superficie de 2.559.811 Has de Bosques Nativos y para el año 2021 se cuenta
con una superficie de 2.416.798 Has de Bosques Nativos en la Región Oriental del
Paraguay, esta insignificante reducción en la superficie se logra en el marco de
la administración y aplicación de la Ley N°2524/04 y sus ampliaciones de “Prohibición
en la Región Oriental de las Actividades de Transformación y Conversión de Superficies
con Cobertura de Bosques”; pudiendo calcularse una DEFORESTACIÓN ilegal de una superficie
total de 143.013 Has de Bosques Nativos en ese período; calculando un promedio de
tasa de DEFORESTACIÓN ilegal en 15 años de Enero del 2005 a finales del 2020 e inicios
del 2021 unas 9.534 Has de Bosques Nativos por año.

Imagen N° 6: La Tasa Ilegal
de DEFORESTACIÓN en la Región Oriental de Enero del 2005 al Inicios del 2021 por
15 Años fue de 9.534 Has/año de Bosques Nativos
Estos datos de DEFORESTACIÓN ilegal que se obtuvieron en este
período de enero del 2005 al final del 2020 e inicios del 2021 nos demuestran que
las DEFORESTACIONES ilegales son más bien producto de las invasiones de tierras
a propiedades privadas y a las ASP públicas y privadas en su mayoría en sus áreas
con Bosques Nativos, además a las instalaciones de aserraderos móviles ilegales
para el robo de rollos para maderas, leña y hacer carbón vegetal de los Bosques
Nativos bajo conservación como reserva legales, excedentes y bosques de protección
de los cauces hídricos.
C.- El uso de la tierra y la conservación de
Bosques Nativos en el sector productivo de la Región Oriental del Paraguay se caracteriza
por las siguientes condiciones:
1.- Se disminuyó en el uso de la tierra
con Bosques Nativos en forma significativamente, dejando de lado la quema y tala
raza de los Bosques Nativos remanentes para dar paso al uso en la agricultura y
la ganadería particularmente, esto ha permitido que las unidades productivas
de todas las escalas aprovechen mejor sus recursos naturales sin utilizar aquellos
espacios territoriales con cobertura Boscosas Nativas en sus fincas;
2.- En este período de 16 años de 2005 a
2021 la Ley N°2425/05 y sus ampliaciones el INDERT evitó y llegó a suspender que
se sigan promoviendo la compra de tierras con Bosque Nativos en la Región Oriental,
para planificar y desarrollar asentamientos humanos para fines de uso agropecuarios
y de aprovechamiento forestal intensivo;
3.- Los propietarios que conservaron sus
Bosques Nativos en sus unidades productivas han venido haciendo un uso mucho más
eficiente y eficaz de sus Bosques Nativos, con la aplicación legal de Planes de
Manejo y Aprovechamiento Forestal para el uso y aprovechamiento más racional de
rollos para maderas, leñas y carbón vegetal en el cumplimiento de la Ley N°422/73
“Forestal”;
Imagen N° 7: Planes de Manejo
Forestal en la Región Oriental para el Uso y Aprovechamiento más Racional de Rollos
para Maderas, Leñas y Carbón Vegetal
4.- El 98% de los
propietarios de las unidades productivas agropecuarias y de aprovechamiento forestal
han acatado y respetado la Ley N°2425/05 “Prohibición en la Región Oriental de las
Actividades de Transformación y Conversión de Superficies con Cobertura de Bosques”
y sus ampliaciones 2004 al 2030, optando por el uso más intensivo y manejo mucho
más racional de los recursos naturales productivos como el suelo y el agua, antes
que los Bosques Nativos y su biodiversidad remanente;
5.- El uso de las
tierras en proyectos agrícolas y ganaderos se volvieron más eficiente y eficaz en
el uso y manejo de sus recursos naturales productivos (suelo, agua, bosques nativos
y biodiversidad), pues se intensificaron el uso de los suelos aplicando las buenas
prácticas agrícolas y asociadas a las buenas prácticas agronómicas como: la siembra
directa; la rotación de cultivos; uso de abonos verdes; y el uso de la biotecnología
en la agricultura. Además, en la ganadería empezó a desarrollar el engorde intensivo
evitando en todo momento el cambio de uso de la tierra a expensas de los Bosques
Nativos para el uso agropecuario;
Imagen N° 8:Se Intensificaron
el uso de los Suelos en la Región Oriental Aplicando las Buenas Prácticas Ambientales
y Buenas Prácticas Agronómicas
6.- Otro hecho
estratégico para conservar los “Boques Nativos” fue la promulgación de la Ley Nº3001/06
“Valoración y Retribución de los Servicios Ambientales” que tiene como principal
objetivo valorar y remunerar a aquellos propietarios que preservaron y conservan
en sus unidades productivas sus bosques nativos, por cumplir la función de “Servicios
Ambientales” y que puedan ser valorados y de esa manera reciban la remuneración
por su preservación, conservación o uso racional como la de los Bosques Nativos
en la Región Oriental y Occidental;
7.- Actualmente
la Dirección de Servicios Ambientales (DSA) dependiente del MADES publica
en forma oficial que en la Región Oriental existe un total de 91.408 Has en unidades
productivas de propiedades privadas, cuyo Bosques Nativos excedentes al 25% de sus
Bosques Nativos de reservas legales en el marco de la Ley N°422/3 “Forestal”; y
que cuentan con “Certificados de Servicios Ambientales
(CSA)” aprobados y con plazos predeterminados
en el marco de la Ley N°3001/06 “De Servicios Ambientales”;
Imagen N° 9: Certificados de
Servicios Ambientales en la Región Oriental en Unidades Productivas Privadas a los
Bosques Nativos Excedentes al 25% de la Reserva Legal Forestal
8.- Datos oficiales de la Dirección General
de Biodiversidad dependiente del MADES sobre las ASP nos muestra que existen aproximadamente
820.562,9 Has bajo protección y conservación del medio ambiente y la diversidad
biológica en la Región Oriental del Paraguay; y
9.- El sector productivo agro-rural en este
período de 2005 a 2021; ha iniciado un proceso de adecuación a las leyes forestales
y ambientales vigentes, donde aquellos propietarios realizan una aplicación gradual
de medidas de adaptación y mitigación en las unidades de producción como: a).- El
manejo y uso seguro de agroquímicos; b).- La reforestación con especies nativas
y exóticas como medidas de compensación; c).- El enriquecimiento de los bosques
nativos degradados y bosques ribereños; y, d).- La aplicación en los sistemas de
producción de las medidas, prácticas y obras de manejo y conservación de los suelos
y aguas.
Es importante remarcar que las condiciones climáticas en la Región Oriental del Paraguay y su interacción con los tipos de suelos adecuados por su potencial productivo y su capacidad agroecológica de las tierras determinan ecosistemas preferentemente para el uso y manejo de la producción agrícola y pecuario; pero sin desconocer que primordialmente vinieron afectando la formación y composición de los Bosques Nativos hasta el 2004, donde estos ecosistemas ambientales con recursos naturales productivos presentan limitaciones a considerar técnicamente para su aprovechamiento sostenido. Los estudios preparados y publicados sobre el potencial y las limitaciones denotan en todo momento que esta Región Oriental por naturaleza propia permite un uso adecuado para la agricultura y la ganadería en armonía con el medio ambiente.
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